Gaceta Oficial de Uruguay del 02/04/2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.915 - abril 3 de 2018
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 22 y 23 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
1
Resolución S/n
Dispónese no hacer lugar a la solicitud de acreditación de saberes de
las personas que se determinan, respecto del curso “Cuidadores/as
calicados/as de enfermos y adultos mayores” dictado por la Institución
“Casa de la Mujer de la Unión”.
(1.706)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
RESOLUCIÓN M.E.C. 0215/018
Montevideo, 8 de Marzo de 2018
VISTO: el trámite iniciado a n de que se efectúe la acreditación
de saberes de las personas que realizaron el curso “Cuidadores/
as calicados/as de enfermos y adultos/as mayores” dictado por la
Institución “Casa de la Mujer de la Unión” en el marco de lo dispuesto
por los artículos 29, 30 y 31 del Decreto Nº 130/016 de 18 de abril de 2016.
RESULTANDO: I) que un grupo de personas que realizaron
dicho curso para su validación, no cumplieron con la presentación de
la documentación en forma, lo que dio lugar a su convocatoria para
regularizar la misma a través de la publicación en el Diario Ocial de
fecha 21 de noviembre de 2017, según surge a fojas 88 de las presentes
actuaciones administrativas.
II) que ante la convocatoria mencionada y habiendo transcurrido
los plazos establecidos en la norma reglamentaria, dichas personas no
se presentaron a tomar vista de las actuaciones.
CONSIDERANDO: I) que por la Resolución del Ministerio de
Educación y Cultura Nº 1061/017 de 27 de octubre de 2017, se dispuso
que con respecto a las personas involucradas la tramitación de este
procedimiento seguiría hasta poder concluirlo ecazmente, según
surge a fojas 80.
II) que en virtud de lo dispuesto por el artículo 91 del Decreto 500/991
de 27 de setiembre de 1991, el emplazamiento se tuvo por efectivamente
cumplido y habiendo corrido el plazo de diez días hábiles de la vista, el
jerarca se encuentra facultado para resolver el asunto en trámite.
ATENTO: a lo dispuesto por el literal E) del artículo 9º la Ley Nº
19.353 de 27 de noviembre de 2015, artículos 29, 30 y 31 del Decreto
Nº 130/16 de 18 de abril de 2016 con las modicaciones realizadas por
el Decreto Nº 212/2017 de 7 de agosto de 2017, artículos 75, 91, 94, 95 y
112 el Decreto Nº 500/991 de 27 de setiembre de 1991 modicado por
el Decreto Nº 420/007 de 07 de noviembre de 2007 y la Resolución del
Ministerio de Educación y Cultura Nº 860/16 de 29 de setiembre de 2016.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
RESUELVE:
1
1ro.- No hacer lugar a la solicitud de acreditación de saberes de las
siguientes personas: Lorheley Fagundez Mesquita, cédula de identidad
2.615.160-5; Nelba Justa de Brun Juarez, cédula de identidad 3.512.438-
2; Marisol Silvera, cédula de identidad 2.599.202-6 y Andrea Susana
Amaya Rodríguez, cédula de identidad 3.891.449-1, respecto del curso
“Cuidadoras/es calicada/os de enfermos y adultos mayores” dictado
por la Institución “Casa de la Mujer de la Unión”.
2
2do.- Dispónese que las mencionadas personas para poder trabajar
en la tarea de cuidados en el marco del Sistema Nacional Integrado
de Cuidados, deberán realizar el curso: “Atención a la Dependencia
en el marco del Sistema Nacional Integrado de Cuidados”, que con
carácter obligatorio dispuso el Ministerio de Educación y Cultura por
la Resolución Nº 860/2016 de 29 de setiembre de 2016.
3
3ro.- Notifíquese mediante su publicación en el Diario Ocial.
4
4to.- Comuníquese a la Dirección de Educación, a la Comisión
Especial Ad Hoc y a la Institución “Casa de la Mujer de la Unión.
5
5to.- Cumplido, archívese.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
2
Resolución S/n
Dispónese no hacer lugar a la solicitud de acreditación de saberes de las
personas que se determinan, respecto del curso “Cuidadores de adultos
mayores y personas con discapacidad” dictado por la Institución “Laura
Casas”.
(1.707)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
RESOLUCIÓN M.E.C. 0216/018
Montevideo, 8 de Marzo de 2018
VISTO: el trámite iniciado a n de que se efectúe la acreditación de
saberes de las personas que realizaron el curso “Cuidadores de Adultos
Mayores y Personas con Discapacidad” dictado por la Institución
“Laura Casas” en el marco de lo dispuesto por los artículos 29, 30 y
31 del Decreto Nº 130/016 de 18 de abril de 2016.
RESULTANDO: I) que un grupo de personas que realizaron dicho
curso, no cumplieron con la presentación de la documentación en forma,
lo que dio lugar a su convocatoria para regularizar la misma a través
de la publicación en el Diario Ocial de fecha 21 de noviembre de 2017,
según surge a fojas 110 de las presentes actuaciones administrativas.
II) que ante la convocatoria mencionada y habiendo transcurrido
los plazos establecidos en la norma reglamentaria, dichas personas no
se presentaron a tomar vista de las actuaciones.
CONSIDERANDO: I) que por la Resolución del Ministerio de
Educación y Cultura Nº 1050/017 de 27 de octubre de 2017 se dispuso que
respecto a las personas involucradas la tramitación de este procedimiento
seguiría hasta poder concluirlo ecazmente, según surge a fojas 102 y 103.
II) que en virtud de lo dispuesto por el artículo 91 del Decreto 500/991
de 27 de setiembre de 1991, el emplazamiento se tuvo por efectivamente
cumplido y habiendo corrido el plazo de diez días hábiles de la vista, el
jerarca se encuentra facultado para resolver el asunto en trámite.
ATENTO: a lo dispuesto por el literal E) del artículo 9º de la Ley
Nº 19.353 de 27 de noviembre de 2015, artículos 29, 30 y 31 del Decreto
Nº 130/16 de 18 de abril de 2016, con las modicaciones realizadas
por el Decreto Nº 212/2017 de 7 de agosto de 2017, artículos 75,

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