Importancia política de la defensa nacional ylas Fuerzas Armadas

AutorAugusto Durán Martinez
Páginas19-25
19
IMPORTANCIA POLÍTICA
DE LA DEFENSA NACIONAL
Y LAS FUERZAS ARMADAS *
AUGUSTO DURÁN MARTÍNEZ
Decano Emérito y Profesor Titular de Derecho Administrativo
de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay
Profesor de Derecho Público de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República
I
1. A influjo de concepciones arraigadas en el positivismo jurídico, a menudo se ha ignorado el fin como
elemento del Estado.
Da la sensación de que en esta línea de pensamiento se considera al Estado como un fin en sí mismo.
No se ha tenido en cuenta que el Estado -hoy en día, la comunidad política por excelencia- deriva de la
esencia misma del hombre. Es que el hombre, por ser un animal racional, es un animal social; y por ser un
animal social es un animal político. 1
No se ha tenido en cuenta además que la acción humana tiene un fin; el hombre persigue el bien. 2 Y el
Estado, que deriva de la naturaleza humana, también tiene un fin: persigue el bien común. El fin del hombre
es su bien; el fin del Estado es el bien común.
Concibo así al Estado como una institución persona 3, política, territorial, soberana 4, finalizada al logro
del bien común. 5 6 El Estado no es un fin en sí mismo sino un ser instrumental al servicio del bien común. 7
2. El bien común es el estado de hecho propicio para el desarrollo de la persona humana. Es algo objetivo,
no depende de los agentes de su realización y no coincide exactamente con el fin específico de cada una de
las entidades estatales, aunque dichos fines específicos naturalmente se encuentran subordinados a ese bien
común.
3. Ese bien común que persigue el Estado no pretende comprender a todas las personas del mundo sino
solo a un cierto tipo de personas: las que configuran su población, pueblo, colectividad o nación, tomando
estos términos como equivalentes, sin que interese ahora marcar sus matices o las distinciones doctrinarias
que se han efectuado.
El bien común, fin del Estado, es el medio o ámbito adecuado para el pleno desarrollo de la persona
humana en tanto integrante de su colectividad política, o sea, en tanto nacional de ese Estado. El ser nacio-
nal, la nacionalidad, son así aspectos de máxima importancia para nuestro tema.
* Exposición formulada en Montevideo el 25 de mayo de 2005, en el marco del Seminario La Nación y sus Fuerzas Armadas, organiza-
do por el Instituto Manuel Oribe.
1ARISTÓTELES. La Política. Editorial TOR S.R.L. Buenos Aires, 1965, pp.7 y ss.; TOMÁS DE AQUINO. Opúsculo sobre el gobierno de
los príncipes, en TOMÁS DE AQUINO, Tratado de la ley- Tratado de la Justicia- Opúsculo sobre el gobierno de los príncipes. Editorial
Porrúa S.A., México, 1975, pp. 257 y ss.; SUÁREZ, F. Selección de DEFENSIO FIDEI y otras obras. El pensamiento político hispanoame-
ricano. Depalma, Buenos Aires, 1966, pp. 31 y ss.
2ARISTÓTELES. Moral, a Nicómaco. Colección Austral. Espasa-Calpe S.A., Madrid, 1972, pp. 33 y ss.
3Tomo el término institución persona en el sentido de HAURIOU (HARIOU, M. La teoría de la institución y de la fundación. Abeledo-
Perrot, Buenos Aires, 1968, p. 40).
4Recojo la expresión soberana porque es de uso común en la literatura jurídica y política, pero sin asignarle los atributos que se despren-
den de la lectura de BODINO (BODIN, J. Les six livres de la République. Editions Confluences, Bègles-France, 1999, pp. 46 y ss.),
aceptando los reparos de MARITAIN (MARITAIN, J. El hombre y el Estado. Encuentro Ediciones. Madrid, 1983, pp. 48 y ss.) y recono-
ciendo las limitaciones que imponen a la soberanía los más avanzados procesos de integración.
5Tomo la expresión bien común para referirme al bien común público temporal como lo hace DABIN (DABIN, J. Doctrina general del
Estado. Elementos de filosofía política. Editorial Jus México, 1946, pp. 44 y ss.)
6DURÁN MARTÍNEZ, A. El papel del Estado en el siglo XXI. Prestación de servicios públicos, explotación de actividades económicas y
actividades regulatorias, en La Justicia Uruguaya, t. 131, enero-febrero 2005, S.D. p. 17.
7DURÁN MARTÍNEZ, A. Principio de eficacia y Estado Subsidiario, en Liber Amicorum Discipulorumque JOSÉ ANÍBAL CAGNONI,
F.C.U. Montevideo, 2005, p. 159.

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