La interpretación en materia tributaria

AutorPaulo de Barros Carvalho
CargoProfesor titular de Derecho Tributario de la PUC/SP y la USP
Páginas35-55
* Este trabajo fue admitido y designado evaluador idóneo por resolución del Consejo
de Redacción del día 23 de abril de 2009. En concordancia con la evaluación favorable, por acta
del 11 de agosto de 2009, el Consejo de Redacción resolvió su incorporación en este número de
la Revista de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay.
** Profesor titular de Derecho Tributario de la PUC/SP y la USP.
La interpretación en materia
tributaria*
Paulo de Barros Carvalho**
RESUMEN. Partimos del presupuesto de que el derecho ofrece el dato del lenguaje
como su integrante constitutivo. El lenguaje no solo habla del objeto (ciencia del dere-
cho), sino que participa de su constitución (derecho positivo). Si es verdad que no hay
fenómeno jurídico sin prescripciones escritas o no escritas, también es cierto que no po-
demos imaginar una manifestación del derecho sin un lenguaje, idiomático o no, que
le sirva de vehículo de expresión. Mantengo presente la concepción de que interpretar
es atribuir valores a los símbolos, esto es, adjudicarles significaciones y, por medio
de ellas, referencias a objetos. La propuesta interpretativa que contiene este artículo
se construye sobre algunos presupuestos, como no podría ser de otro modo, y busca
instrumentos adecuados para explorar, en niveles más profundos, los textos del dere-
cho positivado, descomponiéndolos en cuatro subsistemas interpretativos, todos ellos
calificados como jurídicos. Las mencionadas incisiones, como es obvio, son de carácter
meramente epistemológico, sin que puedan verse las fronteras de los subsistemas al
tratar de forma superficial la literalidad de los textos.
PALABRAS CLAVE. Método. Técnicas interpretativas. Interdisciplinariedad. Intertex-
tualidad. Derecho. Lenguaje.
ABSTRACT. This work is based on the assumption that language is a constituting element
of law. Language not only talks about the object (Science of Law), but also participates
in its constitution (positive law). Although it is true that there is no legal phenomenon
without written or unwritten regulations, it is also true that one cannot imagine law
without a language, either idiomatic or not, which can act as an expression vehicle.
I hold the conception that to interpret means to place values on symbols, i.e., assign
meanings, and through these, references to objects. The interpretative proposal contai-
ned in this article is obviously based on certain assumptions and searches for adequate
instruments to explore texts of positive law in depth, breaking them down into four inter-
pretative subsystems, all of them classified as legal. These divisions are obviously merely
epistemological, their boundaries being unable to visualize when treating literality of
texts superficially.
KEY WORDS. Method. Interpretative techniques. Interdisciplinarity. Intertextuality. Law.
Language.
SUMARIO. 1. Introducción. 2. El recorrido generador de sentido y las estructuras síg-
nicas del sistema jurídico. 3. Interpretación y semiótica del derecho: texto y contexto.
4. Interpretación y lógica formal del derecho: el mínimo irreductible del mensaje deón-
tico. 5. Reflejo del método en la construcción del texto. 6. Axiomas de la interpretación
y los límites del exegeta. 6.1. Interdisciplinariedad e intertextualidad. 6.2. Interdiscipli
nariedad y disciplinariedad. 6.3. Inagotabilidad de la interpretación. 7. Las diferentes
técnicas interpretativas y el derecho. Bibliografía.

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