Ley No. 19634.- Prorrógase la entrada en vigencia del art. 116 de la Ley 19.535

Ley 19.634

Prorrógase la entrada en vigencia del art. 116 de la Ley 19.535. (3.655*R)

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo 1o Prorrógase hasta el 30 de setiembre de 2018 la entrada en vigencia del artículo 116 de la Ley No 19.535, de 25 de setiembre de 2017.
Artículo 2o A partir de la fecha establecida en el artículo 1o de la presente ley, facúltase al Poder Ejecutivo a prorrogar hasta por noventa días más el plazo para la entrada en vigencia del artículo 116 de la Ley No 19.535, de 25 de setiembre de 2017.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 26 de junio de 2018.

JORGE GANDINI, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

MINISTERIO DE TURISMO

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 29 de Junio...

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