Ley No. 19663.- Facúltase al MTSS a establecer un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores de la citricultura afectados a la cosecha o al packing

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

Artículo 1º

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a establecer, por razones de interés general y por un plazo que abarcará hasta el 31 de diciembre de 2019, como máximo, un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores de la citricultura afectados a la cosecha o al packing, en los términos y condiciones que fijen la o las consiguientes resoluciones que dicte a tales efectos.

Artículo 2º El régimen especial que se otorgue en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce de subsidio por desempleo o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 6º y 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley Nº 18.399, de 24 de octubre de 2008).

El plazo de la prestación acordada conforme a la presente ley, comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del...

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