Ley No. 19735.- Prorrógase hasta el 30 de abril de 2019, la entrada en vigencia del art. 116 de la Ley 19.535, relativa a trabajadores de las empresas prestadoras de servicios de depósitos portuarios, extraportuarios, muelles y explanadas.

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo 1º Prorrógase hasta el 30 de abril de 2019, la entrada en vigencia del artículo 116 de la Ley Nº 19.535, de 25 de setiembre de 2017.
Artículo 2º A partir de la fecha establecida en el artículo precedente, facúltase al Poder Ejecutivo a prorrogar por última vez hasta por ciento veinte días más el plazo para la entrada en vigencia del artículo 116 de la Ley Nº 19.535, de 25 de setiembre de 2017.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 27 de diciembre de 2018.

JORGE GANDINI, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

MINISTERIO DE TURISMO

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 4 de Enero de 2019

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro...

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