Reflexiones a propósito del decreto 420/007 y formas modernas de prestación de la función pública

AutorSilvana Nessar
Páginas63-67
63
REFLEXIONES A PROPÓSITO DEL DECRETO 420/007 Y FORMAS MODERNAS
DE PRESTACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.1
GRUPO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN DE DERECHO ADMINISTRATIVO DE LA
UNIVERSIDAD DE MONTEVIDEO-DRA. SILVANA NESSAR DE LENOBLE (COORDI-
NADORA), DRA. PATRICIA DI BELLO, DRA. ADRIANA ESPAÑA, DR. GUSTAVO FIS-
CHER, DRA. NATALIA HUGHES, DRA. JOSEFINA LORENZO, DR. PABLO SCHIAVI Y
DR. JUAN RAÚL WILLIMAN.
1. INTRODUCCIÓN
En esta oportunidad el Grupo de Investigación y Estudio en Derecho Administrativo, comenzó centrán-
dose en el análisis del reciente decreto 420/007, de 7 de noviembre de 2007 que modifica algunos aspectos
del decreto 500/991, de 27 de setiembre de 1991.
El interés que el tema ha despertado en el grupo se corresponde con su propia razón de ser en la medida
en que nuestra atención se focaliza en el individuo-persona humana- y fundamentalmente en su relaciona-
miento con el Estado en su carácter de instrumento al servicio de su pleno desarrollo2. Es que el procedimiento
administrativo, entendido como el conjunto de formalidades y trámites que debe seguir la Administración
para el dictado de los actos administrativos, es un centro de interés para toda la comunidad, incluidos los
“administrados”3, los operadores del derecho y aquellos que controlan su aplicación. 4
El objeto inicial de este trabajo, fluyó naturalmente al estudio del nuevo decreto desde su propósito ex-
plícito, manifestado con claridad en su parte expositiva y consistente en “abreviar…simplificar…actualizar
…..optimizar la gestión del Estado..”, motivando su consideración y análisis a la luz de nuevas tendencias del
Derecho Comparado así como de las ya existentes y consagradas a texto expreso en nuestro ordenamiento,
para determinar en definitiva el grado de concreción de los mencionado propósitos.
Naturalmente que no está en nuestro ánimo el valorar la iniciativa del promotor de esta nueva norma, sino
su objetivo análisis, siempre teniendo como centro de atención al ser humano, al individuo, en la búsqueda
de optimizar los esfuerzos intelectuales para lograr el tan deseado equilibrio entre la libertad y la autoridad5;
la búsqueda del desarrollo del ser humano, de la familia, de un Estado promotor, activo e interactivo.
2. LOS OBJETIVOS DEL DECRETO 420/007
Resultando del Dec. 420/007, refiriéndose al Dec. 500/91 expresa que “...es menester proceder a su actualización
en virtud de la evolución natural del Derecho Positivo y las transformaciones ocurridas en el campo de la tecnología.”
El Derecho Administrativo se caracteriza por su constante movilidad. Es un derecho en permanente
transformación, como consecuencia de los continuos cambios que experimenta la Administración en su or-
ganización y funcionamiento, y en procura de responder a los requerimientos sociales de cada momento
En éste caso, los hechos tenidos en cuenta para lograr un aggiornamiento del Dec. 500/91 son dos: evolución
natural del Derecho y evolución de la tecnología (según el propio decreto). Parecería acertada la elección del
legislador en cuanto a distinguir esos dos hechos como relevantes para fundamentar una modificación del
procedimiento administrativo. Ello porque el momento histórico está marcado por una tendencia de toda la
sociedad y del Estado hacia la informatización.
1 Trabajo expuesto por las Dras. Patricia Di Bello y Natalia Hughes en la reunión del Anuario de Derecho Administrativo
de fecha 8 de diciembre del 2008
2 (Brito, Mariano, Derecho Administrativo, su permanencia, contemporaneidad, prospectiva, Mdeo., año 2004, "Instru-
mentos de la intervención del Estado en el dominio económico", pág. 287 y sig.)
3 (Martins, Daniel Hugo, A.D.A. Tomo V, año 1996, "No llamemos más administrados a las personas que habitan en
nuestro territorio", pág. 61 y sig.
4 (Delpiazzo, Carlos, Estudios jurídicos en homenaje al Prof.Mariano Brito, F.C.U., año 2008, "Responsabilidad del Estado
y tutela jurisdiccional efectiva", pág. 967 y sig.)
5 (Conf. Brito, Mariano, op. cit., "Fuentes del Derecho Administrativo", pág. 25 y sig.)

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