Resolución No. 506/017.- Apruébase el Acuerdo a suscribirse entre la Presidencia de la República y el Ministerio de Relaciones Exteriores con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la ejecución del Proyecto denominado “Fortalecimiento a la Comisión de Refugiados”

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Documen tos
Nº 29.720 - junio 14 de 2017
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 7, 9 y 12 de junio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
1
Resolución 506/017
Apruébase el Acuerdo a suscribirse entre la Presidencia de la República y
el Ministerio de Relaciones Exteriores con la Organización Internacional
para las Migraciones (OIM) para la ejecución del Proyecto denominado
“Fortalecimiento a la Comisión de Refugiados”.
(1.446*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 29 de Mayo de 2017
VISTO: el Acuerdo a suscribirse entre la Presidencia de la
República y el Ministerio de Relaciones Exteriores con la Organización
Internacional para las Migraciones (OIM) para la ejecución del Proyecto
denominado “Fortalecimiento a la Comisión de Refugiados”;
RESULTANDO: I) que el propósito del Proyecto referido es
proporcionar asistencia técnica a la Presidencia de la República y
al Ministerio de Relaciones Exteriores en virtud del ejercicio de la
presidencia de la Comisión de Refugiados (CORE), en su estrategia de
recepción e inserción autónoma de los refugiados sirios en la sociedad
uruguaya, así como el diseño e implementación de protocolos de
actuación, tomando como base la experiencia acumulada en el país
en materia de refugio;
II) que el objetivo general del presente Proyecto es el fortalecimiento
de la CORE y los objetivos específicos son: a) el diseño y la
implementación de protocolos de actuación y b) el acompañamiento
en la última etapa de inserción y de autonomía en nuestro país, de las
familias sirias refugiadas en la República Libanesa y reasentadas en
Uruguay en octubre de 2014;
III) que para esta última etapa de acompañamiento a las cinco
familias sirias reasentadas, se proyecta incorporar dicha tarea a los
canales institucionales habituales para la asistencia a refugiados, es
decir, a la Comisión de Refugiados;
CONSIDERANDO: I) que por Decreto 256/014 de 4 de setiembre
de 2014, se cometió a la Secretaría de Derechos Humanos de la
Presidencia de la República, la coordinación de la planificación
y ejecución del Programa de Reasentamiento de Personas Sirias
refugiadas en territorio de la República Libanesa;
II) que habiendo llegado a su n la primera fase de inserción a
través del programa piloto de reasentamiento ejecutado a través de la
Secretaría de Derechos Humanos, la citada norma fue derogada por
Decreto 125/017 de 9 de mayo de 2017;
Comisión de Refugiados (CORE) en el ámbito del Ministerio de
Relaciones Exteriores, con el cometido —entre otros- de planicar,
promover y coordinar políticas en materia de refugio, por lo que se
entiende que la misma sea la institución encargada de llevar adelante la
última etapa en el proceso de inserción de las familias sirias reasentadas
en Uruguay;
IV) que del Acuerdo proyectado surge que la Presidencia de la
República se compromete a contribuir con asistencia nanciera al
proyecto de Organización Internacional de las Migraciones por un
monto de U$S 230.000 (dólares estadounidenses doscientos treinta
mil), contando con disponibilidad suciente;
V) que se recabó la intervención previa de la Contadora Auditora
Destacada del Tribunal de Cuentas;
VI) que procede aprobar el Acuerdo a suscribirse;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Apruébase el Acuerdo a suscribirse entre la Presidencia de la
República y el Ministerio de Relaciones Exteriores con la Organización
Internacional para las Migraciones (OIM) para la ejecución del Proyecto
denominado “Fortalecimiento a la Comisión de Refugiados”, que se
adjunta a la presente Resolución y forma parte de la misma.
2
2º.- La erogación resultante del presente se atenderá con cargo
al Inciso 02 “Presidencia de la República”, Unidad Ejecutora 001
“Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, Programa
481, Objeto del Gasto 581, Financiación 1.1.
3
3º.- Comuníquese, etc.
RAÚL SENDIC, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; JOSÉ LUIS CANCELA.
Núm. Ref. OIM:
Código de proyecto OIM:
Código de autorización /
Checklist URY/FURG/EE047/2017
LEG:
Acuerdo suscrito entre el Gobierno de la República Oriental del
Uruguay, a través de la Presidencia de la República y el Ministerio
de Relaciones Exteriores, y la Organización Internacional para las
Migraciones (OIM), relativo al Fortalecimiento de la Comisión de
Refugiados
El presente Acuerdo (el Acuerdo”) se establece, por una parte,
entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay a través de
la Presidencia de la República, domiciliada en Plaza Independencia
710, quien es representada por Juan Andrés Roballo, Prosecretario de
la Presidencia de la República (en adelante, el “Contribuyente”) y el
Ministerio de Relaciones Exteriores, domiciliado en Colonia 1206 (en
adelante el “Coordinador y Articulador“) quien es representado por
Rodolfo Nin Novoa, y por otra parte, la Organización Internacional
para las Migraciones (en adelante la “OIM”) con domicilio en Juncal
1305, oficina 501, quien es representada por Alba Goycoechea,
Encargada de Misión. La OIM y el Contribuyente también se
denominarán individualmente como una “Parte” y conjuntamente
como las “Partes.”
1. Introducción y documentos constitutivos del Acuerdo
1.1 El Contribuyente se compromete a prestar apoyo nanciero
a la OIM para el Proyecto, de conformidad con las condiciones
establecidas en el presente Acuerdo y en sus anexos, si los hubiera.
1.2 Los documentos que se enumeran a continuación forman
parte del presente Acuerdo:

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