Resolución No. 7.831/016.- Promúlgase el Decreto Departamental 2.363/016, por el que se aprobó el Presupuesto Quinquenal de la Intendencia de Departamental de Durazno, correspondiente al período 2016-2020

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Documen tos
Nº 29.510 - agosto 4 de 2016
DiarioOficial |
Artículo 7º.- Quedan excluidos de la aplicación del mínimo
anterior:
a) Los pensionistas que integren hogares cuyo ingreso promedio
por integrante, por todo concepto, supere las 3 (tres) Bases de
Prestaciones y Contribuciones (BPC) por mes, al valor vigente
al 1º de enero de 2016.
b) Los pensionistas menores de sesenta y cinco años de edad.
A los efectos de determinar los niveles de ingreso previstos en el
literal a) del presente artículo, no se considerarán las asignaciones
familiares, el subsidio a la vejez (ley Nº 18.241 de 27 de diciembre de
2007), ni el subsidio por desempleo cuando la causal que lo genere sea
el despido del trabajador.
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Artículo 8º.- Los pensionistas que aspiren a percibir el monto
mínimo previsto en el artículo 6º deberán suscribir una declaración
jurada, salvo que ya la hayan efectuado con anterioridad, donde
detallen pormenorizadamente todos sus ingresos y los de todos los
integrantes del hogar, cualquiera sea su naturaleza u origen (salarios,
pasividades, alquileres, honorarios, intereses bancarios, utilidades de
sociedades, etc.), con excepción de los indicados en el último inciso
del artículo anterior.
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Artículo 9º.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo 6º, las
condiciones previstas en el artículo 7º se apreciarán al 30 de junio de
2016.
Quedan fuera de los alcances del mismo quienes no las cumplan
o las conguren con posterioridad a la fecha indicada.
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Artículo 10º.- El Banco de Previsión Social regulará los aspectos
necesarios para la implementación de este decreto.
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Artículo 11º.- Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; ERNESTO MURRO; DANILO ASTORI.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE DURAZNO
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Resolución 7.831/016
Promúlgase el Decreto Departamental 2.363/016, por el que se aprobó
el Presupuesto Quinquenal de la Intendencia de Departamental de
Durazno, correspondiente al período 2016-2020.
(1.182*R)
INTENDENCIA DE DURAZNO
Durazno, Abril 11 de 2016.-
En sesión de la fecha y por Unanimidad, 31 votos en 31, la Junta
Departamental dictó el DECRETO Nº 2363
VISTO: El Ocio N° 3/2016 remitido por el Ejecutivo Departamental,
referido al Presupuesto Quinquenal para la Intendencia Departamental
de Durazno, período 2016-2020.
CONSIDERANDO: I – Que el Ejecutivo Departamental
ha remitido el referido proyecto para su consideración por este
Cuerpo, dentro de los plazos previstos en el Art. 275 numeral 3 de la
Constitución de la República, aplicado por remisión del Art. 214 de
la referida Carta Magna.
CONSIDERANDO: II – Que se encuentran vigentes los plazos
previstos en el Art. 224 de la Constitución de la República, para
la aprobación del Proyecto por parte de este Órgano Legislativo
Departamental.
CONSIDERANDO: III – Que conforme a lo dispuesto en el
Departamental deberá recabar los informes correspondientes del
Tribunal de Cuentas de la República, previamente a la sanción del
mismo.
ATENTO: A lo anteriormente expuesto;
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA:
CAPITULO I
DEL PRESUPUESTO
ARTICULO 1° - (Unanimidad, 31 votos en 31)- FIJASE
EL PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL GOBIERNO
DEPARTAMENTAL DE DURAZNO Y DE LOS MUNICIPIOS DE
SARANDI DEL YI Y VILLA DEL CARMEN, para el Quinquenio
2016-2020 en la suma de $ 6.475.651.669 (pesos uruguayos seis mil
cuatrocientos setenta y cinco millones seiscientos cincuenta y un mil
seiscientos sesenta y nueve), discriminados de la siguiente forma: para
el Ejercicio 2016 en la suma de $ 1.270.026.234 (pesos uruguayos mil
doscientos setenta millones veintiséis mil doscientos treinta y cuatro).
Para el Ejercicio 2017 en la suma de $ 1.304.692.370 (pesos uruguayos
mil trescientos cuatro millones seiscientos noventa y dos mil trescientos
setenta). Para el Ejercicio 2018 en la suma de $ 1.324.447.555 (pesos
uruguayos mil trescientos veinticuatro millones cuatrocientos cuarenta
y siete mil quinientos cincuenta y cinco). Para el Ejercicio 2019 en
la suma de $ 1.320.442.755 (pesos uruguayos mil trescientos veinte
millones cuatrocientos cuarenta y dos mil setecientos cincuenta y
cinco). Y para el Ejercicio 2020 en la suma de $ 1.256.042.755 (pesos
uruguayos mil doscientos cincuenta y seis millones cuarenta y dos mil
setecientos cincuenta y cinco).
-FIJASE LOS CREDITOS PRESUPUESTALES DEL GOBIERNO
DEPARTAMENTAL DE DURAZNO Y DE LOS MUNICIPIOS DE
SARANDI DEL YI Y VILLA DEL CARMEN, para el Quinquenio
2016-2020, en la suma de $ 6.471.128.190 (pesos uruguayos seis mil
cuatrocientos setenta y un millones ciento veintiocho mil ciento
noventa), discriminados de la siguiente forma: para el Ejercicio 2016 en
la suma de $ 1.299.578.419 (pesos uruguayos mil doscientos noventa y
nueve millones quinientos setenta y ocho mil cuatrocientos diecinueve).
Para el Ejercicio 2017 en la suma de $ 1.313.810.255 (pesos uruguayos
mil trescientos trece millones ochocientos diez mil doscientos cincuenta
y cinco). Para el Ejercicio 2018 en la suma de $ 1.340.861.000 (pesos
uruguayos mil trescientos cuarenta millones ochocientos sesenta y
un mil). Para el Ejercicio 2019 en la suma de $ 1.284.410.825 (pesos
uruguayos mil doscientos ochenta y cuatro millones cuatrocientos diez
mil ochocientos veinticinco). Y para el Ejercicio 2020 en la suma de $
1.232.467.691 (pesos uruguayos mil doscientos treinta y dos millones
cuatrocientos sesenta y siete mil seiscientos noventa y uno).
ARTÍCULO 2° - (Unanimidad, 31 votos en 31)- PLANILLADOS
PRESUPUESTALES. El Presupuesto Departamental para el actual
período de Gobierno, se regirá por las disposiciones contenidas en el
presente Decreto y sus anexos de Clasicador Programático, Planillado
de Servicios No Personales, Planillado de Inversiones y Metas y
Objetivos por Programa, que forman parte del mismo.
CAPITULO II
HABERES – INCREMENTO SALARIAL – PARTIDAS -
INCENTIVOS
ARTÍCULO 3º - (Unanimidad, 31 votos en 31)- NUEVA ESCALA
SALARIAL PARA CARGOS PRESUPUESTADOS AÑO 2016.
A partir del día 1 de enero de 2016, la nueva escala salarial de los
grados 1 a 9 para los cargos presupuestales, será en pesos uruguayos
la siguiente: Grado 1 $ 15.000 (pesos uruguayos quince mil), Grado 2
$ 15.200 (pesos uruguayos quince mil doscientos), Grado 3 $ 16.000
(pesos uruguayos dieciséis mil), Grado 4 $ 16.650 (pesos uruguayos
dieciséis mil seiscientos cincuenta), Grado 5 $ 17.550 (pesos uruguayos
diecisiete mil quinientos cincuenta), Grado 6 $ 18.670 (pesos uruguayos
dieciocho mil seiscientos setenta), Grado 7 $ 19.940 (pesos uruguayos
diecinueve mil novecientos cuarenta), Grado 8 $ 26.850 (pesos
uruguayos veintiséis mil ochocientos cincuenta), Grado 9 $ 72.010
(pesos uruguayos setenta y dos mil diez).
ARTÍCULO 4º - (Unanimidad, 31 votos en 31)- NUEVA ESCALA
SALARIAL PARA CARGOS PRESUPUESTADOS AÑO 2017. A

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