Sentencia Interlocutoria Nº 623/2023 de Tribunal Apelaciones Penal 1º Tº, 02-10-2023

Fecha02 Octubre 2023
Tipo de procesoPROCESO PENAL ORDINARIO
MateriaDERECHO PENAL

Ministro Redactor:


Dr. A.R.O..-



VISTA


para interlocutoria de segunda instancia esta pieza: AA. Un delito de Homicidio muy especialmente agravado por medio del Incendio y F., un delito continuado de Negociación de estupefacientes especialmente agravado, un delito de Tenencia de estupefacientes no para su consumo, un delito de Tráfico interno de armas de fuego y municiones, un delito de P. de armas de fuego en lugares públicos en concurrencia formal con un del de porte de arma por reincidente, todo en r.r." TEST IUE: 2-79012/2023 – FORMALIZACIÓN” (IUE 598-277/2023); venida del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de 4º T., en virtud del recurso de la Defensa Pública (Dr. J.D.) contra las Res. 605/2023 y 606/2023 dictadas en AUDIENCIA DE FORMALIZACIÓN de 7.03.2023 por la Dra. A.F., con intervención de la F. Letrada de Mercedes de 1er T. (Dra. A.E..


RESULTANDO


I) La R-1536/2023 admitió la formalización de la investigación atribuyendo provisionalmente al imputado los delitos del acápite, mientras que la R-1537/2023 dispuso su prisión preventiva por 180 con vencimiento automático el día 26 de febrero de 2024.


II) Al apelar ambas interlocutorias, la Defensa sostuvo en lo medular: II-1 formalización: - los hechos ni la participación fueron como refirió F.. El Sr. conocía a la Sra. hacía dos o tres meses, a veces se quedaba en su casa, pero su domicilio era en Piedras 000.


- el incidente previo al incendio fue entre varias personas con agresiones cruzadas. El Sr. se presentó en F. después del hecho, brindo una declaración y dijo que es verdad que había estado un rato antes con la Sra., que ella quería que se fuera para su casa, pero en realidad se fue para la de su amiga CC, que la Sra. tomaba pastillas porque estaba nerviosa y tenía depresión porque su hermando se había suicidado, su mamá hacia un tiempo y tenía ciertos problemas con el padre de los hijos. Siempre estuvo en realidad con CC, DD, EE, a las 5, 6 de la tarde, cuando también andaba gente en el barrio en las afueras.


- Luego se entera por la Sra. BB que había un incendio y vio que el techo estaba prendido fuego ya que debajo de las chapas había tnt y nylon. Entró, pero había mucho humo, no se veía nada, tanteó las camas y otros lugares, y entendió que la Sra. no se encontraba en el lugar. Ella le. había manifestado que tenía algunas ideas suicidas, como también se lo había dicho a otras personas.


- El imputado admitió que entró varias veces a buscar también a su padre y la policía intentó detenerlo en alguno de los momentos que ingresaba. Dijo que se llevaba bien con la Sra.


- El informe de Bomberos no es concluyente, maneja la posibilidad de que la vivienda se incendiara accidentalmente: contaba con energía eléctrica y dado que no se encontraron indicios claros debido a la intensidad de las llamas que consumieron los componentes de la instalación, no se descarta que el siniestro pudo originarse por un factor eléctrico, un cortocircuito o similar o por un falso contacto entre los conductores eléctricos de la instalación eléctrica. Incluso del informe de Bomberos surge que la vivienda era muy precaria, construida con paredes de bloques, techos de chapa sobre tirantes de madera. Asimismo, del informe de la médico forense surge que la Sra. Murió por una intoxicación aguda por monóxido de carbono, hipoxia, no menciona que hubiera habido un episodio de violencia.


- Se observó la precariedad de la vivienda, no hay conexión regular de UTE y de la historia clínica surge que la Sra. tenía insomnio y ansiedad desde hacía meses por la muerte de su madre, por lo que estaba siendo tratada con Clonazepam y Z.. El laboratorio de toxicología informa que tenía en sangre Z., Clonazepan y el primero en concentración mayor a la máxima terapéutica. También según algunas declaraciones de testigos, había ingerido alcohol, incluso una testigo refirió que había comprado vino un rato antes.


- Del informe del laboratorio químico que refirió F. aparentemente se recolectaron ciertas evidencias de la utilización de un acelerante de combustión. Si bien las prendas recolectadas de la escena tienen su cadena de custodia, fueron recolectadas a los diez días después del hecho, no habiendo sido preservada la escena o custodiada mientras tanto. El 2 de junio que se hizo un reexamen de la escena y el hecho fue el 23 de mayo. Hay testigos que informaron que entró mucha gente luego del hecho, que se robaron las cosas de la fallecida, por lo cual la escena no fue preservada ni custodiada.


- Una testigo de F. manifiesta que no vio discusiones, nunca escuchó amenazaras de muerte, no se metió nunca con los hijos, que hubo sí una discusión en la casa de BB, que estaban su hermana, DD, que éste intentó pegarle y le pegó, que ella trató de sacarla y le dijo que se fuera para la casa y no se metió más porque la Sra. le dijo que se podía defender sola y estaba un poco agresiva, desconoce por qué AA le pegó y que otro vecino le pasaba la luz.


- Hay otro testigo que vio cierta discusión entre AA, DD y la Sra., que el padre había entrado y que AA lo había sacado.


- La vecina FF declaró en F. que la Sra consumía pastillas para la depresión por la muerte de su madre, que le expresó en algunas oportunidades que se quería autoeliminar y que ella le dijo que pensara en sus hijos. También declaró que ayudó a apagar el incendio y que también resultó con quemaduras. El hogar de esta Sra aparentemente habría sido incendiado la noche de ayer.


- Otros testigos, entre ellos un bombero (GG) habló de que podría haber habido un cortocircuito, y que el incendio pudo haber sido accidental, que no hay conexión formal de energía eléctrica de UTE, son conexiones precarias, que a veces sucede que las personas estén durmiendo o estén medicadas, intentan evacuar y se desvanecen por los gases, también declaró que hay gente que quema algunas cosas y después se prende fuego como ocurrió en Plaza Independencia de Montevideo, en 18 de Julio.


- Un testigo protegido declaró que la Sra HH estaba en el lugar que estaba AA, que había una persona de tez oscura, que estaba BB y este tal DD, que también había tenido un incidente con HH y que HH la empujó y le pidió a esa testigo que no se metiera, que ella se podía defender sola, esta señora también dijo que HH tenía nafta en una botella y le gritó …acá tenés la nafta, no te dan los huevos para prenderme fuego, acá te dejo la nafta” y la dejó en su domicilio, declaró también que HH estaba amanecida, que se le notaba”, lo que significaba que no había descansado en la noche. También declaró que AA entró a la casa de HH, se metió y sacó esa botella de su casa y le dijo que la Sra. estaba agresiva y que en el momento del incendio AA estaba frente a la casa que se estaba incendiando: “…T. estaba en un estado de shock, yo le tengo una bronca bárbara, no me cae bien T. es un machista”, también declaró que la Sra estaba deteriorada, vio que solo se quemaba el techo, que había mucho humo adentro y que al rato todo se prendió fuego, que AA sacó a su padre, que los ranchos es común que se incendien y que la señora había estado tomando vino comprado en el almacén, que DD estaba cuando se inició el fuego y que Tatán es “una porquería”.


II-2 Preventiva:


- no existe semiplena prueba del hecho y de la participación del imputado, ni elementos de convicción para presumir que va a fugarse o entorpecer la investigación, ni que sea un riesgo para la sociedad.


- El imputado tiene domicilio fijo al que según dijo, nunca le llegó ninguna citación, y trabaja en el Hipódromo: tiene arraigo.


- Fue a F. después del hecho y declaró por su propia voluntad sin ser citado, no se resistió al arresto, ni intentó fugarse, no tiene pasaporte ni medios económicos para irse del país. Siempre circuló por la ciudad y por lo que refiere F., sabía por dónde circulaba.


- Los testigos son protegidos, no va a tener conocimiento ni acceso.


- Si bien el art. 224 CPP dice que es preceptivo para F. pedir la prisión, el principio sigue siendo la libertad, en cuyo defecto, solicita que se disponga arresto total con dispositivo de geolocalización.


III) F. contestó:


III-1 formalización: - como manifestó la Sede, el rechazo de una formalización solo puede darse cuando claramente surja que la F. no cumple con los requisitos o que los hechos no son delito.


- La Defensa pretende un adelantamiento del juicio oral, planteando su teoría del caso en esta etapa.


- Sin perjuicio de lo anterior, en alto porcentaje, las consideraciones realizadas por la Defensa son coincidentes con lo relatado por F., en cuanto al lugar, día, al tipo de vínculo entre la víctima y el imputado, la discusión previa. Hay conexión en varios puntos.


- Específicamente la Defensa hizo hincapié en informe de Bomberos, que aun entendiendo que corresponde analizar en el juicio, hace mención a una hipótesis accidental, pero luego expresa que es muy poco probable que se diera la misma en función de otras consideraciones que llevan a presumir “…que alguna persona, desconociéndose con qué fines, mediante el empleo de un objeto con llamas al descubierto, papeles encendidos fuego, fósforos encendidos o similar, no descartando la utilización de líquido combustible inflamable dio origen al siniestro...por otro lado el grado de afectación del cuerpo, es decir carbonización, considerando la ubicación del mismo en el lugar así como la presencia de elementos de fácil combustión próximos al mismo, libros y revistas con afectación parcial, no es acorde a la propagación normal de un siniestro, por lo que se presume que sobre el cuerpo de la víctima pudo haberse esparcido combustible líquido inflamable”, lo que también en realidad quedó corroborado con el análisis de prendas que si bien es cierto, fueron recabadas en el lugar diez días después, hay que considerar que hasta llovió entremedio y sin embargo el combustible fue detectado en varios lugares de la casa conforme al estudio reseñado, era de entidad como para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR