Tenedores silos. Ministerio ganaderia, agricultura y pesca. Integracion capital. Plazo. Prorroga.

Número de Iniciativa122257
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaCámara Senadores - Agazzi, Ernesto; Topolansky, Lucía
Ley 19.285
Publicada D.O. 22 oct/014 - Nº 29073
Ley Nº 19.285 TENEDORES DE SILOS, DE PLANTAS DE ALMACENAJE Y DE DEPÓSITOS
ADMINISTRADOS POR LA COMISIÓN TÉCNICA
DEL PLAN NACIONAL DE SILOS
PRÓRROGA DEL PLAZO PREVISTO PARA LA PRESENTACIÓN Y CULMINACIÓN DE
TRÁMITES DE EVALUACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo único.- Prorrógase desde su vencimiento y hasta 180 días a contar de la vigencia de la presente ley, el plazo previsto en el párrafo tercero del inciso segundo del numeral 2) del artículo 277 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 288 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y el artículo 119 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, a los efectos de presentarse, culminar los trámites de evaluación y suscripción de convenios.

Además de la prórroga prevista en el inciso precedente, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca podrá extenderlo por otros 180 días, por única vez y por razones debidamente fundadas.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de setiembre de 2014.

ANÍBAL PEREYRA,
Presidente.
José Pedro Montero,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 25 de setiembre de 2014.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorroga el plazo previsto en el tercer párrafo del inciso segundo del numeral 2) del artículo 277 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 288 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y el artículo 119 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, para que los tenedores de silos, de plantas de almacenaje y de depósitos administrados por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Silos se presenten y se culminen los trámites de evaluación y suscripción de convenios.

JOSÉ MUJICA.
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