Uruguay y el Mercosur

AutorJorge E. Fernández Reyes
CargoDirector del Master en Integración y Comercio Internacional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montevideo. Prof. de la Cátedra de Derecho de la Integración de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montevideo. Ex Director de la Secretaría del MERCOSUR
Páginas15-23
REVISTA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE MONTEVIDEO — NÚMERO 26 — AÑO 2014
URUGUAY Y EL MERCOSUR
PROF. DR. JORGE E. FERNÁNDEZ REYES (*)
La creación del Mercado del Sur (“MERCOSUR”) mediante la firma del Tratado de
Asunción (en adelante indistintamente TA) en el año 1991 por parte de la República
Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República
Oriental del Uruguay, fue la concreción de un largo proceso de negociaciones que ade-
más tenían como fundamento un histórico y relevante relacionamiento comercial entre
los cuatro países principalmente en el marco de la Asociación Latinoamericana de Inte-
gración (“ALADI”).
Sus primeros años de vida fueron sumamente exitosos en los aspectos comerciales y
económicos, y la profundización del proceso de integración hacia el objetivo planteado
en el artículo 1 del TA, es decir hacia la conformación de un “Mercado Común” avanzó
en tiempo real, pese a algunas dificultades que naturalmente iban surgiendo como con-
secuencia de las decisiones adoptadas en el seno del esquema de integración.
Asimismo, en esta primera etapa se destaca el amplio reconocimiento a nivel inter-
nacional que el “MERCOSUR” tenía por los logros obtenidos en su corta trayectoria y a
título de ejemplo, tanto el Acuerdo del Jardín de las Rosas con Estados Unidos de Norte-
américa (en el modelo 4 + 1) en el año 1991, y los Acuerdos con la Unión Europea de los
año 1992 y 1995 son demostrativos de la afirmación realizada.
Sin embargo, a partir de las dificultades surgidas a nivel mundial, que repercutieron
en la República Federativa del Brasil (devaluación mediante de enero de 1999) y en la
República Argentina (con una crisis institucional adicional a fines del año 1999) con ob-
vias consecuencias en sus dos socios comerciales (Paraguay y Uruguay), se observó – a
nivel de los gobiernos de esa época - la necesidad imperiosa de evaluar la marcha del
proceso de integración y analizar en profundidad su proyección futura. (1)
En ese entonces, tres fueron las alternativas que se incorporaron a la agenda de los
negociadores y que también ingresaron a los temas analizados a nivel doctrinario con
relación directa con el estadio de la integración de acuerdo a los criterios tradicionalmen-
te reconocidos por la normativa internacional como modalidades de la integración, sin
perjuicio de que cualquier esquema de integración o acuerdo comercial es en sí mismo
un proceso evolutivo y gradual, donde importa el punto de partida y el objetivo o finali-
dad pretendida por los países que integran el esquema de integración.
Como consecuencia de ello, y partiendo de que el MERCOSUR, no respondía íntegra-
mente a ninguna de las “modalidades de la integración” reconocidas internacionalmente ya
* Director del Master en Integración y Comercio Internacional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montevideo. Prof. de
la Cátedra de Derecho de la Integración de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montevideo. Ex Director de la Secretaría del
MERCOSUR
1 La crisis política e institucional que sucedió en la República del Paraguay en el año 1996, aún con la falta de una cláusula demo-
crática entre los Estados Parte del MERCOSUR, fue resuelta satisfactoriamente y no afectó la marcha de la integración regional.
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