Diario Oficial de Uruguay del 01/06/2016 (contenido completo)

IM.P.O.
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Nº 29.465 - junio 1º de 2016
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Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 23, 25, 26, 27 y 30 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano
emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
1
Resolución 256/016
Acéptase la renuncia al cargo de Director de Planicación de la Ocina
de Planeamiento y Presupuesto, presentada por el Sr. Sebastián Torres.
(795)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 23 de Mayo de 2016
VISTO: la renuncia presentada por el Señor Sebastián Torres,
con cédula de identidad 1.876.203-4, quien se desempeña en el cargo
de Director de Planicación en la Unidad Ejecutora 004 “Ocina de
Planeamiento y Presupuesto”, Programa 481 “Política de Gobierno”,
del Inciso 02 “Presidencia de la República”;
RESULTANDO: I) que por Resolución de la Presidencia de la
República de 21 de enero de 2016, el Señor Sebastián Torres fue
designado en el cargo de Director de Planicación de la Ocina
de Planeamiento y Presupuesto, en virtud de lo dispuesto en el
la redacción dada por el artículo 53 de la Ley Nº 19.355, de 19 de
II) que el Señor Sebastián Torres solicita se acepte su renuncia por
motivos personales;
CONSIDERANDO: I) que no existe impedimento para proceder
a la aceptación de la renuncia presentada;
II) que la aceptación de la renuncia debe hacerse efectiva a partir
del 29 de abril de 2016;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Acéptase la renuncia presentada por el Señor Sebastián Torres,
con cédula de identidad 1.876.203-4, quien se desempeña en el cargo
de Director de Planicación en la Unidad Ejecutora 004 “Ocina de
Planeamiento y Presupuesto”, Programa 481 “Política de Gobierno”,
del Inciso 02 “Presidencia de la República”, a partir del 29 de abril
de 2016.
2
2º.- Comuníquese, notifíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
2
Resolución 255/016
Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas, a abonar el monto
que se indica, en el marco del Acuerdo de Cooperación y Mejora de la
Infraestructura Edilicia y el Equipamiento del Hospital de Clínicas -Dr.
Manuel Quintela-.
(794*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 23 de Mayo de 2016
VISTO: el convenio entre los Gobiernos de la República Oriental
del Uruguay y de la República Bolivariana de Venezuela, para
la Cooperación en la Mejora de la Infraestructura Edilicia y de
Equipamiento del Hospital Universitario, “Hospital de Clínicas Dr.
Manuel Quintela”, de la República Oriental del Uruguay, suscrito en
Montevideo, el 8 de diciembre de 2005;
RESULTANDO: I) que el convenio referido fue aprobado por Ley
Nº 18.123, de 27 de abril de 2007, y su enmienda, aprobada por Ley
18.141 de 18 de junio de 2007;
II) que en el mismo se establecía un aporte de la República
Bolivariana de Venezuela de U$S 10.000.000 (diez millones de dólares
de los Estados Unidos de América) bajo la modalidad de donación
y U$S 10.000.000 (diez millones de dólares de los Estados Unidos
de América) como contrapartida de la cual la República Oriental
del Uruguay se comprometió a desarrollar un programa integral de
cooperación para la colaboración y complementariedad en las áreas
establecidas de común acuerdo por las Partes;
III) que con fecha 22 de noviembre de 2012, las partes suscribieron
Acta en la cuidad de Caracas, en la que se estableció entre otros, que el
gobierno uruguayo pagaría U$S 4.000.000 (cuatro millones de dólares
de los Estados Unidos de América), de los U$S 10.000.000 (diez millones
de dólares de los Estados Unidos de América), con el suministro
de medicamentos oncológicos y los restantes U$S 6.000.000 (seis
millones de dólares de los Estados Unidos de América) se elaboraría
un programa de capacitación y formación para médicos venezolanos;
IV) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 21 de marzo de 2013,
se aprobó el Acta citada y en consecuencia se autorizó al Ministerio
de Economía y Finanzas a abonar el monto de U$S 4.000.000 (cuatro
millones de dólares de los Estados Unidos de América) en la forma y
oportunidad solicitada por el Gobierno de la República Bolivariana de
Venezuela, lo que fue cancelado durante el período 2013-2014;
V) que en documento de 10 de agosto de 2015, el Gobierno
Bolivariano de Venezuela, a través de su Embajada en Uruguay,
solicita considerar el suministro de medicamentos oncológicos, por
U$S 3.000.000 (tres millones de dólares de los de Estados Unidos
de América) como pago parcial de los restantes U$S 6.000.000 (seis
millones de dólares de los de Estados Unidos de américa) en el marco
del Acuerdo citado;
VI) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 07 de diciembre
de 2015, se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a abonar el

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