May 28, 2021
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- Resolución No. 857/2021.- Fíjanse los valores fictos vigentes a partir del 1º de junio de 2021, aplicables al régimen de percepción del IVA, correspondiente a la comercialización de aves de las especies que se indican
- Resolución No. 858/2021.- Dispónese que en los casos de faena a façón, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por kilo, por el mes de junio de 2021, a efectos de la liquidación de los impuestos respectivos, son los que se determinan.
- Resolución No. 859/2021.- Fíjanse, a partir del 1º de junio de 2021, los nuevos valores por kilo de venta al público de carne bovina y ovina y sus menudencias, a efectos de la percepción del IVA, así como el IVA que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.
- Resolución No. 860/2021.- Fíjanse a partir del 1º de junio de 2021, para los mataderos incluidos en la Resolución Nº 194/006, para la faena asignada en la misma, los precios fictos e impuestos que se determinan, a efectos de lo dispuesto por los numerales 3º y 5º de la Resolución 451/985, para la modalidad de autoabasto