Diario Oficial de la República del Uruguay del 12 de junio de 2018 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 29.962 - junio 12 de 2018
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 7 y 8 de junio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
AGRÍCOLAS
1
Resolución 75/018
Apruébase para todos aquellos plaguicidas que no tengan límite
máximo de residuos (LMR) jado en la normativa nacional o en el
CODEX ALIMENTARIUS, los LMR o las tolerancias establecidas por la
Comunidad Europea y por la autoridad competente en los EEUU.
(3.356*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
Montevideo, 31 de Mayo de 2018
VISTO: La necesidad de establecer límites máximos de residuos
de plaguicidas (LMR) para productos de origen vegetal que se
comercializan en el mercado interno, para todos aquellos que aún
no lo tienen;
RESULTANDO:
I) Que Uruguay es país productor, exportador e importador de
alimentos de origen vegetal.
II) Que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 149/977 de 15
de marzo 1977, compete a la DGSA, establecer los requerimientos a
exigir para el registro y autorización de venta y uso de plaguicidas.
III) Que el Decreto Nº 315/994 de 5 de julio de 1994, artículo
3, establece que para la fijación de tolerancias para residuos de
plaguicidas en alimentos de origen vegetal se tendrán en cuenta las
referencias regionales o internacionales de reconocido respeto.
IV) Que para la aprobación del Registro se exige la presentación
de la información y requisitos que se detallan en el precitado Decreto
en su Capítulo I, artículo 3º.
V) Que de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 285/009 de 15
de junio de 2009, incorporado al Reglamento Bromatológico Nacional,
los Límites Máximos de Residuos (LMR) de plaguicidas en alimentos
que se comercializan en el país son los establecidos por el CODEX
ALIMENTARIUS.
VI) Que en el referido CODEX ALIMENTARIUS no están
establecidos todos los LMR de plaguicidas en su combinación con los
alimentos que se comercializan en Uruguay.
CONSIDERANDO:
I) Que la DGSA señala la necesidad de contar con valores de
referencia para los análisis de laboratorio que efectúa en cumplimiento
de sus competencias en materia de exigencias para el registro de
plaguicidas y para el control de los productos vegetales que se colocan
para su comercialización en el mercado interno.
II) Que es necesario establecer los límites máximos de residuos
(LMR) de acuerdo a las recomendaciones establecidas en el CODEX
ALIMENTARIUS y que en caso de no contar con LMR establecidos
por el CODEX, la DGSA tendrá en cuenta las recomendaciones de
tolerancias establecidas por organismos regionales o internacionales de
reconocido respeto tales como las promulgadas por la Unión Europea
y por los Estados Unidos de Norteamérica.
III) la propuesta de la División Control de Insumos.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo dispuesto en la
Ley Nº 3.921 de 28 de octubre de 1911, disposiciones concordantes
y modicativas, Art. 137 de la Ley Nº 13.640 de 26 de diciembre de
1967 en su nueva redacción dada por el Art. 375 de la Ley Nº 18.719
de 27 de diciembre de 2010, Decreto Nº 149/977 de 15 de marzo de
1977, Decreto Nº 315/994 de 5 de julio de 1994 y sus modicaciones
introducidas por Decreto Nº 285/009 de 15 de junio de 2009 y lo que
surge de las normas y recomendaciones internacionales;
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE:
1º.- Apruébase para todos aquellos plaguicidas que no tengan límite
máximo de residuos (LMR) jado en la normativa nacional o en el
CODEX ALIMENTARIUS, los LMR o las tolerancias establecidas por
la Comunidad Europea y las establecidas por la autoridad competente
en los Estados Unidos de Norteamérica.
2º.- Comuníquese a las Divisiones Control de Insumos, Inocuidad y
Calidad de los Alimentos, Protección Agrícola, Análisis y Diagnóstico.
3º.- Publíquese como es de estilo y divúlguese en la página Web
del MGAP.
Ing. Agr. Federico Montes Rosé, Director General, Unidad
Ejecutora 4 M.G.A.P. - SERVICIOS AGRÍCOLAS.
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
2
Resolución S/n
Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica de la Ordenanza
Departamental de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de
Florida.
(3.355*R)
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Montevideo, 1º de Junio de 2018
R.M. 618/2018
VISTO: el Oficio Nº 75/2018, de fecha 16 de abril de 2018,
por el cuál la Intendencia de Florida solicitó la aprobación de la
Evaluación Ambiental Estratégica de la Ordenanza Departamental
de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Florida
(EM401/2017);
RESULTANDO: I) que, por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo
de 2009, se reglamentó el artículo 47 de la Ley Nº 18.308, de 18 de
junio de 2008, en lo que respecta al proceso de Evaluación Ambiental
Estratégica de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial;
II) que, habiéndose cumplido con los requisitos de presentación
y las etapas correspondientes al proceso de Evaluación Ambiental
Estratégica, la División Promoción del Desarrollo Sostenible de la
4Documentos Nº 29.962 - junio 12 de 2018 | DiarioOf‌icial
Dirección Nacional de Medio Ambiente, por informes de 4 y 15 de
mayo de 2018, sugiere aprobar la evaluación del referido instrumento;
CONSIDERANDO: que habrá de procederse en la forma sugerida
por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, aprobándose la
Evaluación Ambiental Estratégica de la Ordenanza Departamental de
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Florida;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la
Ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008 y por el Decreto Nº 221/009, de
11 de mayo de 2009;
LA MINISTRA DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
1
1º.- Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica de la
Ordenanza Departamental de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible de Florida.
2
2º.- Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder
a la noticación de la Intendencia de Florida, debiéndose adjuntar a
dicha noticación, una copia del informe de la División Promoción
del Desarrollo Sostenible, de 4 y 15 de mayo de 2018 (Ref. 3 y 4) y
publíquese en el Diario Ocial (Sección Documentos). Cumplido,
pase a la División Promoción del Desarrollo Sostenible a sus efectos.
ENEIDA de LEÓN.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
3
Resolución 1.230/018
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Dr. Sylvia Ana
Palenzuela Juncal como Técnico III Médico, perteneciente al Centro
Hospitalario Pereira Rossell.
(3.339)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 19 de Abril de 2018
VISTO: la renuncia presentada por la funcionaria SYLVIA ANA
PALENZUELA JUNCAL, C.I. Nº 1.443.269-3, quien detenta un
cargo presupuestal perteneciente a la Unidad Ejecutora 004 - Centro
Hospitalario Pereira Rossell - TÉCNICO III MÉDICO. - Escalafón “A”-
Grado 08 - Correlativo 2340, para acogerse a los benecios jubilatorios
por imposibilidad física;
RESULTANDO: que la Dirección Técnica de Prestaciones de Salud
del B.P.S., dictamina que la funcionaria congura una incapacidad
absoluta y permanente para el empleo o profesión habitual con un
porcentaje de Baremo de 55,30% a partir de 23/08/2017, debiendo
realizarse examen denitivo al 23/08/2020;
CONSIDERANDO: I) que la incapacidad absoluta y permanente
para el empleo o profesión habitual que le fuera dictaminada, es
considerada como absoluta y permanente para todo trabajo, al contar
la funcionaria con la edad mínima para jubilarse, conforme lo establece
II) que según consta a fojas 35 la funcionaria acepta la jubilación
denitiva;
ATENTO: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por
Resolución de Directorio de A.S.S.E. Nº5674/14 de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria SYLVIA
ANA PALENZUELA JUNCAL, C.I. Nº 1.443.269-3, quien detenta un
cargo presupuestal perteneciente a la Unidad Ejecutora 004 - Centro
Hospitalario Pereira Rossell - TÉCNICO III MÉDICO. - Escalafón “A”-
Grado 08 - Correlativo 2340, para acogerse a los benecios jubilatorios
por imposibilidad física, a partir del 01 de mayo de 2018.
2) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada para
conocimiento y noticación de la funcionaria. Pase a los Departamentos
de Cuentas Personales e Historia Laboral y de Sueldos de la Gerencia
de Recursos Humanos de A.S.S.E.
Res.: 1230/2018
Ref: 29/004/2/64/2018/0/0 adj. 29/004/2/1096/2016/0/0
MB/lp
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
4
Resolución 1.232/018
Acéptase la renuncia presentada por el funcionario Sr. Juan Tomas
Montero Izaguirre como Auxiliar IV Servicio, perteneciente al Centro
Departamental de Salto.
(3.340)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 19 de Abril de 2018
VISTO: la renuncia presentada por el funcionario JUAN TOMAS
MONTERO IZAGUIRRE, C.I. Nº 3.321.432-3, quien detenta un
cargo presupuestal, perteneciente a la Unidad Ejecutora 028 - Centro
Departamental de Salto - AUX. IV SERVICIO. - Escalafón “F”- Grado
02 - Correlativo 11430, para acogerse a los benecios jubilatorios por
imposibilidad física;
RESULTANDO: que la Dirección Técnica de Prestaciones de Salud
del B.P.S., dictamina que el funcionario congura una incapacidad total
y absoluta para todo trabajo a partir del 08/10/2015, con un porcentaje
de baremo del 73,72%;
CONSIDERANDO: que la incapacidad total y absoluta para todo
trabajo que le fuera dictaminada surge conforme lo establece el artículo
ATENTO: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por
Resolución Nº5674/14 de Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada por el funcionario JUAN
TOMAS MONTERO IZAGUIRRE, C.I. Nº 3.321.432-3, quien detenta
un cargo presupuestal, perteneciente a la Unidad Ejecutora 028 - Centro
Departamental de Salto - AUX. IV SERVICIO. - Escalafón “F”- Grado
02 - Correlativo 11430, para acogerse a los benecios jubilatorios por
imposibilidad física, a partir del 01 de mayo de 2018.
2) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada para
conocimiento y noticación del funcionario. Pase a los Departamentos
de Cuentas Personales e Historia Laboral y de Sueldos de la Gerencia
de Recursos Humanos de A.S.S.E.
Res.: 1232/2018
Ref.: 29/028/2/113/2016/0/0
MB/lp
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
5
Documen tos
Nº 29.962 - junio 12 de 2018
DiarioOf‌icial |
5
Resolución 1.732/018
Incorpórase al padrón presupuestal de la Unidad Ejecutora 007, en el
cargo de Técnico IV Licenciada en Nutrición, perteneciente al Hospital
Español, a la Sra. Ana Claudia Palma Montans.
(3.357)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 22 de Marzo de 2018
Visto: la solicitud debidamente fundada de pase a cumplir funciones
a la Unidad Ejecutora 007 - Hospital VIlardebó, formulada por la Sra.
Ana Claudia Palma Montans, la cual reviste presupuestalmente en la
Unidad Ejecutora 076 - Hospital Español, con un cargo de Técnico IV
Licenciada en Nutrición (Escalafón “A” - Grado 07 - Correlativo 3798).
Resultando: I) que la Unidad Ejecutora 076 - Hospital Español
entiende oportuno acceder al pase a cumplir funciones, siempre y
cuando reciba una unidad o vacante a cambio;
Considerando: que la Dirección de la Región Sur y la Dirección de
Salud Mental y Poblaciones Vulnerables entienden pertinente proceder
a la Redistribución Interna;
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido por el
Artículo 5º de la Ley Nº 18.161 de fecha 29/07/07 y por Resolución Nº
5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14 y la Resolución
N.º 1200/18 de la Gerencia General de fecha 22/02/2018.
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Incorporase al padrón presupuestal de la Unidad Ejecutora 007
- Hospital Vilardebó, el cargo de Técnico IV Licenciada en Nutrición,
(Escalafón “A” - Grado 07 - Correlativo 3798), Presupuestado,
perteneciente a la Unidad Ejecutora 076 - Hospital Español, a la Sra.
Ana Claudia Palma Montans
2) Asignase a la Sra. Ana Claudia palma Montans el Correlativo
702228 Técnico IV Licenciada en Nutrición, Escalafón “A”, Grado 7,
en la Unidad Ejecutora 007 Hospital Vilardebó.
3) Suprímase el cargo de Técnico IV Licemciada en Nutrición
(Escalafón “A” - Grado 07 - Correlativo 702235, de la Unidad Ejecutora
007 - Hospital Vilardebó.
4) Crease en la Unidad Ejecutora 076 - Hospital Español, el cargo
de Técnico IV Licenciado en Nutrición (Escalafón “A” - Grado 07 -
Correlativo 3793);
5) Comuníquese a las Unidades Ejecutoras involucradas para su
conocimiento y noticación de la interesada. Cumplido, archívese en
la Unidad Ejecutora 076 - Hospital Español.
Resol. 1732/2018
Ref.: 29/076/2/184/2017
/ne.
Jorge Cuneo, Adjunto, Gerencia de Recursos Humanos, A.S.S.E.
6
Resolución 2.118/018
Contrátase a partir de la fecha que se determina en la U.E. 068 - Inciso
29 de ASSE, a los profesionales que se especican.
(3.341)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 13 de Abril de 2018
Visto: los antecedentes relacionados con los llamados a aspirantes
para desempeñar funciones como Médico Residente en la distintas
Especialidades en la Administración de los Servicios de Salud del
Estado.
Considerando: I) que los Tribunales que entendieron en los
respectivos Concursos determinaron de acuerdo al resultado obtenido,
los Técnicos Médicos que ocuparán los referidos cargos.
II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al
respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un período
de tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo
y los dos sucesivos a la reelección anual a propuesta del Consejo
Administrador Honorario del Sistema Nacional de Residencias
Médicas,.
III) que el Departamento de Concursos de A.S.S.E. informa que el
desempeño de los puestos concursados tendrán vigencia a partir del
01 de Abril de 2018 y por el período que en cada caso se indica en el
Anexo Adjunto;
IV) que corresponde proceder en consecuencia;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14.
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Contrátase a partir del 01 de Abril de 2018, en la Unidad
Ejecutora 068 - Inciso 29 - Administración de los Servicios de Salud del
Estado, a los profesionales que se incluyen en el Anexo adjunto que
forma parte de esta Resolución en las Especialidades y por el período
que en cada caso se indica.
2º) Dispóngase que el régimen horario a cumplir por los mismos
será de 48 horas semanales de labor.
3º) Tomen nota el Departamento de Liquidación de Sueldos y la
División Desarrollo de Personal de la Gerencia Recursos Humanos
de A.S.S.E.
4º) Notifíquese a los interesados.
Res.: 2118/2018
Ref.: 29/068/3/2590/2018
SC/ar.
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
ANEXO
MEDICOS RESIDENTES GENERACION 2018
COMIENZO 1º/04/2018
CORREL. 1er APELLIDO 2do APELLIDO 1er NOMBRE C.I. C.C. ESPECIALIDAD U.E. donde cumple
funciones Fecha de
baja
802124 SOUBELET BROCHINI GEORGINA 37258836 MCA 31700 ANATOMIA PATOLOGICA ASSE CHPR 31/03/2021
802143 LOPEZ PEREYRA MARIANA 38759853 BIB 7251 ANATOMIA PATOLOGICA ASSE ONCOLOGIA 31/03/2021
802277 GARCIA CURBELO RENZO 45272254 NEB 20632 ANESTESIOLOGIA ASSE PASTEUR 31/03/2022
802278 CUCUZZA FERNANDEZ GIANNI 47339618 BLA 34975 ANESTESIOLOGIA ASSE PASTEUR 31/03/2022
802279 GUTIERREZ SCIANNI MARIA 49267261 BTA 36325 ANESTESIOLOGIA ASSE MACIEL 31/03/2022
802280 BERTALMIO PINTOS MARTIN 43759094 BEA 13014 ANESTESIOLOGIA ASSE MACIEL 31/03/2022
802281 DA CUNHA ALMEIDA JORGE 42278283 HAA 19598 ANESTESIOLOGIA ASSE MACIEL 31/03/2022
802282 ODRIOZOLA CHIAPPARA SOFIA 48641155 DAA 91963 ANESTESIOLOGIA ASSE PASTEUR 31/03/2022

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