Diario Oficial de la República del Uruguay del 26 de marzo de 2019 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 30.159 - marzo 26 de 2019
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 21 y 22 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
1
Resolución S/n
Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Local de
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Conchillas y su
Microrregión.
(1.549*)
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
R.M. 388/2019
Montevideo, 14 de Marzo de 2019
VISTO: el Ocio Nº 266/2017 de 26 de julio de 2017, por el cual la
Intendencia de Colonia solicitó la aprobación de la Evaluación Ambiental
Estratégica del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible de Conchillas y su microrregión (Exp. OFI: 2011/14000/07622);
RESULTANDO: I) que por el Decreto Nº 221/009 de 11 de mayo de
2009, se reglamentó el artículo 47 de la Ley Nº 18.308 de 18 de junio de
2008, en lo que respecta al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica
de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial;
II) que habiéndose cumplido con los requisitos de presentación
y las etapas correspondientes al proceso de Evaluación Ambiental
Estratégica, el Departamento de Evaluación Ambiental Estratégica y la
División Promoción del Desarrollo Sostenible de la Dirección Nacional
de Medio Ambiente, en sendos informes de 15 y 19 de febrero de 2019,
sugieren aprobar la evaluación del referido instrumento;
CONSIDERANDO: que habrá de procederse en la forma sugerida
por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, aprobándose la
Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Local de Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Sostenible de Conchillas y su microrregión;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la
Ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008, y por el Decreto Nº 221/009 de 11
de mayo de 2009;
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
1
1º.- Apruébese la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Local
de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Conchillas y
su microrregión.-
2
2º.- Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder
a la noticación de la Intendencia de Colonia, debiéndose adjuntar
a dicha noticación una copia del informe del Departamento de
Evaluación Ambiental Estratégica de la División Promoción del
Desarrollo Sostenible, de 15 de febrero de 2019 (Ref. 10), y publíquese
en el Diario Ocial (Sección Documentos).
3
3º.- Cumplido, pase a la División Promoción del Desarrollo
Sostenible a sus efectos.-
JORGE RUCKS.
2
Resolución S/n
Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica de la Revisión Parcial del
“Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la
Ciudad de Bella Unión y su Microrregión”, presentada por la Intendencia
de Artigas.
(1.550*R)
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
R.M. 397/2019
Montevideo, 14 de Marzo de 2019
VISTO: estos antecedentes relacionado con el “Plan Local de
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Ciudad de Bella
Unión y su Microrregión” (Exp. OFI: 2011/14000/09145);
RESULTANDO: I) que por Resolución Ministerial Nº 908/2014 de
11 de agosto de 2014, se aprobó la Evaluación Ambiental Estratégica
del “Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible
de la Ciudad de Bella Unión y su Microrregión”, presentado por la
Intendencia de Artigas, el cual fue aprobado por la Junta Departamental
de Artigas por Decreto Nº 3322/015, de 2 de julio de 2015 (Exp. OFI:
2011/14000/09145):
II) que por Ocio Nº 522/018 de 22 de octubre de 2018, la Intendencia
de Artigas solicitó a esta Secretaría de Estado, la aprobación de la
Evaluación Ambiental Estratégica de la revisión parcial del referido
plan, que tiene por objetivo principal el ajuste de la categoría del suelo
en un conjunto de padrones cercanos al área urbana de la Ciudad de
Bella Unión, los cuales corresponden a zonas 5 y 7 de los artículos 32
y 35 del plan aprobado (OFI: 4384/2017):
III) que habiéndose cumplido con los requisitos de presentación
y las etapas correspondientes al proceso de Evaluación Ambiental
Estratégica, el Departamento de Evaluación Ambiental Estratégica
y la División Promoción del Desarrollo Sostenible de la Dirección
Nacional de Medio Ambiente, en sendos informes de 21 de febrero de
2019, sugieren aprobar la evaluación de la revisión parcial del referido
instrumento;
CONSIDERANDO: que habrá de procederse en la forma sugerida
por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, aprobándose la
Evaluación Ambiental Estratégica de la revisión parcial del “Plan Local
de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Ciudad de Bella
Unión y su Microrregión”, presentada por la Intendencia de Artigas.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por loa
Ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008 y por el Decreto Nº 221/009 de
11 de mayo de 2009;
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
1
1º.- Apruébese la Evaluación Ambiental Estratégica de la Revisión
Parcial del “Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible de la Ciudad de Bella Unión y su Microrregión”, presentada
por la Intendencia de Artigas.-
2
4Documentos Nº 30.159 - marzo 26 de 2019 | DiarioOficial
2º.- Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder
a la noticación de la Intendencia de Artigas y publíquese en el Diario
Ocial (Sección Documentos).-
3
3º.- Cumplido, pase a la División Promoción del Desarrollo
Sostenible a sus efectos.
JORGE RUCKS.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
3
Resolución 1.028/019
Declárase vacante por renuncia tácita el cargo de Especialista VII Servicios
Asistenciales que ocupa la Sra. Leticia Yanina Flores Diez en el Centro
Hospitalario del Norte Gustavo Saint Bois.
(1.555)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo; 20 de Marzo de 2019
Visto: que tratan las presentes actuaciones de la situación funcional
de la Sra. Leticia Yanina Flores Diez (C.I. 4.611.889-5), perteneciente al
Centro Hospitalario del Norte Gustavo Saint Bois, en virtud de que
la misma no se ha presentado a desempeñar funciones desde el 14 de
mayo de 2018, sin aviso y sin causa justicada al Servicio y de manera
ininterrumpida;
Resultando: que la funcionaria fue noticada conforme a lo
establecido en el Artículo 90 y ss. del Procedimiento Administrativo
y Disciplinario de A.S.S.E., aprobado por Resolución Nº 5500/2015
del Directorio con fecha 23/12/15, intimándose al reintegro bajo
apercibimiento de declarar renuncia tácita a la función pública,
conforme lo previsto por el artículo 74 de la Ley 17.556 del
Considerando: que al haberse agotado las vías de noticación
sin que la funcionaria se haya reintegrado a sus tareas, ni presentado
certicación médica, ni justicación del motivo de no reintegrarse,
corresponde declarar vacante el cargo ocupado por la Sra. Flores por
renuncia tácita de su titular;
Atento: a lo expuesto, a lo dictaminado por la Dirección Jurídica
Notarial de A.S.S.E. y a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley 18.161
de fecha 29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Declárase vacante por renuncia tácita el cargo de Especialista
VII Servicios Asistenciales que ocupa la Sra. Leticia Yanina Flores Diez
(C.I. 4.611.889-5), presupuestado, Escalafón D, Grado 3, Correlativo
8084, perteneciente a la Unidad Ejecutora 012.
2º) Comuníquese a la Unidad Ejecutora 012 a fin de tomar
conocimiento y noticar a la funcionaria involucrada y a la División
Remuneraciones de A.S.S.E.. Tome nota la Gerencia de Recursos
Humanos de A.S.S.E. y sus ocinas competentes. Cumplido pase a la
División Investigaciones y Sumarios.
Ref.: 1030/2018
Res.: 1028/19
jb
Dr. Marcos Carámbula, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dra. Marlene Sica, Vicepresidente, Administración
de los Servicios de Salud del Estado.
4
Resolución 1.166/019
Manténgase en reserva el cargo que ocupa la funcionaria Técnico III
Profesional Abogada Dra. María Virginia Nuesch Cippolin, perteneciente
a la Unidad Ejecutor 068 - ASSE.
(1.551)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 20 de Marzo de 2019
Visto: el procedimiento dispuesto al amparo del artículo
12 de la Ley 16.104 de fecha 23/01/1990 en la redacción dada
por el artículo 7 de la Ley 19.670 de fecha 15/10/2018, respecto
a la funcionaria Sra. María Virginia Nuesch Cippolin (C.I.
1.970.869-9) quien revista en un cargo presupuestal en la U.E.
068;
Resultando: que se practicó una Junta Médica en el Departamento
de Certicaciones y Juntas Médicas de A.S.S.E. y fue noticada con
fecha 08/08/2017 sin que surgieran por parte de la funcionaria oposición
al mismo;
Considerando: I) que del dictamen de la Comisión Técnica de
BPS surge que la Sra. Nuesch congura una incapacidad para la tarea
o profesión habitual a partir del 16/11/2017, con un porcentaje de
baremo de 60,50%, debiéndose someter a nueva junta médica antes
del 16/11/2020;
II) que el artículo 12 de la Ley 16.104 de fecha 23/01/1990 en la
redacción dada por el artículo 7 de la Ley 19.670 de fecha 15/10/2018
establece que “Los cargos de aquellos funcionarios amparados en
el subsidio transitorio por incapacidad parcial (artículo 22 de la Ley
16.713 de 03/09/1995, en la redacción dada por el artículo 5º de la Ley
18.395 de 24/10/2008) permanecerán en reserva hasta tanto se resuelva
en forma denitiva su situación”;
Atento: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 715 de la Ley
18.719 y a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 18.161 de fecha
29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Manténgase en reserva de acuerdo a lo establecido por el
artículo 12 de la Ley 16.104 de fecha 23/01/1990 en la redacción
dada por el articulo 7 de la Ley 19.670 de fecha 15/10/18, el cargo
que ocupa la funcionaria Técnico III Profesional Abogada Sra.
María Virginia Nuesch Cippolin (C.I. 1.970.869-9, Escalafón A,
Grado 8, Correlativo 5013, Unidad Ejecutora 068) a partir del
01/04/2019.
2º) Establécese que la referida funcionaria deberá someterse a
una nueva revisión médica ante el Banco de Previsión Social, antes
del 16/11/2020 debiendo acreditar los resultados de la misma ante su
Unidad Ejecutora.
3º) Notifíquese. Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada.
Tomen nota las Divisiones de Puestos de Trabajo y Remuneraciones y
Desarrollo de Personal y los Presupuesto de Sueldos - Historia Laboral,
Departamento de Registro y Personal y Cuentas Personales de Recursos
Humanos de A.S.S.E.
Ref.: 2208/2016- 2118/2015
Res.: 1166/2019
/ mcm
Dr. Marcos Carámbula, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dra. Marlene Sica, Vicepresidente, Administración
de los Servicios de Salud del Estado.

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