Diario Oficial de la República del Uruguay del 28 de marzo de 2019 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.161 - marzo 28 de 2019
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 25 y 26 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
GANADEROS
1
Resolución 97/019
Apruébase el “Procedimiento ante hallazgos de patógenos en productos
lácteos importados para consumo directo”, PRHA01.
(1.592*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
Montevideo, 19 de marzo de 2019.
DGSG/Nº 97/019
VISTO: la necesidad de sistematizar las etapas de actuación ocial,
ante hallazgos de microorganismos patógenos en productos lácteos
importados para consumo directo;
RESULTANDO: I) el Departamento Control Sanitario de Lácteos,
desarrollará las acciones de prevención, vigilancia y control de los
productos lácteos especicados precedentemente, en base a los muestreos
efectuados por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU);
II) de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 338/982 de 22 de
setiembre de 1982, compete al Laboratorio Tecnológico del Uruguay
(LATU), expedir certicados de comercialización para su venta en
el mercado interno, de productos alimenticios importados para
consumo directo; a dichos efectos, realiza inspecciones y extracción
de muestras para análisis, a n de vericar que los mismos cumplan
con la normativa bromatológica vigente, para protección de los
consumidores;
CONSIDERANDO: I) con fecha 15 de enero del corriente, el
LATU maniesta su conformidad con las actividades a ser cumplidas
por dicha institución, de acuerdo al Procedimiento que se aprueba,
quedando incorporadas a los sistemas que gestiona;
II) conveniente y necesario, aprobar el “Procedimiento ante
hallazgos de patógenos en productos lácteos importados para consumo
directo”, elaborado por el Departamento Control Sanitario de Lácteos
de la División Sanidad Animal;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por
la Ley Nº 3.606 de 13 de abril de 1910, modicativas, concordantes y
complementarias; artículo 164 de la ley Nº 13.640 de 26 de diciembre
de 1967 y decreto Nº 338/982 de 22 de setiembre de 1982; artículo 144
de la ley Nº 13.835 de 7 de enero de 1970 en la redacción dada por el
artículo 134 de la ley Nº 18.996 de 7 de noviembre de 2012; artículo
285 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por
el artículo 87 de ley Nº 19.535 de 25 de setiembre de 2017; Decreto Nº
368/000 de 11 de diciembre de 2.000; Decreto Nº 174/002 de 14 de mayo
de 2002; Decreto Nº 360/003 de 3 de setiembre de 2003 y Resolución
del Poder Ejecutivo de 1º de marzo de 2017;
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE:
1. Apruébase el “Procedimiento ante hallazgos de patógenos en
productos lácteos importados para consumo directo”, PRHA01,
cuyo texto se adjunta y forma parte integrante de la presente
Resolución.
2. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el
Procedimiento que se aprueba, aparejará la aplicación de las
sanciones establecidas en artículo 144 de la ley Nº 13.835 de 7
de enero de 1970 en la redacción dada por el artículo 262 de
la ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 y artículo 134 de la ley
Nº 18.996 de 7 de noviembre de 2012; artículo 285 de la Ley
Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el
3. Comuníquese a la División Sanidad Animal, al Departamento
Control Sanitario de Lácteos, a la División Industria Animal,
a la División Laboratorios Veterinarios “Miguel C. Rubino”,
al Programa Nacional de Residuos Biológicos, y demás
dependencias de esta Dirección General.
4. Comuníquese al Laboratorio Tecnológico del Uruguay.
5. Dese cuenta a la Unidad de Asuntos Internacionales y a la
Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria para
conocimiento.
6. Publíquese en el Diario Ocial y en la página Web del MGAP.
7. Difúndase, etc.
Dr. Eduardo Barre Albera, Director General.
El Procedimiento aprobado se encuentra en ANEXO disponibles en:
hp://www.mgap.gub.uy/normativa/resoluciones/2019
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
2
Resolución S/n
Fíjase como plazo límite el 26 de abril para la culminación de las
actuaciones de la Comisión de Homologación creada por Resolución
Ministerial de 12 de enero de 2018, con el cometido de aconsejar sobre
la homologación de las empresas que provean los dispositivos para
la provisión de los mecanismos necesarios para efectivizar el Sistema
Integral de Control de Transporte de Carga (SICTRAC); y déjase sin
efecto la Resolución de fecha 8 de enero de 2019.
(1.593*R)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 25 de marzo de 2019
VISTO: el plazo dispuesto por el Decreto 348/017 de fecha 18
de diciembre de 2017, por el cual se impone la exigibilidad de la
obligatoriedad para los transportistas de ingresar al Sistema Integral
de Control de Transporte de Carga
RESULTANDO: I) que dicho plazo fue prorrogado por
Resolución Ministerial de 13 de agosto de 2018, II) que vencido
ese plazo se estableció un cronograma de exigibilidad de la
obligatoriedad por Resolución de 8 de enero de 2019, III) que la
ejecución de dicha Resolución fue suspendida por la Sentencia
Nº 20/2019 de fecha 11 de febrero de 2019 dictada por el Juzgado
Letrado de Primera Instancia en Contencioso Administrativo de 1er
Turno en autos caratulados “SITRACK S.A. C/ PODER EJECUTIVO
- MTOP. - Acción de Amparo” IUE 2-53520/2018, IV) que esta
suspensión fue revocada en los referidos autos por Sentencia de
13 de marzo de 2019 dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo
Civil de 2do. Turno-
CONSIDERANDO: I) Que al levantarse la suspensión total

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