Diario Oficial de la República del Uruguay del 23 de junio de 2020 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 30.463 - junio 23 de 2020
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 17 y 18 de junio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
1
Resolución 594/020
Dispónese el cese, como miembro integrante de la Comisión de la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), del Sr.
Nicolás Cendoya.
(2.200)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 4 de Junio de 2020
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 787/013 de 27 de
noviembre de 2013;
RESULTANDO: que por la misma se designó como integrante de
la Comisión de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) al señor Nicolás Cendoya en calidad de miembro;
CONSIDERANDO: I) que se trata de un cargo de designación
directa por el Poder Ejecutivo, tomando en cuenta razones de
oportunidad y conveniencia;
II) que el artículo 75 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001,
establece que los miembros integrantes de la citada Comisión durarán
seis años en el ejercicio de sus cargos;
III) que, teniendo presente el plazo transcurrido, se entiende
pertinente cesar en el cargo al señor Nicolás Cendoya;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en los
artículos 75 y 76 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1
1º.- Cese, como miembro integrante de la Comisión de la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), el señor Nicolás
Cendoya.
2
2º.- Comuníquese, etc.
LACALLE POU LUIS; JORGE LARRAÑAGA; AZUCENA
ARBELECHE; JAVIER GARCÍA; PABLO DA SILVEIRA; LUIS
ALBERTO HEBER; OMAR PAGANINI; PABLO MIERES; DANIEL
SALINAS; CARLOS MARÍA URIARTE; GERMÁN CARDOSO; IRENE
MOREIRA; PABLO BARTOL.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
2
Decreto 174/020
Sustitúyese el literal c) del inciso quinto del art. 5º BIS del Decreto
148/007 de 26 de abril de 2007, en la redacción dada por los Decretos
330/016 de 13 de octubre de 2016 y 163/020 de 11 de junio de 2020,
relativo a la residencia scal.
(2.219*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 17 de Junio de 2020
VISTO: el Decreto Nº 163/020 de 11 de junio de 2020;
RESULTANDO: que el referido decreto introdujo nuevas hipótesis
para la conguración de la residencia scal por concepto de centro de
intereses económicos en el Uruguay;
CONSIDERANDO: que es necesario precisar el alcance de lo
dispuesto en el literal c) del inciso quinto del artículo 5º BIS del Decreto
Nº 148/007, de 26 de abril de 2007, agregado por el artículo 1º del
Decreto Nº 163/020, de 11 de junio de 2020;
ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 6º del
Título 7 del Texto Ordenado 1996;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el literal c) del inciso quinto del artículo
5º BIS del Decreto Nº 148/007 de 26 de abril de 2007, en la redacción
dada por los Decretos Nº 330/016 de 13 de octubre de 2016 y Nº 163/020
de 11 de junio de 2020, por el siguiente:
“c) en bienes inmuebles, por un valor superior a 3:500.000 UI
(tres millones quinientas mil Unidades Indexadas), siempre que
la misma se realice a partir del 1º de julio de 2020, y en tanto
registre una presencia física efectiva en territorio uruguayo
durante el año civil de, al menos, 60 (sesenta) días de acuerdo
a lo dispuesto en el inciso primero del presente artículo. A
estos efectos, se considerará el costo scal actualizado de cada
inmueble valuado de acuerdo a lo establecido en el artículo 26
del presente decreto.”
2
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE.
4Documentos Nº 30.463 - junio 23 de 2020 | DiarioOf‌icial
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
3
Resolución 616/020
Modifícase la Resolución Ministerial, dictada en ejercicio de atribuciones
delegadas de fecha 17 de enero de 2020, por la que se otorgó a Áridos
del Sur S.A. el título minero Concesión para Explotar un yacimiento
de tosca, ubicado en la 7ª Sección Catastral del departamento de
Canelones.
(2.193)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 29 de Abril de 2020
VISTO: la Resolución del Ministro de Industria, Energía y Minería,
dictada en ejercicio de atribuciones delegadas, de 17 de enero de 2020,
por la que se otorgó a Áridos del Sur S.A., el título minero Concesión
para Explotar por el plazo de 30 (treinta) años, sobre un yacimiento
de tosca, afectando los padrones Nº 17185 y 23485, ubicados en la 7ª
Sección Catastral del departamento de Canelones;
RESULTANDO: que se cometió error involuntario en el Visto,
Considerando I y en el Numeral 1º de la referida Resolución, en cuanto
se denomina a la sociedad Áridos del Sur como Sociedad Anónima,
cuando se trata de una Sociedad de Responsabilidad Limitada;
CONSIDERANDO: que corresponde realizar la referida
modicación;
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
1º.- Modifícanse el Visto, Considerando I y el Numeral 1º de la
Resolución del Ministro de Industria, Energía y Minería, dictada en
ejercicio de atribuciones delegadas, de 17 de enero de 2020, únicamente
en el sentido de establecer que la Concesión para Explotar fue otorgada
a ÁRIDOS DEL SUR S.R.L.
2
2º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.
OMAR PAGANINI.
4
Resolución 617/020
Modifícase la Resolución Ministerial dictada en ejercicio de atribuciones
delegadas de fecha 30 de enero de 2020, por la que se otorgó el título
minero Concesión para Explotar a KOSFER S.A., un yacimiento de arena
ubicado en la 8ª Sección Catastral del departamento de Canelones.
(2.194)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 8 de Mayo de 2020
VISTO: que la Dirección Nacional de Minería y Geología solicita
modicación de la Resolución Ministerial dictada en ejercicio de
atribuciones delegadas, de 30 de enero de 2020;
RESULTANDO: que por el referido acto administrativo se otorgó
el título minero Concesión para Explotar a KOSFER S.A., sobre un
yacimiento de arena afectando los padrones Nº 71420 (parte), 71421
(parte), 71431, 71432, 71434 (parte), 71435 y 71436 (parte), ubicados en
la 8ª Sección Catastral del departamento de Canelones;
CONSIDERANDO: I) que el Área Minería de DINAMIGE informa
que se padeció error involuntario en la mencionada Resolución, al no
establecer el área afectada de la presente concesión;
II) que la Asesoría Jurídica informa que corresponde modicar la
resolución de acuerdo a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto, lo previsto por el artículo 100 del Código
de Minería, en la redacción dada por la Ley Nº 18.813, de 23 de
setiembre de 2011, y lo dispuesto por resolución del Poder Ejecutivo
de 17 de julio de 2006;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA,
en ejercicio de atribuciones delegadas;
RESUELVE:
1
1º.- Modifícase el Visto y el numeral 1º de la parte dispositiva de la
Resolución Ministerial dictada en ejercicio de atribuciones delegadas,
de 30 de enero de 2020, en el sentido de establecer que se afecta un
área de 85 hás. 9125 m².
2
2º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.
OMAR PAGANINI.
5
Resolución 618/020
Amplíase la Resolución Ministerial dictada en ejercicio de atribuciones
delegadas de fecha 19 de marzo de 2020, en el sentido de incluir al
Cr. Sebastián Iturralde como Ordenador Secundario del Gasto de la
Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación
Audiovisual.
(2.195)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 25 de Mayo de 2020
VISTO: la necesidad de ampliación de la Resolución dictada por
el Ministro de Industria, Energía y Minería en ejercicio de atribuciones
delegadas de 19 de marzo de 2020;
RESULTANDO: I) que por el mencionado acto administrativo
se determinó que podrá actuar como Ordenador Secundario del
Gasto en esta Secretaría de Estado, al amparo de lo dispuesto por
el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera
del Estado, en la Unidad Ejecutora 010, Dirección Nacional de
Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, al
Dr. Guzmán Acosta y Lara;
II) que corresponde designar a su vez al Cr. Sebastian Iturralde
Ordenador Secundario del Gasto en la Unidad Ejecutora 010, Dirección
Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación
Audiovisual;
CONSIDERANDO: que procede actuar de acuerdo a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto, lo dispuesto por el Texto Ordenado de
Contabilidad y Administración Financiera del Estado (Decreto Nº
150/012 de 11 de mayo de 2012) y por la Resolución del Consejo de
Ministros Nº 235/991, del 12 de abril de 1991, que delega atribuciones
del Poder Ejecutivo;
5
Documen tos
Nº 30.463 - junio 23 de 2020
DiarioOf‌icial |
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
1º.- Amplíase la Resolución dictada por el Ministro de Industria,
Energía y Minería en ejercicio de atribuciones delegadas de 19 de
marzo de 2020, en el sentido de incluir al Cr. Sebastian Iturralde como
Ordenador Secundario del Gasto en la Unidad Ejecutora 010, Dirección
Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación
Audiovisual.
2
2º.- Comuníquese y siga a conocimiento de la División Contabilidad
y Finanzas de esta Secretaría de Estado y del Tribunal de Cuentas de
la República.
OMAR PAGANINI.
6
Resolución 619/020
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero Permiso
de Exploración, que fue otorgado a Bertram Becker Klar por Resolución
de la Dirección Nacional de Minería y Geología, sobre un yacimiento de
ágatas y amatistas ubicado en la 3ª Sección Catastral del departamento
de Artigas.
(2.196)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 29 de Mayo de 2020
VISTO: que la Dirección Nacional de Minería y Geología
(DINAMIGE) solicita la declaración de caducidad del título minero
Permiso de Exploración otorgado a BERTRAM BECKER KLAR, por
Resolución de la Dirección Nacional de Minería y Geología, de 3 de
octubre de 2016, por un plazo de 12 meses, noticada el 24 de octubre
de 2016 por lo cual venció el 25 de octubre de 2017;
RESULTANDO: que el mencionado título fue concedido, sobre
un yacimiento de ágatas y amatistas en el predio padrón Nº 7297
(p), ubicado en la Sección Catastral 3ª del departamento de Artigas,
abarcando un área de 34 Hás. 2048 m²;
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo sugerido por la
Dirección Nacional de Minería y Geología, se ha congurado una de
las causales de caducidad del título minero previstas en el Código de
Minería, más especícamente la de vencimiento de plazo de validez
del título;
II) que el artículo 21 del Código de Minería enumera las causales
de caducidad de los títulos mineros en general, encontrándose prevista
en el numeral I), literal a) “Por vencimiento del plazo de validez del
título”;
III) que el citado artículo establece que, congurada alguna de
las causales de caducidad previstas, la misma se producirá de pleno
derecho, debiendo el Poder Ejecutivo dictar el acto declarativo de la
caducidad a los efectos de su registro;
IV) que a juicio de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, corresponde dictar el acto que declare la caducidad
del título minero Permiso de Exploración otorgado a BERTRAM
BECKER KLAR, ya que la misma ha operado de pleno derecho al
congurarse una de las causales previstas en la normativa vigente;
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 21, Numeral
I), Literal a) del Código de Minería, a la Resolución del Poder Ejecutivo
de 17 de julio de 2006, lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE:
1
1º.- Declárase que se ha producido la Caducidad del título minero
Permiso de Exploración que fue otorgado a BERTRAM BECKER KLAR por
Resolución de la Dirección Nacional de Minería y Geología de 3 de octubre
de 2016, por un plazo de 12 (doce) meses sobre un yacimiento de ágatas y
amatistas en el predio padrón Nº 7297 (p) ubicado en la Sección Catastral
3ª del departamento de Artigas abarcando un área de 34 Hás. 2048 m².
2
2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
OMAR PAGANINI.
7
Resolución 620/020
Autorízase a DE OLIVEIRA HOMERO JONES y MORESCO ELISANDRA
MARÍA - SOCIEDAD DE HECHO, la cesión a favor de MARCOS
LORENZELLI S.R.L. del título minero Concesión para Explotar sobre un
yacimiento de amatistas, ágatas y cuarzos otorgado por Resolución
049/10 de fecha 22 de abril de 2010, ubicado en la 3ª Sección Catastral
del departamento de Artigas.
(2.197)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 5 de Junio de 2020
VISTO: la gestión promovida por DE OLIVEIRA HOMERO JONES y
MORESCO ELISANDRA MARIA - SOCIEDAD DE HECHO, tendiente a
que se autorice la cesión a favor de MARCOS LORENZELLI S.R.L del título
minero Concesión para Explotar sobre un yacimiento de ágatas, amatistas
y cuarzos otorgado por Resolución Nº 049/10 de fecha 22 de abril de 2010;
RESULTANDO: I) que por el referido acto administrativo se otorgó a
VALLE DEL PUMA S.A, por el plazo de 30 (treinta) años, el título minero
Concesión para Explotar sobre un yacimiento de ágatas, amatistas y cuarzos
afectando al predio padrón Nº 1746 (p) ubicado en la 3ª Sección Catastral
del departamento de Artigas en una supercie total de 34 Hás. 3560 m²;
II) que por Resolución Nº 789/13 de fecha 4 de octubre de 2013
se autorizó la cesión a favor de DE OLIVEIRA HOMERO JONES y
MORESCO ELISANDRA MARIA - SOCIEDAD DE HECHO;
CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo informado por la Dirección
Nacional de Minería y Geología y la Asesoría Jurídica, se ha dado
cumplimiento en la especie a lo dispuesto en el artículo 13 del Código
de Minería, por lo que corresponde autorizar la concesión solicitada;
ATENTO: a lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo de
17 de julio de 2006;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE:
1
1º.- Autorízase a DE OLIVEIRA HOMERO JONES y MORESCO
ELISANDRA MARIA - SOCIEDAD DE HECHO, la cesión a favor de
MARCOS LORENZELLI S.R.L del título minero Concesión para Explotar
sobre un yacimiento de amatistas, de ágatas, amatistas y cuarzos otorgado
por Resolución Nº 049/10 de fecha 22 de abril de 2010 afectando al predio
padrón Nº 1746 parte ubicado en la 3ª Sección Catastral del departamento
de Artigas en una supercie total de 34 hás. 3560 m².
2
2º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología para su noticación y demás efectos.
OMAR PAGANINI.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR