Diario Oficial de la República del Uruguay del 06 de febrero de 2023 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 31.114 - febrero 6 de 2023
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 30, 31, 1 de febrero y 2 de febrero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
FE DE ERRATAS
En el Diario Ocial Nº 31.089 de fecha 30 de diciembre de 2022,
se publicó el Decreto 414/022 del Ministerio de Industria, Energía y
Minería de fecha 29 de diciembre de 2022, que aprueba los valores para
los combustibles, a regir a partir del 1º de enero de 2023.
En dicha publicación se incurrió en el siguiente error imputable
al Diario Ocial:
En la página 56, primera columna, Artículos 1º y 2º, al nal del
párrafo:
Donde dice: "... del 1º de noviembre de 2023:"
Debe decir: "... del 1º de enero de 2023:"
Queda hecha la salvedad.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Resolución 26/023
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero Concesión
para Explotar otorgado a los Sres. Segundo Rafael y Justo Martín
Piedrahita Lazo, sobre un yacimiento de mármol en el padrón 30.180
(antes padrón 5.733) ubicado en la 3ª Sección Judicial del departamento
de Maldonado.
(307)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 16 de Enero de 2023
VISTO: que la Dirección Nacional de Minería y Geología promueve
la declaración de la caducidad del título minero Concesión para
Explotar que fue otorgado a Segundo Rafael Piedrahita Lazo y Justo
Martín Piedrahita Lazo, por Resolución del Poder Ejecutivo, de 31
de marzo del 1977 sobre un yacimiento de mármol en el padrón Nº
30.180 (antes padrón Nº 5.733) ubicado en la 3ª Sección Judicial del
departamento de Maldonado, afectando un área total de 1 ha 4.757 m²;
RESULTANDO: I) que el mencionado título fue concedido por
un plazo de cincuenta años y se labró el acta de toma de posesión el
1 de noviembre del 1978;
II) que por Resolución del Director Nacional de Industrias de 3 de
diciembre de 1980 se modicó la Resolución de 31 de marzo de 1977
en el sentido de que esta afecta el inmueble empadronado con el Nº
30.180 que fuera segregado del padrón Nº 5.733;
III) que el titular Segundo Rafael Piedrahita Lazo y Justo Martín
Piedrahita Lazo declaró el segundo semestre del 2013, el primer y
segundo semestre del 2014, el primer y segundo semestre del 2015, el
primer y segundo semestre del 2016, el primer y segundo semestre del
2017, primer y segundo semestre del 2018, primer y segundo semestre
del 2019 y primer semestre del 2020 sin producción;
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo informado por la
Dirección Nacional de Minería y Geología, se ha congurado una de
las causales de caducidad del título minero previstas en el artículo 21
del Código de Minería, más especícamente por falta de producción
por seis meses continuos, con fecha 31 de marzo del 2014;
II) que el citado artículo establece que, congurada alguna de
las causales de caducidad, la misma se producirá de pleno derecho,
debiendo el Poder Ejecutivo dictar el acto declarativo a los efectos de
su registro;
III) que a juicio de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería corresponde por lo tanto, dictar el acto que declare
la caducidad del título minero Concesión para Explotar otorgado a
Segundo Rafael Piedrahita Lazo y Justo Martín Piedrahita Lazo;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 21, Inciso II), Literal c),
numeral 4, del Código de Minería, la Resolución del Poder Ejecutivo,
de fecha 17 de julio de 2006, lo informado por la Dirección Nacional
de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE:
1
1º.- Declárase que con fecha 31 de marzo del 2014 se ha producido la
caducidad del título minero Concesión para Explotar que fue otorgado
a Segundo Rafael Piedrahita Lazo y Justo Martín Piedrahita Lazo, por
Resolución del Poder Ejecutivo, de 31 de marzo del 1977 sobre un
yacimiento de mármol en el padrón Nº 30.180 (antes padrón Nº 5.733)
ubicado en la 3ª Sección Judicial del departamento de Maldonado,
afectando un área total de 1 ha 4.757 m².
2
2º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
WALTER VERRI.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
2
Resolución 18/023
Inclúyese en el Registro Nacional de Canteras de Obras Públicas el
yacimiento de tosca ubicado en el padrón 6.635 (p) de la 7ª Sección
Catastral del departamento de Rocha, propiedad del Sr. Julio Alberto
Silvera Rodríguez.
(297)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 26 de Enero de 2023
VISTO: estos antecedentes relacionados con el yacimiento de
tosca ubicado en el Padrón Nº 6.635 (p) de la 7ª Sección Catastral del
Departamento de Rocha, propiedad de Julio Alberto Silvera Rodríguez;
RESULTANDO: que la Dirección Nacional de Vialidad del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, estima necesaria la
inclusión de dicho yacimiento en el Registro Nacional de Canteras de
Obras Públicas de acuerdo a lo establecido por el artículo 349 de la Ley
Nº 19.924, de 18 de diciembre de 2020, dada la necesidad de contar con
4Documentos Nº 31.114 - febrero 6 de 2023 | DiarioOf‌icial
La Ley en
tu lenguaje
aproximadamente 180.000 m³ (ciento ochenta mil metros cúbicos) de
tosca, para la realización de las obras: "Contrato de obra pública para el
diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento y nanciamiento
de la infraestructura vial dentro de la faja de dominio público de la
Ruta Nº 9, entre las progresivas 105km650 - 210km000" ejecutadas
por el GRUPO VIAL DEL ESTE S.A. (integrado por las empresas
TRAXPALCO S.A., HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A. y COLIER S.A.)
en el marco de la Concesión entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, la Corporación Nacional para el Desarrollo y la Corporación
Vial del Uruguay S.A., Licitación CREMAF Ruta Nº 9;
CONSIDERANDO: I) que del informe elaborado por el
Departamento Letrada del Área Servicios Jurídicos del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, surge que no existen impedimentos que
formular desde el punto de vista jurídico para acceder a lo solicitado;
II) que el interesado deberá obtener y acreditar las autorizaciones
ambientales pertinentes por parte del Ministerio de Ambiente,
conforme a lo establecido en el Decreto Nº 349/005, de 21 de setiembre
de 2005;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 349 de la Ley Nº 19.924, de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Inclúyase en el Registro Nacional de Canteras de Obras
Públicas a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, el yacimiento de tosca ubicado en el
Padrón Nº 6.635 (p) de la 7ª Sección Catastral del Departamento de
Rocha, propiedad de Julio Alberto Silvera Rodríguez.
2
2º.- Autorízase a la empresa HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A. a la
extracción de 180.000 m³ (ciento ochenta mil metros cúbicos) de tosca
en un área de explotación de 3 ha (tres hectáreas), para la realización
de las obras "Contrato de obra pública para el diseño, construcción,
rehabilitación, mantenimiento y nanciamiento de la infraestructura
vial dentro de la faja de dominio público de la Ruta Nº 9, entre las
progresivas 105km650 - 210km000", en el marco de la Concesión entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Corporación Nacional
para el Desarrollo y la Corporación Vial del Uruguay S.A., Licitación
CREMAF Ruta Nº 9.
3
3º.- Establécese que previamente a la extracción que se autoriza
la empresa HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A., deberá presentar
ante la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas, la correspondiente autorización ambiental emitida
por el Ministerio de Ambiente, de conformidad con lo dispuesto en
el Decreto Nº 349/005, de 21 de setiembre de 2005.
4
4º.- Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional
de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para
noticación del interesado y demás efectos.
LACALLE POU LUIS; JOSÉ LUIS FALERO.
3
Resolución 19/023
Inclúyese en el Registro Nacional de Canteras de Obras Públicas el
yacimiento de tosca ubicado en el padrón 16.061 (p) de la 7ª Sección
Catastral del departamento de Maldonado, propiedad de la Sra. María
de las Mercedes Susana Iriondo Villalba.
(298)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 26 de Enero de 2023
VISTO: la gestión promovida por la empresa TRAXPALCO S.A.
solicitando la inclusión en el Registro Nacional de Canteras de Obras
Públicas del yacimiento de tosca ubicado en el padrón Nº 16.061 (p)
de la 7ª Sección Catastral del Departamento de Maldonado, propiedad
de María de las Mercedes Susana Iriondo Villalba;
RESULTANDO: que la Dirección Nacional de Vialidad del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, estima necesaria la
inclusión en dicho yacimiento en el referido Registro, de acuerdo a lo
establecido por el artículo 349 de la Ley Nº 19.924, de 18 de diciembre
de 2020, dada la necesidad de contar con aproximadamente 300.000
(trescientos mil metros cúbicos) de tosca para la realización de las obras:
"Contrato de obra pública para el diseño, construcción, rehabilitación,
mantenimiento y nanciamiento de la infraestructura vial dentro de la
faja de dominio público de la Ruta Nº 9, entre las progresivas 105km650
- 210km000", ejecutadas por el GRUPO VIAL DEL ESTE S.A. (integrado
por las empresas TRAXPALCO S.A., HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ
S.A. y COLIER S.A.), en el marco de la Concesión MTOP - CND/CVU,
Licitación CREMAF Ruta Nº 9;
CONSIDERANDO: I) que del informe elaborado por el
Departamento Letrada del Área Servicios Jurídicos del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas surge que no existen impedimentos que
formular desde el punto de vista jurídico para acceder a lo solicitado;
II) que el interesado deberá obtener y acreditar las autorizaciones
ambientales pertinentes de parte del Ministerio de Ambiente, conforme
a lo establecido en el Decreto Nº 349/005, de 21 de setiembre de 2005;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 349 de la Ley Nº 19.924, de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Inclúyase en el Registro Nacional de Canteras de Obras
Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, el yacimiento de tosca ubicado en
el padrón Nº 16.061 (p) de la 7ª Sección Catastral del Departamento
de Maldonado, propiedad de María de las Mercedes Susana Iriondo
Villalba.
2
2º.- Autorízase a la empresa TRAXPALCO S.A. a la extracción de
300.000 m³ (trescientos mil metros cúbicos) de tosca, en un área de
extracción de 9 ha (nueve hectáreas) en un área total afectada de 13
ha 7.090 m² (trece hectáreas siete mil noventa metros cuadrados), para
la realización de las obras "Contrato de obra pública para el diseño,
construcción, rehabilitación, mantenimiento y nanciamiento de la
infraestructura vial dentro de la faja de dominio público de la Ruta Nº 9,
entre las progresivas 105km650 - 210km000", ejecutadas por el GRUPO
VIAL DEL ESTE S.A. (integrado por las empresas TRAXPALCO S.A.,
HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A. y COLIER S.A.), en el marco de la
Concesión MTOP - CND/CVU, Licitación CREMAF Ruta Nº 9.
3
3º.- Establécese que previamente a la extracción que se autoriza
la empresa TRAXPALCO S.A. deberá presentar ante la Dirección
Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
la correspondiente autorización ambiental emitida por el Ministerio de
Ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 349/005,
de 21 de setiembre de 2005.
4
4º.- Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional
de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para
noticación del interesado y demás efectos.
LACALLE POU LUIS; JOSÉ LUIS FALERO.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR