Diario Oficial de Uruguay del 02/04/2018 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 29.914 - abril 2 de 2018
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 21 y 22 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
1
Resolución 122/018
Delégase en el Ministro de Defensa Nacional o en quien haga sus veces,
las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a la designación de
los funcionarios civiles “Paramédicos”, que ingresan a prestar funciones
en la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
(1.640*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 12 de Marzo de 2018
VISTO: lo dispuesto por el artículo 160 y por el numeral 24 del
artículo 168 de la Constitución de la República, que facultan al Poder
Ejecutivo a delegar las atribuciones que estime convenientes.
RESULTANDO: I) que es el Poder Ejecutivo mediante Resolución
fundada, quien designa los funcionarios civiles “Paramédicos”, que
ingresarán a prestar servicios en la Dirección Nacional de Sanidad de
las Fuerzas Armadas.
II) que tal como se dene en el artículo 1ro. del Decreto 285/996 de
16 de julio de 1996, reglamentario de la Ley 16.720 de 13 de octubre de
1995, se consideran comprendidos dentro del término “Paramédico”,
a aquellos Profesionales Médicos y a aquellos Técnicos de la Salud,
que desempeñan funciones profesionales y técnicas, vinculadas en
forma directa a la atención y al tratamiento de la salud humana de los
usuarios de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
III) que notorias razones de buena administración, principalmente
la necesidad de lograr una mayor agilidad y eciencia en el ejercicio de
las funciones de este Poder, aconsejan utilizar la facultad delegatoria
constitucionalmente reconocida, a efectos de delegar las atribuciones
que actualmente tiene el Poder Ejecutivo en el señor Ministro de
Defensa Nacional, en relación a la designación de los funcionarios
mencionados en el numeral anterior.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
- actuando en Consejo de Ministros -
RESUELVE:
1
1ro.- Delegar en el señor Ministro de Defensa Nacional o en quien
haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a la
designación de los funcionarios civiles “Paramédicos”, que ingresan a
prestar funciones en la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
Armadas.
2
2do.- Quedan excluidas de la presente Resolución delegatoria todas
aquellas facultades que la Ley o la Constitución hayan conferido en
forma expresa al Poder Ejecutivo.
3
3ro.- Sin perjuicio de lo establecido en el numeral primero, el
Poder Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas, como
asimismo, el señor Ministro de Defensa Nacional delegado, someterlas
a consideración de este Poder.
4
4to.- Las atribuciones delegadas no pueden ser a su vez objeto de
delegación.
5
5to.- El Ministerio de Defensa Nacional enviará a la Secretaría de
la Presidencia de la República, copia de las Resoluciones que se dicten
en ejercicio de las atribuciones delegadas, dentro de las cuarenta y
ocho horas.
6
6to.- Comuníquese, publíquese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI; RODOLFO NIN NOVOA; DANILO
ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR
ROSSI; CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO;
ENZO BENECH; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN;
MARINA ARISMENDI.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
2
Resolución 113/018
Desígnase Ministro interino de Relaciones Exteriores.
(1.631)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 9 de Marzo de 2018
VISTO: que el señor Ministro de Relaciones Exteriores, don
Rodolfo Nin Novoa, habrá de trasladarse al exterior en Misión Ocial;
RESULTANDO: que el señor Ministro estará ausente del país a
partir del día 9 de marzo de 2018;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un
sustituto temporal por el período que dure su misión;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase Ministro interino de Relaciones Exteriores, a partir
del día 9 de marzo de 2018 y mientras dure la ausencia del titular de
la Cartera, al señor Subsecretario, Sr. Ariel Bergamino
2
2º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
4Documentos Nº 29.914 - abril 2 de 2018 | DiarioOf‌icial
3
Resolución 123/018
Desígnase Ministro interino de Economía y Finanzas.
(1.641)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 12 de Marzo de 2018
VISTO: que el señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo
Astori, habrá de trasladarse al exterior en Misión Ocial;
RESULTANDO: que el señor Ministro estará ausente del país a
partir del día 12 de marzo de 2018;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un
sustituto temporal por el período que dure su misión;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase Ministro interino de Economía y Finanzas, a partir
del día 12 de marzo de 2018 y mientras dure la ausencia del titular de
la Cartera, al señor Subsecretario, Cr. Pablo Ferreri.
2
2º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
4
Resolución 117/018
Desígnase al Capitán de Navío (CG) don Germán Martella, como
Delegado de la Armada Nacional ante la Comisión Administradora del
Río Uruguay.
(1.635)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 12 de Marzo de 2018
VISTO: la propuesta formulada por el Comando General de la
Armada para asignar destino a determinado señor Ocial Superior.
CONSIDERANDO: que el señor Oficial Superior propuesto
cumple con las condiciones requeridas para el respectivo destino.
ATENTO: a lo establecido por el literal A) del artículo 80, por el
artículo 81 del Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas)
de 21 de febrero de 1974.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Designar al siguiente señor Ocial Superior para prestar
servicios en el destino que a continuación se menciona:
EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
EN LA COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY
- Al señor Capitán de Navío (CG) don Germán Martella, como
Delegado de la Armada Nacional en sustitución del señor Capitán de
Navío (CG) don Pablo Marrero, a partir del 2 de mayo de 2018.
2
2do.- Comuníquese, publíquese, remítase copia de la presente
Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, pase al Comando
General de la Armada. Cumplido, archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; RODOLFO NIN NOVOA.
5
Resolución 118/018
Apruébase la Resolución de la DINACIA 297/2017, relativa a la revocación
del permiso operativo otorgado a la empresa de bandera boliviana
COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AÉREO AMASZONAS S.A.
(1.636*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 12 de Marzo de 2018
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que se apruebe la
Resolución Nro. 297/2017 de 2 de agosto de 2017 de dicha Dirección
Nacional.
RESULTANDO: I) que por la citada Resolución se revocó el
permiso operativo que fuera oportunamente autorizado a la empresa
de bandera boliviana COMPAÑIA DE SERVICIOS DE TRANSPORTE
AEREO AMASZONAS S.A.
II) que el permiso operativo señalado precedentemente, fue
otorgado por la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil
e Infraestructura Aeronáutica Nro. 043/014 de 18 de febrero de 2014,
para operar servicios de transporte aéreo público internacional regular
y no regular de pasajeros, correo y carga en la ruta Santa Cruz de la
Sierra (Bolivia)- Montevideo (Uruguay)-Santa Cruz de la Sierra, con
tres frecuencias semanales.
III) que por la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil
e Infraestructura Aeronáutica Nro. 356/016 de 9 de agosto de 2016, se
otorgó a la citada empresa, una dispensa por 180 días para operar los
servicios oportunamente autorizados.
CONSIDERANDO: I) que vencido el plazo dispuesto, se otorgó
vista a la empresa, la cual manifestó que dejaría de operar la ruta de
referencia.
II) que la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su Sesión Nro.
102 de 14 de junio de 2017, recomendó se iniciara el proceso de
revocación de la autorización extendida a la empresa de bandera
boliviana COMPAÑIA DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO
AMASZONAS S.A., de lo que se otorgó vista a la empresa, la cual fue
evacuada sin oponer excepciones.
III) que por lo expresado, corresponde efectivizar el proceso de
revocación antes mencionado.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica,
a lo recomendado por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su
Sesión Nro. 102 de 14 de junio de 2017 y a lo establecido por el Decreto
Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación
5
Documen tos
Nº 29.914 - abril 2 de 2018
DiarioOf‌icial |
Civil e Infraestructura Aeronáutica Nro. 297/2017 de 2 de agosto de
2017.
2
2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido,
archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; DANILO ASTORI; VÍCTOR ROSSI.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
6
Resolución 115/018
Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo Nº 4430/OC-UR, a
celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el BID, destinado
a nanciar el Programa de Modernización del Marco de Inversión,
Comercio e Innovación.
(1.633*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 12 de Marzo de 2018
VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo Nº 4430/OC-UR, a
celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), destinado a apoyar la ejecución
de un programa de reforma de políticas consistente en modernizar el
marco normativo-institucional de inversión, comercio e innovación
para consolidar un crecimiento económico sostenible en Uruguay,
denominado “Programa de Modernización del Marco de Inversión,
Comercio e Innovación”.
RESULTANDO: I) que se trata de un préstamo en apoyo de
reformas de políticas, con opción de retiro diferido.
II) que el monto total del nanciamiento asciende a la suma de U$S
250:000.000 (doscientos cincuenta millones de dólares de los Estados
Unidos de América), que será amortizado en un plazo de hasta 20
(veinte) años, y con una tasa de interés variable.
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del
proyecto de Contrato de Préstamo negociado, el que será suscrito en
representación del país, por el Sr. Ministro de Economía y Finanzas,
Cr. Danilo Astori o por el Sr. Subsecretario de Economía y Finanzas,
Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley Nº 15.851
de 24 de diciembre de 1986, y por el artículo 33 de la Ley Nº 19.149 de
24 de octubre de 2013,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo Nº 4430/
OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU)
y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto total
de U$S 250:000.000 (doscientos cincuenta millones de dólares de los
Estados Unidos de América), destinado a nanciar el Programa de
Modernización del Marco de Inversión, Comercio e Innovación, cuyo
texto constituye parte integrante de la presente Resolución.
2
2º.- El referido contrato será oportunamente otorgado y suscrito,
en nombre y representación de la República, por el Sr. Ministro de
Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Sr. Subsecretario de
Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.
3
3º.- Desígnanse, indistintamente, a los Dres. Ricardo Pérez Blanco,
Marcos Álvarez Rego y Fernando Scelza, para que expidan por la
República los dictámenes jurídicos correspondientes.
4
4º.- Dese cuenta a la Asamblea General, dentro de los 10 (diez) días
siguientes a la celebración del Contrato de Préstamo.
5
5º.- Comuníquese y publíquese. Cumplido, vuelva a la Unidad
de Relacionamiento con Organismos Multilaterales del Ministerio de
Economía y Finanzas. Fecho, archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; DANILO ASTORI; RODOLFO NIN NOVOA.
CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 4430/OC-UR
entre la
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
y el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
Programa de Modernización del Marco de Inversión, Comercio e
Innovación
___ de ______________ de 20____
CONTRATO DE PRÉSTAMO
ESTIPULACIONES ESPECIALES
INTRODUCCIÓN
Partes, Objeto, Elementos Integrantes y Organismo Ejecutor
1. PARTES Y OBJETO DEL CONTRATO
CONTRATO celebrado el día _____ de ________ de 20___ entre la
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, en adelante denominada el
“Prestatario”, y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO,
en adelante denominado el “Banco”, para cooperar en la ejecución
del Programa de Modernización del Marco de Inversión, Comercio e
Innovación, en adelante denominado el “Programa”.
2. ELEMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO Y
REFERENCIA A LAS NORMAS GENERALES
(a) Este Contrato está integrado por estas Estipulaciones Especiales
y las Normas Generales. Si alguna disposición de las Estipulaciones
Especiales no guardare consonancia o estuviere en contradicción con
las Normas Generales, prevalecerá lo previsto en las Estipulaciones
Especiales. Cuando existiera falta de consonancia o contradicción entre
disposiciones de las Estipulaciones Especiales, prevalecerá el principio
de que la disposición especíca prima sobre la general.
(b) En las Normas Generales, se establecen en detalle las
disposiciones de procedimiento relativas a la aplicación de las cláusulas
sobre amortización, intereses, comisión de crédito, inspección y
vigilancia, conversiones y desembolsos, así como otras disposiciones
relacionadas con la ejecución del Programa. Las Normas Generales
incluyen también deniciones de carácter general.
3. ORGANISMO EJECUTOR
Las partes convienen en que la ejecución del Programa y la
utilización de los recursos del financiamiento del Banco serán
llevadas a cabo por el Prestatario, por intermedio de su Ministerio de
Economía y Finanzas (MEF), el que, para los nes de este Contrato, será
denominado indistintamente “Prestatario” u “Organismo Ejecutor”.
CAPÍTULO I
El Préstamo
CLÁUSULA 1.01. Monto y Moneda de Aprobación del Préstamo.
En los términos de este Contrato, el Banco se compromete a otorgar
al Prestatario, y éste acepta, un préstamo, hasta por una suma de
doscientos cincuenta millones de Dólares (US$ 250.000.000), en
adelante el “Préstamo”.

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