Nuevamente sobre soluciones posibles a los problemas organizativos del contencioso anulatorio

AutorCarlos E. Delpiazzo
CargoDoctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Mayor de la República Oriental del Uruguay
Páginas89-97
89
NUEVAMENTE SOBRE SOLUCIONES POSIBLES A LOS
PROBLEMAS ORGANIZATIVOS DEL CONTENCIOSO
ANULATORIO 1
(*)
DR. CARLOS E. DELPIAZZO 2(**)
I) INTRODUCCION
Desde que se previó la creación del Tribunal de lo Contencioso Administrativo en la reforma constitucional
de 1934 y efectivamente se constituyó según las disposiciones incluidas en la Constitución de 1952, hasta el
presente, transcurrió mucha agua por debajo de los puentes 3(1).
En aquellos tiempos, otro era el país, otras eran las circunstancias y, sobre todo, otro era el grado de
desenvolvimiento del Estado de Derecho 4(2) y de la conciencia pública acerca de la importancia del Derecho
Administrativo como instrumento de control del poder 5(3).
Las primeras décadas del siglo pasado coincidieron con el llamado Estado liberal de Derecho o Estado
juez y gendarme, caracterizado por ser abstencionista en lo jurídico (limitado primordialmente a los fines
primarios de brindar justicia y seguridad) y no intervencionista en lo económico.
En el mismo se afirmaron los derechos fundamentales de primera generación, es decir, las llamadas libertades
individuales.
Como consecuencia de la crisis experimentada por el Estado liberal comenzaron a aplicársele correctivos
en lo político, con proyecciones en lo económico y social.
A raíz de tales cambios, se inicia una segunda época, correspondiente al denominado Estado social de
Derecho 6(4), el cual, a diferencia del anterior, se caracterizó por abandonar el abstencionismo en lo jurídico
(encarando fines secundarios) y por ser intervencionista en lo económico.
1 (*) Exposición formulada el 12 de agosto de 2010 en las V Jornadas Académicas organizadas por el Tribunal de lo Con-
tencioso Administrativo.
2 (**) Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Mayor de la República Oriental del Uruguay. Profesor
de Derecho Administrativo, Profesor de Informática Jurídica y de Derecho Telemático, y Director del Instituto de Dere-
cho Administrativo en la Facultad de Derecho de dicha Universidad. Profesor de Derecho Administrativo, Director del
Programa Master de Derecho Administrativo Económico (PMDAE), y Profesor de Derecho Informático en la Facultad de
Derecho de la Universidad de Montevideo. Profesor Invitado del Instituto Nacional de Administración Pública (España).
Profesor Visitante de la Especialización en Derecho Administrativo de la Universidad de Belgrano (Argentina). Profesor
Extraordinario Visitante de la Universidad Católica de Salta (Argentina). Autor de varios libros y múltiples trabajos sobre
temas de su especialidad. Miembro del Instituto Uruguayo de Derecho Administrativo, del Instituto de Derecho Admi-
nistrativo de la Universidad Notarial Argentina, de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo, de la Asociación
de Derecho Público del Mercosur, de la Academia Internacional de Derecho Comparado, de la Asociación Iberoamericana
de Derecho Administrativo, y de la Asociación Internacional de Derecho Administrativo. Secretario General del Foro
Iberoamericano de Derecho Administrativo.
3 (1) Carlos E. DELPIAZZO - “El Partido Nacional y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo”, en La Revista Blanca
(Montevideo, 2007), Nº 4, pág. 193 y sigtes.
4 (2) Alberto Ramón REAL - “El Estado de Derecho”, en Estudios Jurídicos en memoria de Eduardo J. Couture (Biblioteca
de Publicaciones Oficiales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Montevideo, 1957), pág. 585 y sigtes.; y “Estado
de Derecho y humanismo personalista” (F.C.U., Montevideo, 1974), pág. 95 y sigtes.
5 (3) Carlos E. DELPIAZZO - “Transformaciones del Derecho Administrativo”, en Víctor HERNANDEZ MENDIBLE
(Coordinador) - “Derecho Administrativo Iberoamericano, 100 autores en homenaje al Posgrado de Derecho Administra-
tivo de la Universidad Católica Andrés Bello” (Ediciones Paredes, Caracas, 2007), tomo 1, pág. 417 y sigtes.; y “Pasado,
presente y futuro del Derecho Administrativo”, en Rev. Argentina del Régimen de la Administración Pública (Buenos
Aires, 2007), Año XXIX, Nº 348, pág. 243 y sigtes.
6 (4) José Aníbal CAGNONI - “Estudios sobre el Estado Democrático y Social de Derecho” (Montevideo, 1989), pág. 29

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