Algunos problemas jurídicos de la Ley N° 19.307. (Ley de servicios de comunicación audiovisual)

AutorMartín Risso Ferrand
CargoUniversidad Católica del Uruguay
Páginas125-191
Algunos problemas jurídicos
(Ley de Servicios de
comunicación audiovisual)
Some juridical problems with the 19.307 Law
(Audiovisual Media Services law)
Martín Risso Ferrand*
Universidad Católica del Uruguay
* Director del Departamento de Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la
Universidad Católica del Uruguay. Contacto: mrisso@ucu.edu.uy
RESUMEN: La ley 19.307, denominada Ley Reguladora de los Servicios de Comuni-
cación Audiovisual o Ley de Medios, ha ocasionado un fuerte impacto al remover los
paradigmas tradicionales en esta temática en Uruguay. El autor, partiendo de un plan-
teo general del tema (con base en el sistema interamericano de derechos humanos),
analiza los aspectos más problemáticos de la nueva ley, identificando varios aspectos
que serían, a su juicio, inconstitucionales.
PALABRAS CLAVES: Libertad de comunicación. Libertad de expresión. Garantías cons-
titucionales. Uruguay.
ABSTRACT: The 19.307 law, called Regulating Law of the Audiovisual Media Services
or Media Law, has caused a strong impact by removing traditional paradigms on this
theme in Uruguay. The author, starting with a general raise of the issue (based on the
inter-American system of human rights), discusses the most problematic aspects of the
new law, identifying various aspects that would be, in his opinion, unconstitutional.
Revista de Derecho. Segunda época. Año 10. N.º 12 (diciembre 2015), 125-191 - ISSN 1510-3714
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KEY WORDS: Freedom of communication. Freedom of expression. Constitutional guar-
antees. Uruguay.
SUMARIO: I. Introducción. II. Marco jurídico. 1. Normas constitucionales, internaciona-
les y declaraciones. 2. Relación existente entre las normas internacionales y las consti-
tucionales en la jurisprudencia de la Corte. 3. Relación y complemento de los artículos
29 de la Constitución y el 13 de la Convención y sus consecuencias. 4. Competencia
de la Suprema Corte de Justicia. 5. La jurisprudencia y opiniones de la Corte IDH. 6.
Disposiciones legales susceptibles de más de una interpretación. III. Aproximación a la
libertad de comunicación de pensamiento. 1. Trascendencia de la libertad de comuni-
cación. 2. Fundamentos básicos. 3. El gobierno no debe incidir en lo que la gente ve
o escucha. IV. Determinación de qué puede hacer la ley en materia de regulación de
la libertad de comunicación. 1. Materia protegida y medios posibles. V. Estudio de la
constitucionalidad de la ley 19.307. 1. Objeto de la ley, sujetos comprendidos y prin-
cipio de igualdad. 2. Sistema de contralor, infracciones y sanciones administrativas. 3.
¿Cómo debería ser un sistema de contralor adecuado? 4. Sistema de infracciones. 2.
Las sanciones. 3. Síntesis. 4. El artículo 198. VI. Conclusiones.
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I.
INTRODUCCIÓN
La ley 19.307 (reguladora de los “servicios de comunicación audiovisual” o ley de me-
dios) tuvo un complejo proceso de discusión legislativa. Desde un primer proyecto de más
ciento cincuenta artículos, se fueron introduciendo centenares de modi caciones hasta llegar
a la versión  nal de 202 artículos. Asimismo se recibieron en las comisiones del Senado y de
la Cámara de Representantes decenas de delegaciones y especialistas de distintas áreas y, a su
vez, no faltó la cobertura y discusión de este proceso en los medios de prensa.
Dado los plazos para la presentación del presente trabajo no podré hacer un análisis
total de los aspectos de la ley que a mi juicio son inconstitucionales, por lo que me limitaré
a los que entiendo más importantes pero sin excluir los otros.
Asimismo debe tenerse presente que se ha publicado un trabajo de mi autoría titulado
“¿Qué limitaciones legales pueden establecerse en materia de libertad de comunicación de
pensamiento?”1. En varios aspectos de este trabajo utilizaré conceptos contenidos en dicho
artículo pero para no hacerlo muy denso sólo realizaré la presente remisión genérica2.
A los efectos de cumplir con lo anunciado procederé de la siguiente forma:
En primer lugar analizaré cual es el marco jurídico aplicable a los efectos de determi-
nar la regularidad jurídica de la ley 19.307. En este punto, especialmente, se hará referencia
a la incidencia que tienen en la especie la Convención Americana de Derechos Humanos (en
adelante CADH o Convención), otras normas internacionales, la jurisprudencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte IDH) y otros instrumentos inter-
nacionales. También se hará referencia en este punto a algunas dudas procesales referidas a la
1 Revista de Derecho (Universidad Católica del Uruguay) N. 10 (2014), pp. 197/226.
2 También he concurrido a comisiones parlamentarias de las dos cámaras y evacuado algunas consultas sobre estos
temas lo que implicó la elaboración de material también usado en este momento.
Martín Risso Ferrand, Algunos problemas jurídicos de la ley N° 19.307
(Ley de Servicios de comunicación audiovisual)

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