Resolución No. 4282/018.- Déjase sin efecto la Resolución 18/03601 y promúlgase el Decreto Departamental 0003/018, que aprueba las “Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial Revisión Parcial”

GOBIERNOS DEPARTAMENTALES

INTENDENCIAS

INTENDENCIA DE CANELONES

Resolución 4.282/018

Déjase sin efecto la Resolución 18/03601 y promúlgase el Decreto Departamental 0003/018, que aprueba las "Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial Revisión Parcial".

(3.738*R)

D. 0003/018 NQ Sesión: 0009/018

NQ Expediente: 2018-204- NQ de Acta: L48-P3-25

81-00033

NQ Asunto: 8 Fecha del Acta: 04/05/2018

Canelones, 4 de mayo de 2018

VISTO: los presentes obrados radicados en expediente 2016-81-1010-03343 remitidos por la Intendencia de Canelones solicitando anuencia para otorgar la aprobación definitiva de la "Revisión Parcial de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial" en el marco de lo establecido por el artículo 25 de la Ley 18308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.

RESULTANDO: I) que por Resolución 17/04325 de fecha 16/6/2017, se otorga la aprobación previa del citado instrumento;

II) que en actuación 19 del precitado expediente la Secretaría de Planificación informa que habiéndose redactado el documento final, adjunto en actuaciones 16, 17, 18 y 19 el mismo se encuentra en condiciones de solicitar la aprobación definitiva, habiendo cumplido con todas las instancias previas establecidas en la Ley 18308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible;

III) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente por Resolución 1840/2017 de fecha 30/11/2017, anexada en actuación 14 del referido expediente, emite en forma favorable informe de correspondencia y por Resolución Ministerial 21/2018 de fecha 4/1/2018, aprueba la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan, en cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo final del artículo 25 de la citada Ley.

CONSIDERANDO: que se entiende pertinente otorgar la aprobación definitiva solicitada, con la modificación del numeral 3.8 TALA del artículo 3 donde dice ..."52"... debe decir ..."552"...

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en el artículo 273 numeral 1 de la Constitución de la República y artículo 19, numeral 12 de la Ley Orgánica Municipal NQ 9515, la Junta Departamental

DECRETA:

DIRECTRICES DEPARTAMENTALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL REVISIÓN PARCIAL Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo 1 Aprobar los anexos adjuntos en actuaciones 16, 17, 18 y 19 del expediente 2016-81-1010-03343 y ampliar el CAPITULO V IMPLEMENTACIÓN del documento de las Directrices aprobadas por Decretos 20 del 7/6/2011 y 32 del 21/11/2011 en lo referente a la:
  1. categorización primaria y secundaria de suelo b) ajuste del sistema de instrumentos canarios c) disposiciones de carácter general.

Capítulo II Categorización de suelo Artículos 2 a 7
Artículo 2 Categorización de suelo primaria

Quedan incluidos dentro del presente Decreto los Municipios de: Santa Lucía, Aguas Corrientes, Los Cerrillos, Canelones, San Ramón, San Antonio, San Bautista, Santa Rosa, Tala, Migues, Montes y San Jacinto.

Quedan excluidos del presente artículo:

todos los padrones de la localidad catastral de ciudad de Canelones a excepción de los padrones definidos en el numeral 3.2.14 (Paso Espinosa) y los Padrones 6744, 6745 y 6785.

los incluidos dentro del ámbito del Distrito de Ruta 5 (en donde regirá dicho instrumento)

Artículo 3 El suelo categoría urbana

Comprende las siguientes zonas:

3.1 LOS CERRILLOS

Son padrones urbanos de la localidad catastral de Los Cerrillos, incluidos en el polígono que se conforma por: calle Miguel Estévez hacia el este desde calle Dr. Umberto Arena Ferrari hasta calle José Piñeyrúa, calle José Piñeyrúa hacia el norte desde calle Miguel Estévez hasta calle Miguel Varela, calle Miguel Varela hacia el este desde calle José Piñeyrúa hasta calle Wilson Ferreira Aldunate, calle Wilson Ferreira Aldunate hacia el sur desde calle Miguel Varela hasta calle Manuel A. Ledesma, calle Manuel A. Ledesma hacia el este desde calle Wilson Ferreira Aldunate hasta calle Gral. Artigas, calle Gral. Artigas hacia el norte desde calle Manuel A. Ledesma hasta calle Miguel Sanabia, calle Miguel Sanabia hacia el este desde calle Gral. Artigas hasta calle J.A. Lavalleja, calle J.A. Lavalleja hacia el sur desde la calle Miguel Sanabia hasta la calle José Gervansini, calle José Gervansini hacia el este desde la calle J.A. Lavalleja hasta la calle Joaquín Suárez, calle Joaquín Suárez hacia el sur desde calle José Gervansini hasta calle José P. Varela, calle José P. Varela hacia el este desde la calle Joaquín Suárez hasta la calle Gral. M. Tajes, calle Gral. M. Tajes hacia el sur desde calle José P. Varela hasta calle Eduardo Chiesa Perrone, calle Eduardo Chiesa Perrone hacia el sur desde Gral. M. Tajes hasta calle José E. Culta, calle José E. Culta hacia el Oeste desde calle Eduardo Chiesa Perrone y continuando por case José E. Culta hacia el norte hasta calle Gral. M. Tajes, calle Gral. M. Tajes hacia el oeste desde calle José E. Culta hasta calle Fructuoso Rivera, calle Fructuoso Rivera hacia el sur desde la calle Gral. M. Tajes hasta la calle Riña Van Velthoven, calle Riña Van Velthoven hacia el oeste desde la calle Fructuoso Rivera hasta la calle Gral Artigas, calle Gral Artigas hacia el sur desde la calle Riña Van Velthoven hasta la calle Dr. Umberto Arena Ferrari, calle Dr. Umberto Arena Ferrari hacia el norte desde calle Gral. Artigas hasta calle Carlos Rossi, calle Carlos Rossi hacia el oeste desde calle Dr. Umberto Arena Ferrari hasta calle Tte. Gral. Agustín Cabrera, calle Tte. Gral. Agustín Cabrera hacia el norte desde calle Carlos Rossi hasta calle Dr. Umberto Arena Ferrari.

Asimismo son padrones urbanos de la localidad catastral de Los Cerrillos: 0, 1, 2, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 32, 95, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 129, 130, 132, 134, 135, 137, 138, 140, 143, 144, 149, 150, 152, 153, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 167, 176, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 189, 204, 205, 207, 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 227, 232, 233, 236, 237, 241, 242, 243, 244, 258, 269, 270, 271, 274, 277, 278, 279, 280, 283, 284, 285, 308, 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319, 320, 321, 322, 323, 324, 337, 338, 339, 341, 342, 351, 358, 361, 362, 363, 364, 365, 366, 367, 368, 369, 370, 402, 404, 405, 407, 408, 409, 415, 416, 417, 418, 419, 420, 425, 426, 427, 428, 429, 430, 431, 432, 433, 434, 435, 436, 437, 438, 439, 440, 441, 442, 443, 444, 445, 446, 447, 448, 449, 450, 451, 452, 453, 454, 455, 456, 457, 458, 459, 460, 461, 462, 463, 464, 465, 466, 467, 468, 469, 470, 471, 472, 473, 474, 475, 483, 484, 486, 487, 488, 490, 491, 494, 495, 496, 497, 500, 501, 502, 503, 504, 505, 520, 521, 522, 523, 524, 525, 526, 527, 528, 529, 530, 531, 532, 533, 575, 576, 577, 578, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587, 588, 589, 590, 591, 592, 593, 594, 595, 596, 597, 598, 599, 684, 686, 688, 691, 692, 694, 695, 696, 697, 698, 699, 700, 701, 702, 703, 704, 705, 706, 707, 708, 709, 710, 711, 712, 714, 721, 726, 727, 732, 733, 734, 735, 736, 737, 738, 744, 745, 750, 751, 752, 753, 754, 755, 756, 757, 768, 778, 779, 780, 781, 782, 783, 784, 785, 786, 787, 788, 790, 791, 792, 793, 794, 795, 796, 797, 798, 799, 803, 804, 805, 819, 822, 823, 824, 825, 832, 833, 834, 835, 836, 837, 838, 839, 840, 841, 842, 843, 844, 845, 846, 847, 848, 849, 850, 851, 852, 853, 854, 855, 856, 857, 858, 859, 860, 861, 862, 863, 864, 865, 866, 867, 868, 869, 870, 871, 872, 873, 877, 878, 879, 880, 881, 882, 883, 884, 885, 886, 887, 888, 889, 890, 891, 892, 893, 894, 895, 896, 897, 898, 901, 902, 903, 909, 915, 916, 923, 924, 925, 928, 934, 935, 936, 937, 938, 939, 940, 941, 942, 943, 944, 945, 946, 947, 948, 949, 950, 951, 952, 953, 954, 955, 956, 957, 958, 959, 960, 961, 962, 963, 964, 965, 966, 967, 968, 969, 970, 971, 972, 973, 974, 975, 976, 977, 978, 979, 980, 981, 982, 983, 984, 985, 986, 987, 988, 989, 990, 991, 992, 993, 994, 995, 996, 997, 998, 999, 1000, 1001, 1002, 1003, 1004, 1005, 1006, 1007, 1008, 1009, 1010, 1011, 1012, 1013, 1014, 1015, 1016, 1017, 1018, 1019, 1020, 1021, 1022, 1023, 1024, 1025, 1026, 1027, 1028, 1029, 1030, 1031, 1032, 1033, 1034, 1035, 1036, 1037, 1038, 1039, 1040, 1041, 1042, 1043, 1044, 1045, 1046, 1047, 1048, 1049, 1050, 1051, 1052, 1053, 1054, 1055, 1056, 1057, 1058.

Asimismo los padrones rurales 49151 y 49152.

3.2 MONTES

Son padrones urbanos de la localidad catastral de Montes, incluidos en el polígono que se conforma por: Ruta 81 hacia el este desde la calle Senador Alfredo Vigliola hasta la calle Gregorio Aznarez, calle Gregorio Aznarez hacia el sur desde la Ruta 81 hasta la calle Ma. B. De Barnech, calle Ma. B. De Barnech hacia el oeste desde la calle Gregorio Aznarez hasta la Avda. Presidente Tomás Berreta, Avda. Presidente Tomás Berreta hacia el norte desde la calle Ma. B. De Barnech hasta la calle Dr. Guillermo Crosta, Avda. Presidente Tomás Berreta hacia el sur desde la calle Dr. Guillermo Crosta hasta la calle Pedro Beyhaut, calle Pedro Beyhaut hacia el oeste desde la Avda. Presidente Tomás Berreta hasta la calle Senador Alfredo Vigliola, calle Senador Alfredo Vigliola hacia el norte desde la calle Pedro Beyhaut hasta la Ruta 81.

Y los padrones urbanos y/o suburbanos de la localidad catastral de Montes, incluidos en el polígono que se conforma por: calle 12 hacia el este desde el camino nacional a Minas hasta la calle 1 José Batlle y Ordóñez, calle 1 José Batlle y Ordóñez hacia el sur desde la calle 12 hasta la calle 7, calle 7 hacia el oeste desde la calle 1 José Batlle y Ordóñez...

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