Sentencia Definitiva Nº 150/2022 de Suprema Corte de Justicia, 17-08-2022
Fecha | 17 Agosto 2022 |
Tipo de proceso | PROCESO CIVIL ORDINARIO |
Sentencia No. 150/2022 17/8/2022
Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno
Ministra redactora: Dra. A. de los Santos
Ministras Firmantes: Dra. P.H., Dra. R.S., y Dra. A. de los Santos
V I S T O S:
Para definitiva en segunda instancia estos autos caratulados: “DE LOS SANTOS, B.C./ SANCOR SEGUROS S.A. Acción indemnizatoria (Ley 18412)” (IUE: 2-51013/20), venido a conocimiento de este Tribunal en mérito al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia No. 72/21 de 13 de octubre de 2021, dictada por el Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 18 Turno, Dr. D.R. y
R E S U L T A N D O:
I.- La sentencia definitiva de primera instancia apelada (fs. 62/81), a cuya exacta relación de antecedentes procesales útiles se hace remisión, ampara en parte la demanda y condena a la accionada a abonar al reclamante, la suma de 107.500 unidades indexadas, sin especiales sanciones procesales en el grado.
II.- Contra la misma se alza la parte perdidosa y expresa agravios a fs. 82/89; en síntesis, manifiesta que no corresponde la condena, desde que la situación fáctica -”picada” en vía pública- en que se asienta el reclamo se halla excluida, de consuno con el art. 6 lit. e Ley No. 18.412 al haberse configurado dolo eventual. Cita doctrina y jurisprudencia en respaldo de su postura.
III.- Se contestaron los agravios (fs. 92/93 v.) y se franqueó la alzada (No. 3011/21 de fecha 2/XII/21).
IV.- Recibido el proceso en el Tribunal, los autos se giraron a estudio en forma sucesiva y por unanimidad de votos se resolvió el dictado de decisión anticipada (art. 200 CGP –red. Ley 19090-).
C O N S I D E R A N D O:
I.- El Tribunal, con el voto coincidente de sus miembros naturales (art. 61 Ley No. 15.750), se pronunciará por confirmar la sentencia en recurso, conforme la fundamentación que subsigue.
II.- Es un hecho no controvertido la existencia del accidente tránsito, además de que se encuentra probado que a raíz del mismo el accionante sufrió lesiones físicas de entidad, dejando secuelas en el actor.
Quedó acreditado que el día 6 de junio de 2020 a la hora 00:00, B. de los Santos, circulaba en la motocicleta de su propiedad; saliendo del estacionamiento de la Aviación, ubicado en Camino Melilla, cercano a Avenida Lezica. Iba circulando detrás del automóvil marca Renault, de color negro, matrícula No. SBP 9431, conducido por E.N.M.. En determinado momento, el motociclista comenzó a adelantar al vehículo, con el señalero prendido indicando que iba a efectuar un giro a la izquierda, realizando en ese momento el conductor del auto de forma imprevista, un giro a la izquierda, sin prender el señalero, ni efectuar ninguna seña que indicara la maniobra que iba a efectuar; por lo que el automovilista se cruzó delante del motociclista, lo que provoca la colisión, siendo despedido el motociclista de su vehículo, cayendo a varios metros del impacto. Debido a ello, De los Santos, sufrió varias e importantes lesiones físicas, politraumatismos, fracturas de brazo izquierdo; siendo sometido a varias cirugías en INOT, donde permaneció internado desde el 6 de junio de 2020 al 16 de junio de 2020. Posteriormente debió recibir fisioterapia para su recuperación en el Hospital Pasteur. Debido a las lesiones sufridas, le quedaron secuelas: dificultades de movilidad y sensibilidad en el brazo izquierdo. Expresa el actor que actuó con la...
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