Sentencia Interlocutoria nº 347/2013 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 8 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2013
EmisorSupreme Court of Justice (Uruguay)
JuecesDr. Fernando Raul TOVAGLIARE ROMERO,Dr. Jorge Omar CHEDIAK GONZALEZ,Dr. Julio Cesar CHALAR VECCHIO,Dr. Jorge RUIBAL PINO
MateriaDerecho Procesal
ImportanciaAlta

Montevideo, ocho de marzo del dos mil trece

VISTOS:

Estos autos caratulados: TECHERA, CARLOS C/ MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – DAÑOS Y PERJUICIOS – CASACION – FICHA IUE: 2-46798/2010.

RESULTANDO:

1.- Por Sentencia No. 255 de 10.X.2012 el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno falló: “Confírmase parcialmente la recurrida salvo en cuanto al monto del daño moral que se aumenta a la cantidad de U$S20.000 y manteniéndose en lo demás sin especial condenación en la instancia, téngase presente lo dispuesto en el Considerando 4) a los efectos pertinentes. N. y devuélvase a la Sede a quo en la forma de estilo. (Honorarios fictos 5 BPC)” (fs. 337/347).

2.- A fs. 350/354 la parte demandada interpuso recurso de casación.

3.- Por Resolución No. 406 de 7.XII.2012 el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno franqueó el recurso de casación por ante la Corporación (fs. 363).

CONSIDERANDO:

1.- La Suprema Corte de Justicia declarará inadmisible el recurso de casación interpuesto.

2.- En efecto. El inc. 2o. del art. 268 del C.G.P. en la redacción dada por el art. 342 de la Ley No. 18.172 estableció: “...cuando se trate de juicios seguidos contra el Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados en general... aun mediando sentencia de segunda instancia que confirme en todo y sin discordias la sentencia de primera instancia, el recurso será admisible cuando se trate de asuntos cuyo monto superare el importe equivalente a 6.000 U.R.”.

3.- En la especie, la cuantía del asunto, estimada por la propia actora en su libelo introductorio no alcanza las 6.000 U.R. –monto mínimo habilitante de...

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