Decreto No. 310/021.- Actualízanse las pautas para la provisión de vacantes en la Administración Central.

Montevideo, 10 de Setiembre de 2021

VISTO: la necesidad de actualizar las pautas oportunamente establecidas, teniendo en cuenta la normativa presupuestal aprobada por la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, para los Ejercicios 2020-2024;

RESULTANDO: I) que, a través del Decreto N° 90/020, de 11 de marzo de 2020, se dispusieron topes de ejecución del gasto y medidas restrictivas vinculadas a la provisión de vacantes, contrataciones y contratos de trabajo en los Incisos de la Administración Central;

II) que por Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Nacional para los Ejercicios 2020-2024, dictándose nuevas reglas en la materia;

III) que el artículo 19 de la Ley N° 19.924, antes citada, refiere a la posibilidad de utilizar un tercio de crédito correspondiente a cargos vacantes con lo cual se vuelve necesario armonizar con el régimen de provisión de las mismas;

IV) que el artículo 27 de la Ley N° 19.924, antes citada, refiere a la incorporación de funcionarios que se encuentren cumpliendo funciones en régimen de "pase en comisión" Ininterrumpidamente durante 6 (seis) años, utilizando para ello cargos vacantes y créditos presupuestales de la oficina de destino;

CONSIDERANDO: I) que muchas de las medidas dispuestas tenían un límite temporal ya cumplido, y otras requieren reglamentación e implementación de las normas contenidas en la ley presupuestal;

II) que dicha tarea requiere de un proceso adecuado a su finalidad, todo lo cual insumirá un tiempo, en el que se entiende necesario precisar las pautas vigentes en la materia;

III) que, la Contaduría General de la Nación y la Oficina Nacional del Servicio Civil, en el ámbito de sus respectivas competencias, han emitido informe favorable a la aprobación del presente Decreto.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por las normas legales citadas y por el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

actuando en Consejo de Ministros

DECRETA:

Artículo 1

La provisión de vacantes en los Incisos de la Administración Central se regirá por las siguientes reglas:

  1. Las vacantes de ingreso generadas al 31 de diciembre de 2019, no

    podrán ser provistas.

  2. Las vacantes de ingreso generadas en el Ejercicio 2020, sólo se

    podrán ocupar cuando el crédito presupuestal asociado a las mismas,

    no supere la tercera parte del crédito presupuestal de las vacantes

    de ingreso de ese ejercicio.

    El mismo criterio y...

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