Diario Oficial de la República del Uruguay del 09 de noviembre de 2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.066 - noviem bre 9 de 2018
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 1, 6 y 7 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
1
Resolución 553/018
Declárase el cese del miembro integrante del Directorio del BPS, Sr.
Fitzgerald Cantero Piali.
(5.278)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 26 de Octubre de 2018
VISTO: la renuncia presentada por el miembro integrante del
Directorio del Banco de Seguros del Estado, señor Figerald Cantero
Piali;
CONSIDERANDO: que dicha renuncia fue presentada en base a
la causal prevista en el artículo 201 de la Constitución de la República;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 187 de la Constitución de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1
1º.- Declárase el cese del miembro integrante del Directorio del
Banco de Seguros del Estado, señor Figerald Cantero Piali, por la
causal prevista en el artículo 201 de la Constitución de la República,
a partir del 26 de octubre de 2018.
2
2º.- Agradécense los importantes servicios prestados.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI; ARIEL BERGAMINO; DANILO
ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR
ROSSI; CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO;
ENZO BENECH; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN;
MARINA ARISMENDI,
2
Resolución 560/018
Deléganse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, las atribuciones
del Poder Ejecutivo referentes a la autorización de misiones ociales no
permanentes al exterior de los funcionarios que atiendan reuniones de
las negociaciones comerciales de la agenda externa del MERCOSUR.
(5.285*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINSITERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 29 de Octubre de 2018
VISTO: el artículo 53 de la Ley Nº 16170 de 28 de diciembre de 1990;
RESULTANDO: que dicha Ley establece que las misiones ociales
al exterior no permanentes de los funcionarios públicos de los Incisos 02
a 14, serán autorizadas por resolución de la Presidencia de la República;
CONSIDERANDO: que se estima conveniente delegar atribuciones
al señor Ministro de Relaciones Exteriores o en quien haga sus veces,
para que autorice misiones ociales al exterior no permanentes de los
funcionarios de ese Ministerio, que integran los grupos de trabajo de
las negociaciones comerciales de la agenda externa del MERCOSUR.
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 160 y 168 numeral 24 de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1
1.- Deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores o en quien
haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo referentes a la
autorización de misiones ociales no permanentes al exterior de los
funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, que atiendan
reuniones de las negociaciones comerciales de la agenda externa del
MERCOSUR.
2
2º.- El Poder Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas,
como asimismo el Ministro Delegado someterlas a consideración de
ese Poder.
3
3º.- Las atribuciones delegadas no pueden ser a su vez objeto de
delegación.
4
4º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores enviará a la Secretaria de
la Presidencia de la República copia autenticada de las Resoluciones
que se dicten en ejercicio de atribuciones delegadas.
5
4Documentos Nº 30.066 - noviembre 9 de 2018 | DiarioOficial
5º.- Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI; RODOLFO NIN NOVOA; PABLO
FERRERI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR
ROSSI; CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO;
ENZO BENECH; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN;
MARINA ARISMENDI.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
3
Resolución 554/018
Autorízase al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas
de la República Argentina, Tte. Gral. “VGM” Bari del Valle Sosa, el
uso de la Condecoración Medalla “General José Artigas - Jefe de los
Orientales”.
(5.279*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 29 de Octubre de 2018
VISTO: la solicitud formulada por el Estado Mayor de la Defensa
para que se autorice al señor Jefe del Estado Mayor Conjunto de las
Fuerzas Armadas de la República Argentina, Teniente General “VGM”
Bari del Valle Sosa, el uso de la Condecoración Medalla “General José
Artigas - Jefe de los Orientales”.
CONSIDERANDO: que el citado señor Ocial General recibirá
dicha Condecoración en reconocimiento a su destacada labor
profesional, la que ha permitido estrechar los lazos de amistad que
unen a nuestras Naciones hermanas.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el
artículo 1ro. del Decreto 372/013 de 19 de noviembre de 2013.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Autorizar al señor Jefe del Estado Mayor Conjunto de las
Fuerzas Armadas de la República Argentina, Teniente General “VGM”
Bari del Valle Sosa, el uso de la Condecoración Medalla “General José
Artigas - Jefe de los Orientales”.
2
2do.- Comuníquese, publíquese y pase al Estado Mayor de la
Defensa a sus efectos. Cumplido, archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ.
4
Resolución 555/018
Apruébase la Resolución de la DINACIA 109-2018, que revoca el
permiso operativo concedido a la empresa AEROMONT LTDA.
(5.280*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 29 de Octubre de 2018
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que se apruebe la
Resolución 109-2018 de 20 de marzo de 2018 dictada en el ejercicio de
las atribuciones delegadas por la Dirección General de Aviación Civil,
por la cual se revoca el permiso operativo que fuera oportunamente
autorizado a la empresa AEROMONT LTDA.
RESULTANDO: I) que por la Resolución de la Dirección Nacional
de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica 131/993 del 11 de
octubre de 1993, aprobada por la Resolución del Poder Ejecutivo
323/994 de 6 de abril de 1994, la citada empresa fue autorizada
provisoriamente a operar servicios de transporte aéreo público interno
e internacional mixto no regular de personas y/o cosas y/o correo en
la modalidad de taxi aéreo.
II) que la mencionada Resolución 131/993 del 11 de octubre de
1993 se otorgó al amparo de lo dispuesto por los Decretos 1124/941
de 4 del junio de 1941, 39/977 del 25 de enero de 1977 y 269/978 del
16 de mayo de 1978.
CONSIDERANDO: I) que en forma previa al acto de revocación
se conrió vista a la citada empresa, la cual no fue evacuada, por
lo que corresponde efectivizar el proceso de revocación antes
mencionado.
II) lo previsto por el artículo 121 del Código Aeronáutico
y por el literal I) del artículo 30 del Decreto 39/977 de 25 de enero
de 1977.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo recomendado por
la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su Sesión Nº 108 de 7 de
febrero de 2018 y a lo informado por las Direcciones de Transporte
Aéreo Comercial y de Seguridad Operacional y por la Asesoría
Letrada de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica
del Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1.- Aprobar la Resolución 109-2018 de 20 de marzo de 2018 dictada
en ejercicio de las atribuciones delegadas por la Dirección General de
Aviación Civil.
2
2.- Comuníquese, publíquese, pase al Comando General de la
Fuerza Aérea a sus efectos. Cumplido, archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; DANILO ASTORI; VÍCTOR
ROSSI.
5
Documen tos
Nº 30.066 - noviem bre 9 de 2018
DiarioOficial |
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 26 de Octubre de 2018
VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo y de Inversiones
de la Dirección General de Casinos, correspondiente al ejercicio 2019.
RESULTANDO: I) Que este Presupuesto se rige por lo dispuesto en
el artículo 165 de la Ley Nº 16.226 de 29 de octubre de 1991, modicado
en lo pertinente por lo dispuesto en el artículo 194 de la Ley Nº 16.736
de 5 de enero de 1996, con la interpretación auténtica resultante del
II) Que es de aplicación para el Organismo lo dispuesto en el
Artículo 12º del Decreto Nº 452/967, de 25 de julio de 1967.
III) Que por Resolución de fecha 29 de agosto de 2018 el Tribunal
de Cuentas emitió su dictamen constitucional respecto al proyecto de
Presupuesto, efectuando las siguientes observaciones: “Numeral 3.8.
Respecto al cumplimiento delo previsto en la Ordenanza Nº 88 de este
Tribunal, relativa a la conformidad técnica de los proyectos en la etapa
de pre-inversión, se vericó que dos proyectos en curso de la Dirección
General de Casinos no cuentan con informe de Conformidad Técnica
(CT)” y “Numeral 3.9. El artículo 37 del proyecto de presupuesto no
reglamenta la partida allí indicada para garantizar y otorgar premios.
Cabe señalar que la percepción de las partidas previstas por las
normas presupuestales remitidas, su monto o beneciarios, no pueden
supeditarse a reglamentaciones posteriores del Directorio, debiendo
estar precisadas en la norma presupuestal”
IV) Que la Dirección General de Casinos elevó Ocios Nº 135/18 de
fecha 10 de setiembre de 2018 y Nº 148/2018 de 5 de octubre de 2018
relativos al levantamiento de dichas observaciones.
V) Que por Resoluciones de fecha 24 de octubre de 2018 el Tribunal
de Cuentas mantuvo las observaciones formuladas con fecha 29 de
agosto de 2018.
VI) Que la Dirección General de Casinos elevó Ocio Nº 172/2018
de fecha 25 de octubre de 2018 por el cual comunica la aceptación
de las observaciones del Tribunal de Cuentas eliminando el artículo
37º de las Normas de Ejecución Presupuestal y que la Ocina de
Planeamiento y Presupuesto adjunta informe del Sistema Nacional de
Inversión Pública del cual se verica que la totalidad de los proyectos
de inversión cuentan a la fecha con Conformidad Técnica.
CONSIDERANDO: I) Que la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto ha emitido su informe.
II) Que la Dirección General de Casinos ha aceptado las
observaciones del Tribunal de Cuentas.
III) Que se ha tenido en cuenta la opinión del Tribunal de Cuentas
en cuanto el procedimiento para el levantamiento de sus observaciones.
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las partidas presupuestales
correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo y de
Inversiones de la Dirección General de Casinos para el ejercicio 2019,
de acuerdo con el siguiente detalle (en pesos uruguayos):
CONCEPTO MONTO EN PESOS
1.- INGRESOS 7.544.180.381
2.- EGRESOS 6.023.106.046
2.1.- Egresos Operativos 5.630.133.479
2.1.1.- Mano de Obra 2.071.509.090
2.1.2.- Bienes y servicios 2.942.661.115
2.1.3.- Otros 615.963.274
2.3.- Inversiones 392.972.567
3.- SUPERÁVIT / DÉFICIT 1.521.074.335
Financiamiento 0
4.- RESULTADO PRESUPUESTAL 1.521.074.335
La apertura según concepto, a nivel de precios enero – junio de
2018, es la siguiente:
PROGRAMA I: EXPLOTACIÓN DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR
DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO.
PROGRAMA II: ATRIBUCIONES DE CONTROL Y SUPERVISIÓN
DE LAS ACTIVIDADES DEL HIPÓDROMO NACIONAL DE
MAROÑAS, PREVISTAS EN LA LEY 17.006 DEL 18 DE SETIEMBRE
DE 1998 Y DE PROMOCIÓN Y SUPERVISIÓN DE HIPÓDROMOS
RECONOCIDOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CASINOS Y
DE LA ACTIVIDAD HÍPICA NACIONAL, PREVISTAS EN LA LEY
18.719 DE 27 DE DICIEMBRE DE 2010.
IRECURSOS PROGRAMA I
$PROGRAMA II
$TOTAL
$
I.1 Ingresos del Giro 7.111.731.971 07.111.731.971
I.1.1.- Ingresos por
explotación 7.054.805.196 07.054.805.196
I.1.2.- Propinas 56.926.775 056.926.775
I.2 Ingresos Ajenos al Giro 31.381.758 401.066.652 432.448.410
Otros ingresos 31.381.758 401.066.652 432.448.410
TOTAL INGRESOS 7.143.113.729 401.066.652 7.544.180.381
I.3 Financiamiento 0 0 0
TOTAL RECURSOS 7.143.113.729 401.066.652 7.544.180.381
II PRESUPUESTO
OPERATIVO 5.231.966.827 398.166.652 5.630.133.479
0SERVICIOS
PERSONALES 2.048.891.213 22.617.877 2.071.509.090
01 Retribución de Cargos
Permanentes 91.894.860 12.102.880 103.997.740
011.000 Sueldos básicos de cargos 57.484.128 8.060.028 65.544.156
012.000 Incremento p/ mayor
horario permanente 34.227.569 4.042.852 38.270.421
013.000 Dedicación total 183.163 0183.163
02 Retrib. Personal Contratado
Func. Perm. 1.805.242 01.805.242
021.000 Sueldo Básico Funciones
Contratadas 1.128.276 01.128.276
022.000 Incremento por mayor
horario permanente 676.966 0676.966
03 Retribución Personal
Zafral 9.522.490 09.522.490
031.000 Retribuciones Zafrales 9.522.490 09.522.490
04 Retribución
Complementaria 1.162.641.448 2.832.879 1.165.474.327
042.010 Prima técnica 46.176 046.176
042.017 Asiduidad COFE-MEF 12.701.076 147.270 12.848.346
042.026 Compensación docente 1.318.500 01.318.500
042.033 Comp. cambio de
residencia habitual 27.316.704 027.316.704
042.046 Por participación en
recaudación 1.013.792.073 01.013.792.073
042.510 Comp. especial por
funciones especiales 4.859.844 552.898 5.412.742
042.614 Pago de sentencia con
condena a futuro 701.005 0701.005
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
5
Decreto 354/018
Apruébase el Presupuesto de Recursos, Operativo y de Inversiones de la
Dirección General de Casinos, correspondiente al ejercicio 2019.
(5.269*R)

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