Diario Oficial de Uruguay del 25/09/2017 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 29.790 - setiembre 25 de 2017
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 19, 20 y 21 de setiembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Decreto 265/017
Apruébase la Ejecución Presupuestal de la Administración Nacional de
Correos correspondiente al ejercicio 2013.
(3.830*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 18 de Setiembre de 2017
VISTO: La Ejecución del Presupuesto Operativo, de Operaciones
Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Correos
correspondiente al ejercicio 2013.
RESULTANDO: I) Que el Presupuesto Operativo, de Operaciones
Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 2013 fue
aprobado por Decreto Nº 349/13 de 25 de octubre de 2013.
II) Que los créditos vigentes a nivel global, incluyendo la
adecuación a precios promedio 2013, si bien fueron sucientes para
imputar el gasto operativo realizado en el ejercicio, se constataron
desvíos a nivel de objetos.
III) Que la Empresa ha explicado los desvíos incurridos.
CONSIDERANDO: I) Que es conveniente proceder a la
regularización de su situación presupuestal.
II) Que la Ocina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.
ATENTO: A lo establecido en el artículo Nº 211 de la Constitución
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
1
Artículo 1º.- Apruébase la Ejecución Presupuestal de la
Administración Nacional de Correos correspondiente al ejercicio 2013,
de acuerdo con el siguiente detalle:
DENOMINACIÓN $ $
1- INGRESOS PROPIOS. 864.183.472
Servicios de Comunicaciones. 588.846.056
Servicios de Logística. 109.340.790
Servicios Financieros 35.844.040
Servicios Digitales 8.635.463
Filatelia 2.904.922
Otros negocios internacionales -
Tasa de Financiamiento Servicio
Postal Universal 118.612.201
2.- INGRESOS AJENOS AL GIRO 1.154.976
3.- FINANCIAMIENTO 607.576.539
I- TOTAL DE RECURSOS. 1.472.914.987
SUPERAVIT PRESUPUESTAL 45.707.948
GRUPO DENOMINACION $ $
II- PRESUPUESTO GLOBAL 1.395.579.961
1SERVICIOS PERSONALES. 971.674.600
01 SUELDOS BÁSICOS DE
CARGOS 209.611.282
011001 Retribuciones Básicas 195.623.902
011004 Directorio 2.403.891
012000 Incremento por Mayor Horario
Permanente 10.754.423
015000 Gastos de Representación c/
Aportes. 414.533
016000 Gastos de Representación s/
Aportes. 414.533
2RETRIBUCIONES
PERSONAL CONTRATADO
FUNC. PERMANENTE 85.571.256
021000 Sueldos básicos de Funciones
Contratadas. 79.559.133
022000 Incremento por Mayor Horario
Permanente 6.012.123
03 RETRIBUCIONES
PERSONAL CONTRATADO
FUNC. NO PERMANENTE 0
031000 Retribuciones Zafrales. 0
038001 Compensación Alta
Especialización 0
04 RETRIBUCIONES
COMPLEMENTARIAS 321.081.820
042033 Compensación por Vivienda c/
Aportes 526.205
042033 Compensación por Vivienda s/
Aportes 526.205
042005 Compensación Gerencial por
Cumplimiento de Metas 4.253.224
042013 Por Participación en Proyectos
Especiales. 25.192.405
042026 Compensación Instructores 11.577
042046 Comisión por Ventas 7.602.375
042088 Compensación Desempeño
Secretaría 833.336
042094 Compensación Altos Ejecutivos 31.176
042620 Compensación Personal 14.088.953
042625 Compensación a la Tarea 0
042720 Incentivo por Rendimiento,
Dedicación y/o Productividad 154.426.895
043001 Sistema de Remuneración
Variable 48.404.718
092000 Partidas globales a distribuir 13.382.329
044001 Prima por Antigüedad 20.706.475
045005 Quebranto de Caja. 22.312.877
046001 Diferencia por Subrogación. 5.770.568
047001 Por Equiparación de
escalafones/funciones/clases. 419.243
048018 Complemento por no alcanzar
mínimo Dec. 256/004 2.593.259
05 RETRIBUCIONES DIVERSAS
ESPECIALES 70.922.332
052000 Por Trabajo Nocturno 1.920.099
053000 Licencias Generadas y no
Gozadas. 2.521.392
057001 Becas y Pasantías. 394.794
058000 Horas Extras. 3.246.310
057001 Titulares de cargos políticos 163.642
4Documentos Nº 29.790 - setiembre 25 de 2017 | DiarioOf‌icial
059001 Sueldo Anual Complementario
Personal Presupuestado 45.718.168
059002 Sueldo Anual Complementario
Personal Contratado 16.933.823
059003 Sueldo Anual Complementario
Personal Zafral 0
059004 Sueldo Anual Complementario
Becarios 24.104
06 BENEFICIOS AL PERSONAL 175.102.234
063000 Indemnizaciones por Retiro. 5.011.830
064000 Prima por complemento de
Salud 18.262.018
067000 Compensación por
Alimentación. 151.828.386
07 BENEFICIOS FAMILIARES 9.887.486
071000 Prima por Matrimonio. 27.396
072000 Hogar Constituido. 9.265.732
073000 Prima por Nacimiento. 167.420
074000 Prestaciones por Hijo. 426.938
079000 Otros benecios familiares 0
08 CARGAS LEGALES SOBRE
SERVICIOS PERSONALES 99.498.190
081000 Aporte Patronal al Sistema de
Seguridad Social. 61.179.957
087000 Aporte Patronal al FONASA. 38.318.233
1MATERIALES Y
SUMINISTROS. 40.839.443
2SERVICIOS NO
PERSONALES. 365.707.603
5SUBSIDIOS Y OTRAS
TRANSFERENCIAS. 167.026
6INTERESES DE DEUDA 1.312.594
8AMORTIZACIÓN DE
DEUDA 12.786.486
9SENTENCIAS JUDICIALES. 3.092.209
PRESUPUESTO OPERATIVO
GLOBAL 1.395.579.961
III- PRESUPUESTO DE
INVERSIONES. 31.627.079
GRUPO DENOMINACION $ $
2SERVICIOS NO
PERSONALES. -
3MAQUINARIA Y EQUIPOS 31.627.079
PRESUPUESTO GLOBAL 1.427.207.040
2
Artículo 2º.- Dése cuenta a la Asamblea General.
3
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, etc.
LUCÍA TOPOLANSKY, Vicepresidente de la República en ejercicio
de la Presidencia; CAROLINA COSSE; DANILO ASTORI.
2
Resolución 866/017
Concédese a la empresa CEMENTOS DEL PLATA S.A., el período de
inactividad que se determina, sobre el título minero otorgado el día 4 de
setiembre de 2009, respecto de un yacimiento de hierro, ubicado en la
1ª Sección Catastral del departamento de Lavalleja.
(3.838)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 18 de Setiembre de 2017
VISTO: la solicitud formulada por CEMENTOS DEL PLATA S.A.,
titular de una Concesión para Explotar, tendiente a que se le otorgue
un período de inactividad por el plazo de 3 (tres) años, al amparo de
RESULTANDO: I) que el referido título minero fue otorgado por el
plazo de 30 (treinta) años, por Resolución del Ministerio de Industria,
Energía y Minería dictada en ejercicio de atribuciones delegadas
del Poder Ejecutivo de fecha 4 de setiembre de 2009, respecto de un
yacimiento de hierro, en un área de 57 hás 5411 m², afectando los
padrones 12739 (p), 15809 y 15810 (p) de la 1ª Sección Catastral del
departamento de Lavalleja;
II) que la titular fundamenta su solicitud, informando que hay
mineral de hierro estoqueado para ser utilizado por un período de
tiempo bastante prolongado, por lo que no resulta necesario realizar
labores extractivas en ese yacimiento, a corto y mediano plazo;
CONSIDERANDO: I) que la División Evaluación de Proyectos e
Inspecciones de la Dirección Nacional de Minería y Geología informa
que, la solicitud es de recibo;
II) que el Área Minería de la Dirección Nacional de Minería y
Geología sugiere, autorizar el período de inactividad por el término
de tres años a partir del 4 de noviembre de 2016;
III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería informa que, compartiendo lo informado por el Área Minería
de la Dirección Nacional de Minería y Geología, en virtud de lo
Ley Nº 15.242, de 8 de enero de 1982, sugiere acceder a lo solicitado,
declarando la inactividad de la mina por un lapso de tres años.
ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 102 del
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
RESUELVE:
1
1º.- Concédese a la empresa CEMENTOS DEL PLATA S.A., un
período de inactividad por el plazo de 3 (tres) años, contados a partir
del 4 de noviembre de 2016, sobre el título minero otorgado por el
plazo de 30 (treinta) años, por Resolución del Ministerio de Industria,
Energía y Minería dictada en ejercicio de atribuciones delegadas
del Poder Ejecutivo de fecha 4 de setiembre de 2009, respecto de un
yacimiento de hierro, en un área de 57 hás 5411 m², afectando los
padrones 12739 (p), 15809 y 15810 (p) de la 1ª Sección Catastral del
departamento de Lavalleja.
2
2º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología para su noticación y demás efectos.
LUCÍA TOPOLANSKY, Vicepresidente de la República en ejercicio
de la Presidencia; CAROLINA COSSE.
3
Resolución 867/017
Declárase la extinción de la autorización otorgada a Lamaison S.R.L.
para prestar el servicio de radiodifusión en la frecuencia 1560 KHz CW
51, de la ciudad de Maldonado.
(3.839*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 18 de Setiembre de 2017
VISTO: que Lamaison S.R.L. y el Sr. Fernando Cabrera Damasco,
en calidad de interventor judicial de la misma, se presentan ante
la Administración y ponen en conocimiento el Decreto Judicial Nº
706/2016, que fuera dictado con motivo de la solicitud del concurso
voluntario tramitado en el Expediente Judicial IUE 291-433/2012 ante
el Juzgado Letrado de Maldonado de 6º Turno;
RESULTANDO: I) que por dicho decreto se dispuso el cese
inmediato de la actividad del deudor;
5
Documen tos
Nº 29.790 - setiembre 25 de 2017
DiarioOf‌icial |
II) que posteriormente, por Decreto Nº 3936/2016 de 12 de octubre
de 2016, se declaró la disolución de la persona jurídica concursada
(Lamaison S.R.L.) y el cese de sus administradores, en cumplimiento
de lo estipulado por el artículo 169 de la Ley Nº 18.387 de fecha 23 de
octubre de 2008 (Ley de Proceso Concursal);
III) que a raíz de dicho decreto, Lamaison S.R.L., dejó de emitir
en la frecuencia asignada el 31 de marzo de 2016, situación que fue
corroborada por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) con fecha 6 de mayo de 2016;
CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de
Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual
(DINATEL), con fecha 25 de abril de 2017, informa que esta situación
se encuentra comprendida en los artículos 111, inciso 2 y 127 de la
de la Prestación de Servicios de Radio, Televisión y otros Servicios de
Comunicación Audiovisual), en los cuales se prevé la extinción de la
autorización por causal disolución de la persona jurídica;
II) que, en virtud de la expuesto, la Asesoría Jurídica del Ministerio
de Industria, Energía y Minería, recomienda, declarar la extinción de
la autorización otorgada a Lamaison S.R.L., para prestar el servicio
de radiodifusión en la frecuencia 1560 KHz CW 51, de la ciudad de
Maldonado, departamento de Maldonado;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 169 de la Ley Nº 18.387,
de fecha 23 de octubre de 2008, Ley Nº 19.307, de 29 de diciembre
de 2014, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y
Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Declárase la extinción de la autorización otorgada a Lamaison
S.R.L., por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de enero de 1961,
para prestar el servicio de radiodifusión en la frecuencia 1560 KHz
CW 51, de la ciudad de Maldonado, departamento de Maldonado.
2
2º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.
LUCÍA TOPOLANSKY, Vicepresidente de la República en ejercicio
de la Presidencia; CAROLINA COSSE.
4
Resolución 868/017
Repútase por otorgada la prórroga solicitada por Daniel Cairo Vila, del
título minero Concesión para Explotar un yacimiento de balasto y piedra,
ubicado en la 1ª Sección Judicial del departamento de Maldonado, y en
el que se incluyera el mineral tosca.
(3.840)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 18 de Setiembre de 2017
VISTO: que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de
julio de 1996, se otorgó a DANIEL CAIRO VILA una Concesión para
Explotar por un plazo de 20 años, sobre un yacimiento de balasto
y piedra, afectando el padrón Nº 148 de la 1ª Sección Judicial del
departamento de Maldonado, en un área de 27 Has. 5754 m².
RESULTANDO: I) que por acta de fecha 13 de setiembre de 1996
se perfeccionó el título minero de acuerdo a la normativa vigente;
II) que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 22 de enero de
2004 se incluyó, a partir de la fecha, al mineral tosca en la concesión
otorgada a DANIEL CAIRO VILA;
III) que con fecha 16 de octubre de 2015, el titular de la Concesión
para Explotar se presenta con rma certicada, de acuerdo a lo previsto
8 de enero de 1982), a solicitar que el título minero de Concesión para
Explotar sea prorrogado por 15 años;
CONSIDERANDO: I) que con fecha 6 de abril de 2016, División
Agrimensura de la Dirección Nacional de Minería y Geología
(DINAMIGE), informa que la solicitud se corresponde con el área
otorgada;
II) que la División Evaluación de Proyectos e Inspecciones de la
Dirección Nacional de Minería y Geología informa el 25 de abril de
2016 y el 27 de octubre de 2016, que el informe técnico, el programa
de operaciones, el técnico responsable y el protocolo de seguridad
son de recibo;
III) que en informe técnico de fecha 20 de julio de 2017 se acepta la
capacidad nanciera del proyecto de explotación minera;
IV) que según informe del Área de Minería de la Dirección Nacional
de Minería y Geología de 9 de agosto de 2017, se aconseja otorgar la
prórroga solicitada;
V) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería informa que, en virtud de lo expuesto, habiéndose presentado
la solicitud de prórroga de la Concesión para Explotar en plazo, con
lo informado por Área Minería y de acuerdo a lo dispuesto en el
enero de 1982, corresponde, que el Poder Ejecutivo proceda a reputar
por otorgada la prórroga solicitada.
ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y a lo dispuesto por el
8 de enero de 1982);
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Repútase por otorgada la prórroga por el plazo de 15 años
solicitada por DANIEL CAIRO VILA, del título minero Concesión para
Explotar otorgado por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de julio
de 1996, sobre un yacimiento de balasto y piedra, afectando el padrón
Nº 148 de la 1ª Sección Judicial del departamento de Maldonado, en
un área de 27 Has. 5754 m², al que por resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 22 de enero de 2004 se le incluyera, a partir de la fecha, el
mineral tosca.
2
2º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología para su noticación y demás efectos.
LUCÍA TOPOLANSKY, Vicepresidente de la República en ejercicio
de la Presidencia; CAROLINA COSSE.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
5
Resolución 862/017
Desaféctase del Inventario de Canteras de Obras Públicas el yacimiento
de material granular, ubicado en la 1ª Sección Catastral del departamento
de Flores.
(3.834)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 18 de Setiembre de 2017
VISTO: estos antecedentes relacionados con la desafectación del
Inventario de Canteras de Obras Públicas, del yacimiento de material

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