Diario Oficial de Uruguay del 27/11/2017 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.833 - noviembre 27 de 2017
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 21, 22 y 23 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
1
Resolución 1.093/017
Desígnase Ministro interino de Turismo.
(5.499)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 20 de Noviembre de 2017
VISTO: que la señora Ministra de Turismo doña Liliam Kechichian,
habrá de trasladarse al exterior en Misión Ocial;
RESULTANDO: que la señora Ministra estará ausente del país a
partir del día 20 de noviembre de 2017;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un
sustituto temporal por el período que dure su misión;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnese Ministro interino de Turismo, a partir del día 20
de noviembre de 2017 y mientras dure la ausencia de la titular de la
Cartera, al señor Subsecretario don Benjamín Libero.
2
2º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
2
Resolución 1.094/017
Desígnase Ministro interino de Turismo.
(5.500)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 20 de Noviembre de 2017
VISTO: que la señora Ministra de Turismo doña Liliam Kechichian,
habrá de trasladarse al exterior en Misión Ocial;
RESULTANDO: que la señora Ministra estará ausente del país a
partir del día 5 de diciembre de 2017;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un
sustituto temporal por el período que dure su misión;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnese Ministro interino de Turismo, a partir del día 5 de
diciembre de 2017 y mientras dure la ausencia de la titular de la Cartera,
al señor Subsecretario don Benjamín Libero.
2
2º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
3
Ley 19.556
Autorízase la salida del país del Buque ROU 04 “Gral. Artigas”, su Plana
Mayor y Tripulación, con la nalidad de realizar la Campaña Antártica
“Operación ANTARKOS XXXIV”.
(5.481*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental
del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
1
Artículo único.- Autorízase la salida del país del Buque ROU 04
“Gral. Artigas”, su Plana Mayor y Tripulación, compuesta de 140
(ciento cuarenta) efectivos, con la nalidad de realizar la Campaña
Antártica “Operación ANTARKOS XXXIV”, entre el 15 de noviembre
de 2017 y el 30 de marzo de 2018, efectuando escala en el puerto de
Punta Arenas de la República de Chile.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo,
a 8 de noviembre de 2017.
JOSÉ CARLOS MAHÍA, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 17 de Noviembre de 2017
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se autoriza
la salida del país del Buque ROU 04 “Gral. Artigas”, su Plana Mayor
y Tripulación, compuesta de 140 (ciento cuarenta) efectivos, con la
nalidad de realizar la Campaña Antártica “Operación ANTARKOS
XXXIV”, entre el 15 de noviembre de 2017 y el 30 de marzo de 2018,
efectuando escala en el puerto de Punta Arenas de la República de Chile.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; EDUARDO BONOMI; ARIEL
BERGAMINO.
4Documentos Nº 29.833 - noviembre 27 de 2017 | DiarioOficial
4
Ley 19.557
Autorízase la participación de personal y medios de la Fuerza Aérea
Uruguaya en los Ejercicios Militares Combinados “Río 2017” y “Ejercicio
Tanque”.
(5.482*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental
del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
1
Artículo 1º.- Autorízase la participación de Personal y Medios de
la Fuerza Aérea Uruguaya en los Ejercicios Militares Combinados
previstos para el año 2017 de acuerdo al Plan Anual de Actividades
que se detalla:
1. “EJERCICIO RÍO”.
Lugar a desarrollarse: Litoral Suroeste del país.
Período previsto: 04 de diciembre al 08 de diciembre de 2017.
Duración: 5 (cinco) días.
Personal y Medios involucrados:
Fuerza Aérea Argentina:
Hasta 12 (doce) Personal Superior y Subalterno y hasta 3 (tres)
aeronaves de enlace o transporte.
Fuerza Aérea Uruguaya:
3 (tres) aeronaves de enlace o transporte con su correspondiente
tripulación y hasta 12 (doce) Personal Superior y Subalterno.
Hasta 25 (veinticinco) horas de vuelo aeronaves de enlace.
Hasta 5 (cinco) horas de vuelo aeronaves de transporte.
Hasta 20 (veinte) horas de vuelo aeronaves interceptoras.
Países participantes: República Oriental del Uruguay y
República Argentina.
2. “EJERCICIO TANQUE”.
Lugar a desarrollarse: Área Terminal Durazno.
Período previsto: 27 de noviembre al 1º de diciembre de 2017.
Duración: 5 (cinco) días.
Personal y Medios involucrados:
Fuerza Aérea Argentina:
Hasta 26 (veintiséis) Personal Superior y Subalterno y 1 (una)
aeronave KC 130.
Fuerza Aérea uruguaya:
3 (tres) aeronaves A-37 B con su correspondiente tripulación.
Hasta 40 (cuarenta) horas de vuelo aeronaves A-37 B.
Países participantes: República Oriental del Uruguay y
República Argentina.
2
Artículo 2º.- La autorización que se concede al Personal y a los
Medios detallados en el artículo 1º, comprende tanto la salida de
tropas nacionales para el cumplimiento de los ejercicios combinados
que se desarrollen en el exterior, como la entrada y salida de fuerzas
extranjeras en nuestro país, para aquellos ejercicios previstos a
desarrollarse en territorio nacional.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representante, en Montevideo,
a 8 de noviembre de 2017.
JOSÉ CARLOS MAHÍA, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 17 de Noviembre de 2017
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se autoriza
la participación de personal y medios de la Fuerza Aérea Uruguaya en
los Ejercicios Militares Combinados “Río 2017” y “Ejercicio Tanque”.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; EDUARDO BONOMI; ARIEL
BERGAMINO.
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Resolución 1.084/017
Desígnase en la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Defensa
Nacional, como Asistente Letrado Adjunto al Dr. Alfredo Maeso.
(5.490)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 20 de Noviembre de 2017
VISTO: que por el artículo 83 de la Ley 17.930 de 19 de diciembre
de 2005 se creó entre otros en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa
Nacional” Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de
Estado”, el cargo de Asistente Letrado Adjunto.
CONSIDERANDO: I) que el mencionado cargo se encuentra
vacante.
II) que para ocupar el mismo se propone al Doctor Alfredo Maeso,
quien reúne las condiciones necesarias para el desempeño de las tareas
inherentes al mismo.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Designar en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”,
Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”
como Asistente Letrado Adjunto al Doctor Alfredo Maeso, a partir del
1ro. de noviembre de 2017.
2
2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección General
de Recursos Humanos - Departamento Administración y Desarrollo
Humano, Sección Personal de Secretaría de Estado a efectos de
la notificación del interesado y regularización en el Sistema de
Gestión Humana, a la Dirección General de Recursos Financieros,
- Departamentos Contabilidad (UE-001) y Financiero Contable, al
Departamento Liquidación de Haberes del Ministerio de Defensa
Nacional y a la Contaduría General de la Nación a sus efectos.
Cumplido, archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ.
5
Documen tos
Nº 29.833 - noviembre 27 de 2017
DiarioOficial |
6
Resolución 1.085/017
Apruébase la Resolución de la DINACIA 005/017, por la que se autoriza
provisoriamente a la empresa AMASZONAS DEL PARAGUAY SOCIEDAD
ANÓNIMA LÍNEAS AÉREAS, a operar servicios de transporte aéreo
público internacional, regular y no regular de pasajeros, correo y carga
en la ruta Asunción-Montevideo-Asunción.
(5.491*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 20 de Noviembre de 2017
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que se apruebe la
Resolución de dicha Dirección Nacional 005/017 de 5 de enero de 2017.
RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó
provisoriamente a la Empresa de bandera paraguaya AMASZONAS
DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA LÍNEAS AÉREAS, a operar
servicios de transporte aéreo público internacional, regular y no regular
de pasajeros, correo y carga en la ruta Asunción (ASU) - Montevideo
(MVD) - Asunción (ASU), con hasta siete (7) frecuencias semanales en el
marco de lo Previsto por el Acuerdo Bilateral de Transporte Aéreo vigente
entre la República Oriental del Uruguay y la República del Paraguay.
CONSIDERANDO: I) que la Resolución mencionada fue dictada
acorde a lo establecido por el artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25
de enero de 1977, el cual preceptúa que si mediaren razones de interés
nacional, la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica podrá otorgar a la empresa solicitante autorización operativa
provisoria de transporte aéreo público, sin perjuicio de la prosecución de
los procedimientos principales para la resolución denitiva.
II) que en consecuencia, corresponde aprobar la Resolución
mencionada, por la que se autoriza a la citada Empresa la operativa
provisoria de transporte aéreo público internacional.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo recomendado
por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su Sesión 94 de 13
de junio de 2016, a lo informado por las Direcciones de Transporte
Aéreo Comercial, Seguridad Operacional y Asesoría Letrada de la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y
por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio
de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el artículo 122 del Código
Aeronáutico y por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica 005/017 de 5 de enero de 2017, por
la cual se autoriza provisoriamente a la Empresa de bandera paraguaya
AMASZONAS DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA LÍNEAS
AÉREAS, a operar servicios de transporte aéreo público internacional,
regular y no regular de pasajeros, correo y carga en la ruta Asunción
(ASU) - Montevideo (MVD) - Asunción (ASU), con hasta siete (7)
frecuencias semanales, en el marco de lo previsto por el Acuerdo
Bilateral de Transporte Aéreo vigente entre la República Oriental del
Uruguay y la República del Paraguay.
2
2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, a sus efectos.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; DANILO ASTORI; VÍCTOR ROSSI.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
7
Decreto 325/017
Modifícase la Tasa Global Arancelaria que tributa el ítem arancelario
8704.90.00 previsto en el Anexo II del Decreto 410/016, exclusivamente
para vehículos propulsados únicamente con motor eléctrico.
(5.484*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 20 de Noviembre de 2017
VISTO: el Decreto Nº 410/016 de 26 de diciembre de 2016.
RESULTANDO: I) el referido Decreto incorporó la Resolución Nº
26/16 del Grupo de Mercado Común de 5 de diciembre de 2016, que
aprobó la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) ajustada a la VI
Enmienda del Sistema Armonizado con su correspondiente Arancel
Externo Común, y jó las tasas globales arancelarias aplicables al
comercio intra-zona y extra-zona.
II) que a inicios de 2014 se creó un Grupo Interinstitucional de
Eciencia Energética en el Transporte, integrado por representantes
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, Ministerio de
Economía y Finanzas, Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,
la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland
(ANCAP), la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas (UTE), y la Intendencia de Montevideo, con el objetivo de
trabajar en la incorporación de la visión energética en dicho sector.
III) que entre los cometidos del Grupo Interinstitucional se
estableció la evaluación y monitoreo de tecnologías y fuentes de energía
alternativas para distintos usos del sector transporte.
IV) que en el marco del referido Grupo Interinstitucional, se
desarrolló un cronograma de estudios y pruebas empíricas con
vehículos eléctricos, con el objetivo de adoptar medidas de promoción
de la respectiva tecnología.
V) que las pruebas antes mencionadas fueron realizadas con un
ómnibus y un auto eléctrico por la Intendencia de Montevideo, UTE
y la Dirección Nacional de Energía, a los efectos de tener medidas
nacionales sobre el comportamiento de los mismos y contrastar los
valores en cuanto a rendimiento, autonomía y otra serie de parámetros
de interés, así como la evaluación de sus resultados.
VI) que el Ministerio de Industria, Energía y Minería expresa
que la referida reducción arancelaria para vehículos “propulsados
únicamente con motor eléctrico”, permitiría observar con el avance
tecnológico de los últimos años, la reacción del mercado en general y
en particular, facilitar la incorporación de la tecnología en el parque
de taxis y vehículos utilitarios en empresas que realicen importantes
recorridos.
CONSIDERANDO: I) que la Política Energética Nacional vigente
incluye entre sus deniciones estratégicas la conveniencia de promover
el uso de tecnologías más ecientes y más amigables ambientalmente
para el sector transporte y en particular la promoción de vehículos
híbridos y eléctricos.
II) que se aprobaron los fondos para la fase preparatoria del
proyecto “Hacia un sistema de movilidad urbana sostenible y eciente
en Uruguay” a través del Fondo de Medio Ambiente Mundial en el
área de cambio climático Global Environment Facility (GEF), el cual
tiene como objetivos fundamentales el procurar generar capacidades
técnicas en los organismos públicos nacionales y contribuir al

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