Diario Oficial de la República del Uruguay del 17 de julio de 2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.986 - julio 17 de 2018
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 5, 12 y 13 de julio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
1
Decreto 212/018
Sustitúyese el art. 39 del Decreto 349/001, relativo a la atribución
establecida al Director Nacional de Transporte para la aplicación de
sanciones por infracciones creadas en la Reglamentación, a propuesta
del Órgano de Control.
(3.769*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 9 de Julio de 2018
VISTO: la atribución establecida al Director Nacional de
Transporte por el art. 39 del Decreto 349/001 de 4 de setiembre de
2001, relativo a la aplicación de sanciones por infracciones creadas en
la Reglamentación, a propuesta del Órgano de Control.
CONSIDERANDO: que el Órgano de Control creado por ley
Nro. 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001 depende jerárquicamente
del Ministro de Transporte y Obras Públicas (art. 27 del Dto. 349/001)
y no de la Dirección Nacional de Transporte, por lo que corresponde
adecuar la normativa a dicha situación.
ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 271 de la Ley Nro. 17.296
de fecha 21 de febrero de 2001, artículo 387 de la Ley Nro. 19.355 de
fecha 19 de diciembre de 2015, numeral 3 del artículo 7 del Decreto
574/974 de fecha 12 de julio de 1974, el Decreto Nro. 349/001 de fecha 4
de setiembre de 2001, el Decreto Nro. 366/013 de fecha 12 de noviembre
de 2013 y a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
1
Artículo 1.- Sustitúyese lo dispuesto por el art. 39 del Dto. 349/001
de fecha 4 de setiembre de 2001, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
El Director General de Secretaría, de acuerdo a las facultades que
la Ley y la Reglamentación vigentes le coneren, aplicará las sanciones
por infracciones que por la reglamentación se crean, a propuesta del
Órgano de Control.
2
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI; RODOLFO NIN NOVOA; DANILO
ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR
ROSSI; CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO;
ENZO BENECH; LILIAM KICHICHIAN; ENEIDA de LEÓN;
MARINA ARISMENDI.
MINISTERIO DEL INTERIOR
2
Decreto 203/018
Apruébase el Compromiso de Gestión respecto al personal del Ministerio
del Interior, para el período que se determina.
(3.760*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 9 de Julio de 2018
VISTO: las disposiciones contenidas en el artículo 208 de la Ley
Nº 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010, artículo 57 y siguientes
de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013 y Decreto 163/014 de 4
de junio de 2014.
RESULTANDO: I) que por el citado texto legal se dispuso la
creación de una compensación económica mensual en el Ministerio
del Interior por “Compromiso de Gestión”.
II) que se anexa como parte integral del presente Decreto el informe
sobre las metas comprometidas por el Ministerio del Interior para el
período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2018
elaborado por el Área de Gestión y Seguimiento Presupuestal de
dicha Secretaría de Estado el cual fue validado por la Comisión de
Compromisos de Gestión.
CONSIDERANDO: I) que las metas referidas en el Resultando
II fueron avaladas por la Comisión de Compromisos de Gestión
integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Ocina
Nacional del Servicio Civil y la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
II) que corresponde aprobar el Compromiso de Gestión propuesto
por el Ministerio del Interior para el período enero a diciembre 2018,
que se adjunta y forma parte integral del presente Decreto.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por
del Uruguay, por el artículo 208 de la Ley Nº 18.719 de fecha 27 de
diciembre de 2010, artículo 57 y siguientes de la Ley Nº 19.149 de 24
de octubre de 2013 y Decreto163/014 de 4 de junio de 2014.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
1
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Compromiso de Gestión respecto al
personal del Ministerio del Interior para el período comprendido entre
los meses de enero y diciembre de 2018 que luce agregado en Anexo
y se considera parte integrante del presente Decreto.
2
Artículo 2º.- PUBLÍQUESE, comuníquese, oportunamente,
archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI.
4Documentos Nº 29.986 - julio 17 de 2018 | DiarioOficial
ANEXO
COMPROMISO de GESTIÓN
entre el MINISTERIO del INTERIOR y la DIRECCIÓN
GENERAL DE SECRETARÍA
AÑO 2018
En Montevideo, el día ___ de ____ de 201__ , por una parte el
Ministerio del Interior (en adelante MI), representado por el Sr.
Ministro del Interior Sr. Eduardo Bonomi Varela y por la otra, la
Secretaría del Ministerio del Interior, representada por el Director
General Ing. Federico Laca García acuerdan el siguiente Compromiso
de Gestión:
CLAUSULA 1ª.- ANTECEDENTES
El Ministerio del Interior tiene como misión regir, ejecutar,
controlar y evaluar las políticas, planes y programas referidos a la
Seguridad Pública, garantizando el libre ejercicio de los derechos y
libertades fundamentales.
Será un organismo altamente técnico y profesionalizado
que abordará la seguridad desde una óptica integral en la cual
prevención, disuasión, represión y sanción del delito sean
fundamentales, estando al servicio de la sociedad y operando en
cooperación con otros organismos gubernamentales, instituciones
y organizaciones sociales.
El Compromiso de Gestión que comprende a la totalidad del
personal del Ministerio del Interior ha contribuido a un cambio en la
cultura organizacional desde el desarrollo de capacidades humanas
para la profesionalización de las funciones, como el desarrollo de
tecnologías de la comunicación y la información que propenden a
protocolizar procedimientos internos y servicios a la ciudadanía. Con
el mismo, se busca generar una nuevo modelo de gestión basado
en resultados, donde el personal sea evaluado por su capacidad y
compromiso con el servicio público.
CLAUSULA 2ª.- OBJETO
El objeto de este compromiso de gestión es jar, de común acuerdo,
metas e indicadores que redunden en un mejor cumplimiento de los
los objetivos estratégicos del organismo comprometido, estableciendo
la forma de pago de la contrapartida correspondiente al cumplimiento
de las metas.
CLAUSULA 3ª.- COMPROMISOS DE LAS PARTES
El Ministerio del Interior se compromete a cumplir con las metas
que se detalla en el Anexo 1 que es parte integrante de este contrato,
las cuales contribuyen al logro del objetivo de Promover la utilización
de herramientas de diagnóstico y análisis de Planicación Estratégica e
implementar las mismas contribuyendo al cumplimiento de la Misión
CLAUSULA 4ª. NORMATIVA
* Ley 19.149 del 24 de octubre de 2013, art. 57 y sgtes.
* Decreto Nº 163/014 del 4 de junio de 2014
CLAUSULA 5ª. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN
Se constituirá una Comisión de Seguimiento y Evaluación del
Compromiso de Gestión, integrada por representantes de la Dirección
General, de la Dirección de la Policía Nacional y del Área de Gestión
y Seguimiento Presupuestal, tanto titulares como alternos.
La Comisión tiene como cometido evaluar el grado de cumplimiento
de las metas en los plazos establecidos en el compromiso, a partir de la
documentación pertinente. El informe de la Comisión de Seguimiento
se emitirá en un plazo no superior a 45 días luego de la fecha límite
para el cumplimiento de la meta, remitiéndose inmediatamente a la
Comisión de Compromisos de Gestión.
Las resoluciones se tomarán por mayoría y el informe deberá estar
rmado por al menos dos de sus integrantes.
La Comisión de Compromisos de Gestión podrá solicitar en
cualquier momento a la Comisión de Seguimiento y Evaluación
informes sobre el avance en el cumplimiento del compromiso.
CLAUSULA 6ª. PERÍODO DE VIGENCIA
El presente Compromiso de Gestión tendrá vigencia desde el 1 de
enero de 2018 al 31 de diciembre de 2018.
CLAUSULA 7ª. TRANSPARENCIA
El Ministerio del Interior se compromete a poner a disposición toda
información que la Comisión de Seguimiento y Evaluación requiera
para el análisis, seguimiento y verificación de los compromisos
asumidos a través del presente Compromiso de Gestión.
Una vez aprobado el presente compromiso, se remitirá copia digital
a la Comisión de Compromisos de Gestión y se publicará en la página
web del organismo.
Asimismo, una vez evaluado el cumplimiento de las metas,
el Ministerio del Interior publicará los resultados del presente
Compromiso en su página Web.
CLAUSULA 8ª. SALVAGUARDAS
La Comisión de Seguimiento y Evaluación podrá, por mayoría y
con previa aprobación de la Comisión de los Compromisos de Gestión,
ajustar las metas establecidas en el Anexo 1 si su cumplimiento fuera
impedido por razones debidamente fundadas.
Dichos ajustes deberán ser solicitados por el Director General de
Secretaría y refrendados por el Ministro del Interior.
El presente Compromiso de Gestión se suscribe en Montevideo,
el _____ de ____ de ______.
META 1
Objetivo Estratégico Fortalecer la Prevención, Disuasión y Represión del Delito, garantizando la seguridad y la convivencia
ciudadana
Objetivo Incrementar la presencia policial en la vía pública gestionando los recursos humanos disponibles en forma
eciente
Indicador Porcentaje de horas mensuales efectivas abocadas a tareas de patrullaje
Fórmula de cálculo (Cantidad de horas mensuales abocadas a tareas de patrullaje del personal ejecutivo en unidades operativas/
Cantidad de horas mensuales del personal ejecutivo en las unidades operativas})*100
Medios de vericación Reporte del Escalafón del SGSP rmado por el Jefe de Policía
Valor Base
37,8% JEF. POLICIA ARTIGAS
33,0% JEF. POLICIA CANELONES
33,8% JEF. POLICIA CERRO LARGO
24,3% JEF. POLICIA COLONIA
25,4% JEF. POLICIA DURAZNO
36,8% JEF. POLICIA FLORES
28,7% JEF. POLICIA FLORIDA
33,8% JEF. POLICIA LAVALLEJA
32,3% JEF. POLICIA MALDONADO
36,8% JEF. POLICIA MONTEVIDEO
34,9% JEF. POLICIA PAYSANDU
30,5% JEF. POLICIA RIO NEGRO
20,6% JEF. POLICIA RIVERA
5
Documen tos
Nº 29.986 - julio 17 de 2018
DiarioOficial |
Valor Base
27,6% JEF. POLICIA ROCHA
30,0% JEF. POLICIA SALTO
38,4% JEF. POLICIA SAN JOSE
34,1% JEF. POLICIA SORIANO
23,5% JEF. POLICIA TACUAREMBO
29,7% JEF. POLICIA TREINTA Y TRES
Meta 48%
Plazo Último día del mes
Responsables del cumplimiento Personal de cada Jefatura de Policía
Responsables del seguimiento
y supervisión del cumplimiento Jefes de Policía
Rango de cumplimiento
* Mayor o igual a 48% cobra 100%
* Entre 40% y 48% cobra 50%
* Menor a 40% no cobra
Ponderación 25% de la Partida exceptuada “Presentismo” del 01 enero de 2018 al 30 de setiembre de 2018 y del 1 de
diciembre al 31 de diciembre de 2018
15% de la Partida exceptuada “Presentismo” del 01 de octubre de 2018 al 30 de noviembre de 2018
Observaciones
La suma de las ponderaciones debe realizarse a la luz de los responsables del cumplimiento.
Valor Base: promedio calculado con la información de los meses agosto- setiembre 2017, dado por el cambio
en los registros del escalafón
Tareas de patrullaje: Acompañante de Vehículo, Chofer, Patrullas: de Ciclista, con Equinos, de Can, de Civil,
a Pie, Policía orientado a Solución de Problemas, Custodia en Vía Pública
META 2.A (cuando existen controles permanentes y sorpresivos)
Objetivo Estratégico Fortalecer la Prevención, Disuasión y Represión del Delito, garantizando la seguridad y la convivencia
ciudadana
Objetivo Incrementar la presencia policial en las rutas nacionales
Indicador
1. Porcentaje de eventos diarios ingresados al SGSP en concepto de controles de ruta en puntos de control
permanentes
2. Porcentaje de eventos mensuales ingresados al SGSP en concepto de controles de ruta en puntos de control
sorpresivos
Fórmula de cálculo
1. (cantidad de eventos ingresados al SGSP en concepto de controles de ruta en puntos de control permanentes/
cantidad de eventos a ingresar por puntos de control permanentes) *100
2. (cantidad de eventos mensuales ingresados al SGSP en concepto de controles de ruta en puntos de control
sorpresivos/ cantidad de eventos a ingresar por puntos de control sorpresivos) *100
Medios de vericación Reporte de eventos registrados en el SGSP
Valor Base N/A
Meta 1.95%
2.95%
Plazo Ultimo día del mes
Responsables del cumplimiento Personal de cada Jefatura de Policía
Responsables del seguimiento
y supervisión del cumplimiento Jefes de Policía
Rango de cumplimiento * Mayor a 90% en cada meta cobra el 100%
* Entre el 60% y el 90% en alguna de las metas cobra el 40%
* Menor al 60% en alguna de las metas no cobra
Ponderación 25% de la Partida exceptuada “Presentismo” del 01 enero de 2018 al 30 de setiembre de 2018 y del 1 de
diciembre al 31 de diciembre de 2018
15% de la Partida exceptuada “Presentismo” del 01 de octubre de 2018 al 30 de noviembre de 2018
Observaciones
Los controles de ruta consisten en posicionarse con vehículos en los puntos determinados y vericar identidad
de personas, propiedad de vehículos, condiciones de los mismos, conducta en el tránsito, entre otros que
corresponden con la prevención de delitos.
* Los puntos de control permanentes y sorpresivos están detallados en la orden de Operaciones No. 37/17
- Operativo Gavilán VI (Anexos)
* cantidad de eventos a ingresar por puntos de control permanentes: 1 por día por punto de control
* cantidad de eventos a ingresar por puntos de control sorpresivos: 2 por mes por punto de control
META 2,B (cuando existen controles permanentes): Jefaturas de Policía de: Canelones, Colonia, Florida, Montevideo, Río Negro,
Soriano
Objetivo Estratégico Fortalecer la Prevención, Disuasión y Represión del Delito, garantizando la seguridad y la convivencia
ciudadana
Objetivo Incrementar la presencia policial en las rutas nacionales
Indicador Porcentaje de eventos mensuales ingresados al SGSP en concepto de controles de ruta en puntos de control
sorpresivos
Fórmula de cálculo (cantidad de eventos mensuales ingresados al SGSP en concepto de controles de ruta en puntos de control
sorpresivos/ cantidad de eventos a ingresar por puntos de control sorpresivos) *100
Medios de vericación Reporte de eventos registrados en el SGSP
Valor Base N/A

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