Diario Oficial de la República del Uruguay del 19 de diciembre de 2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.094 - diciembre 19 de 2018
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 11, 14 y 17 de diciembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL
GOBIERNO DE GESTIÓN ELECTRÓNICA Y
LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y EL
CONOCIMIENTO - AGESIC
1
Resolución 08/018
Apruébase el documento denominado “Política de Sellado de Tiempo
- Versión 1.0”.
(5.847*R)
AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DE
GESTIÓN ELECTRÓNICA Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Y EL CONOCIMIENTO
RESOLUCIÓN Nº 08/018 DEL CONSEJO EJECUTIVO DE LA
UNIDAD DE CERTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
Montevideo, 23 de noviembre de 2018
VISTO: la necesidad de contar dentro del ecosistema de rma
electrónica avanzada con un servicio de conanza de sellado de tiempo;
RESULTANDO: I) que el sellado de tiempo es un mecanismo en
línea que permite demostrar que una serie de datos han existido y no
han sido alterados desde un instante especíco en el tiempo;
II) que la Unidad de Certicación Electrónica creada por la Ley
18.600, de 21 de setiembre 2009, es el órgano acreditador y regulador,
en el marco de la Infraestructura Nacional de Certicación Electrónica;
CONSIDERANDO: que dentro del marco legal de sus
competencias la Unidad tiene entre sus cometidos fundamentales
la aprobación de las Políticas de Certicación y sus modicaciones;
ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 14 y 31 de la Ley Nº 18.600,
de 21 de setiembre de 2009, en la redacción dada por la Ley Nº 19.535
de 25 de setiembre de 2017, y el artículo 4º del Decreto Nº 70/018 de
19 de marzo de 2018;
EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA UCE
RESUELVE:
1.- Aprobar el documento denominado “Política de Sellado de
Tiempo - Versión 1.0”*, que se anexa y forma parte de la presente
Resolución.
2.- Publíquese.
Esc. Alejandro Santomauro.
* Disponible en: http://uce.gub.uy/wps/wcm/connect/
pvuce/008d961f-e51a-438d-bf65-e965a409b19c/Politica+
de + se l l ad o +de+tiempo+para+prestadores+de+servicios+de+cona
nza.pdf?MOD=AJPERES
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
AGRÍCOLAS
2
Resolución 184/018
Apruébanse las tarifas para todos los servicios prestados por la Dirección
General de Servicios Agrícolas, a regir desde del 1º de enero de 2019
hasta el 30 de junio de 2019.
(5.856*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
Montevideo, 10 de Diciembre de 2018
VISTO: Las tarifas vigentes por los servicios que presta el
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección
General de Servicios Agrícolas, Unidad Ejecutora 004.
RESULTANDO: I. Que el Artículo 64 de la Ley Nº 19.438 de 14
de octubre de 2016 encomienda jar todas las tasas, tarifas, precios
y multas establecidas en pesos uruguayos en unidades indexadas.
II. Que en la Resolución Ministerial Nº 785 del 3 de octubre de 2016
se establece el equivalente en unidades indexadas de las tarifas de la
Dirección General de Servicios Agrícolas
III. Que la Circular Ministerial Nº 2 del 28 de agosto de 2017 ordena
la actualización de las tarifas.
IV. Que el valor de la unidad indexada al 1º de enero de 2019
es 4.0275
CONSIDERANDO: Oportuno indicar el valor en pesos de las
tarifas para todos los servicios prestados por ésta unidad ejecutora
a regir a partir del 1º de enero de 2019 hasta el 30 de junio de 2019.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a la Resolución Nº
340/016 de 28 de junio de 2016.-
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE
1. Aprobar el valor en pesos uruguayos de las tarifas para todos
los servicios prestados por ésta unidad ejecutora, a regir a
partir del 1º de enero de 2019 hasta el 30 de junio de 2019, los
que guran en ANEXO I y son parte integrante de la presente
Resolución.
2. Los valores en pesos antes indicados comenzarán a partir del
1º de enero de 2019.
3. Comuníquese a la Contaduría, Tesorería y Divisiones de la
unidad ejecutora.
4. Comuníquese a VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior).
5. Actualícese los programas informáticos y el sitio web.
6. Publíquese en el Diario Oficial y en dos diarios de
circulación nacional.
ING. AGR. FEDERICO MONTES ROSÉ, DIRECTOR GENERAL,
UNIDAD EJECUTORA 4, M.G.A.P. - SERVICIOS AGRÍCOLAS.
El ANEXO I con las tarifas referidas se encuentra disponible en:
hp://www.mgap.gub.uy/normativa/resoluciones/2018
4Documentos Nº 30.094 - diciembre 19 de 2018 | DiarioOficial
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
3
Resolución S/n
Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación “FOGATA”,
propiedad del Sr. José Alial, ubicada en el Puerto de La Paloma.
(5.876*R)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 17 de Diciembre de 2018
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de
Hidrografía, solicitando que se declare abandonada en favor del
Estado, la embarcación “FOGATA”, propiedad del Sr. José Filial, que
se encuentra en estado de abandono en el Puerto de La Paloma.
RESULTANDO: I) Que con fecha 11 de octubre de 2018, se dio vista al
interesado del proyecto de resolución del Director Nacional de Hidrografía,
por el cual se establece que la deuda generada por parte de la embarcación
“FOGATA” para con dicha Unidad Ejecutora, asciende al 27 de setiembre
de 2018, a la suma de $ 1:906.043 por concepto de amarra, más intereses
legales, intimando a los propietarios, armador o representante, y a toda
aquella persona que pudiera tener vinculación con la embarcación, al retiro
y pago de lo adeudado en el plazo de 10 días corridos, bajo apercibimiento
de reputar la embarcación ya citada a favor del Estado.
II) Que por Resolución del Director Nacional de Hidrografía de
fecha 26 de octubre de 2018, se procedió a aprobar la deuda generada
por parte de la embarcación “FOGATA” para con dicha Unidad
Ejecutora, la que asciende al 27 de setiembre de 2018, a la suma de $
1:906.043 por concepto de amarra, más intereses legales, intimando a
los propietarios, armador o representante, y a toda aquella persona
que pudiera tener vinculación con la embarcación, al retiro y pago de
lo adeudado en el plazo de 10 días corridos, bajo apercibimiento de
reputar la embarcación a favor del Estado.
III) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría
Letrada) de esta Secretaría de Estado, al expedirse al respecto
manifiesta que, surge de obrados que la Dirección Nacional
de Hidrografía procedió a notificar al Sr. José Alial mediante
comunicaciones de folios 94 a 98, sin que se procediese a dar
cumplimiento con la referida intimación e incumpliendo los
convenios de pagos oportunamente celebrados a n de saldar su
deuda con la referida Unidad Ejecutora, por lo que en este estado,
resulta jurídicamente procedente disponer reputar abandonada en
favor del Estado la embarcación “FOGATA”.
ATENTO: a lo previsto por el artículo 236 de la Ley Nº 16.320 de
fecha 1º de noviembre de 1992 en la redacción dada por el artículo 68
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1
1º.- Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación
“FOGATA”, propiedad del Sr. José Alial, que se encuentra en estado
de abandono en el Puerto de La Paloma, afectando la seguridad y
operativa portuaria, quedando sin efecto todos los derechos reales,
personales o de cualquier especie que existan a favor de terceros sobre
la referida embarcación, salvo que éstos asuman a su cargo la extracción
de la misma y el pago de todos los gastos pendientes.
2
2º.- Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía para contratar
las operaciones necesarias para la eliminación o extracción de
obstáculos y la disposición del depósito, enajenación y demás medidas
conducentes al retiro denitivo de la embarcación con traslado de
dominio a favor del Estado.
3
3º.- Establécese que los gastos originados por las referidas
operaciones serán debidamente relacionados y una vez aprobados
por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituirán titulo
ejecutivo, debiéndose, además, documentar la correspondiente
traslación de dominio en la forma de estilo.
4
4º.- Comuníquese, publíquese y siga a la Dirección Nacional de
Hidrografía a n de noticar al interesado y proceder como está
dispuesto.
VÍCTOR ROSSI.

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