Diario Oficial de la República del Uruguay del 14 de febrero de 2020 (contenido completo)

4Documentos Nº 30.380 - febrero 14 de 2020 | DiarioOf‌icial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 11 y 12 de febrero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
1
Resolución S/n
Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación “RASPUTÍN”,
propiedad de FLANIAL CORPORATION, que se encuentra en estado de
abandono en el Puerto de Punta del Este.
(536)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
2018-10-4-0000288
fmc
Montevideo, 11 de Febrero de 2020
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de
Hidrografía, solicitando que se declare abandonada en favor del
Estado, la embarcación “RASPUTIN”, propiedad de FLANIAL
CORPORATION, que se encuentra en estado de abandono en el Puerto
de Punta del Este.
RESULTANDO: I) Que con fecha 17 de enero de 2018, se dio vista
al interesado del proyecto de resolución del Director Nacional de
Hidrografía, por el cual se establece que la deuda generada por parte
de la embarcación “RASPUTIN” para con dicha Unidad Ejecutora,
asciende al 18 de enero de 2018, a la suma de $ 133.913 por concepto de
guardería, más intereses legales, intimando a los propietarios, armador
o representante, y a toda aquella persona que pudiera tener vinculación
con la embarcación, al retiro y pago de lo adeudado en el plazo de 10
días corridos, bajo apercibimiento de reputar la embarcación ya citada
a favor del Estado.
II) Que por Resolución del Director Nacional de Hidrografía de
fecha 9 de mayo de 2018, se procedió a aprobar la deuda generada
por parte de la embarcación “RASPUTIN” para con dicha Unidad
Ejecutora, la que asciende al 24 de enero de 2018, a la suma de $ 133.913
por concepto de servicios de guardería brindado en la Explanada del
Puerto de Punta del Este más multas e intereses legales, intimando
al propietario, al retiro y pago de lo adeudado en el plazo de 10 días
corridos, bajo apercibimiento de operar la traslación de dominio a
favor del Estado.
III) Que por Resolución del Director Nacional de Hidrografía
de fecha 1 de agosto de 2018, se revoca la Resolución mencionada
precedentemente debido que a n de cancelar las deudas contraídas
referentes a la citada embarcación por concepto de servicios guardería
brindados, se celebró convenio de pago, aprobándose asimismo la
deuda generada con la Dirección Nacional de Hidrografía, que al 31
de julio de 2018 asciende a la suma de U.I. 61.512,45.
IV) Que con fecha 14 de agosto de 2018, se suscribió Convenio
de Pago entre la referida Unidad Ejecutora y la rma FLANIAL
CORPORATION, el cual no fue cumplido por ésta última, lo que
implica la caducidad del convenio, en virtud de lo dispuesto por el
artículo 208 de la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005, por lo
cual se procedió a dar la baja del referido documento y se actualizó la
deuda, agregándose estado de cuenta actualizado..
V) Que por Resolución del Director Nacional de Hidrografía de
fecha 20 de junio de 2019, se procedió a aprobar la deuda generada
por parte de la embarcación “RASPUTIN” para con dicha Unidad
Ejecutora, la que asciende al 21 de marzo de 2019, a la suma de $ 418.282
por concepto de amarra y servicios brindados, más intereses legales,
intimando a los propietarios, armador o representante, al retiro y pago
de lo adeudado en el plazo de 10 días corridos, bajo apercibimiento
de reputar abandonada la embarcación a favor del Estado y operar la
traslación de dominio.
VI) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría
Letrada) de esta Secretaría de Estado, ha tomado la intervención que
le compete.
CONSIDERANDO: que del informe elaborado por el citado
Departamento surge que no existe obstáculo jurídico a los efectos de
disponer el abandono de la embarcación de que se trata en favor del
Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley
Nº 16.320 de fecha 1º de noviembre de 1992, en la redacción dada por
el artículo 212 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2015,
articulo 379 de la Ley Nº 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la normativa citada
precedentemente.
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1
1º.- Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación
“RASPUTIN”, propiedad de FLANIAL CORPORATION, que se
encuentra en estado de abandono en el Puerto de Punta del Este,
afectando la seguridad y operativa portuaria, quedando sin efecto
todos los derechos reales, personales o de cualquier especie que
existan a favor de terceros sobre la referida embarcación, salvo que
éstos asuman a su cargo la extracción de la misma y el pago de todos
los gastos pendientes.
2
2º.- Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía para contratar
las operaciones necesarias para la eliminación o extracción de
obstáculos y la disposición del depósito, enajenación y demás medidas
conducentes al retiro denitivo de la embarcación con traslado de
dominio a favor del Estado.
3
3º.- Establécese que los gastos originados por las referidas
operaciones serán debidamente relacionados y una vez aprobados
por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituirán título
ejecutivo, debiéndose, además, documentar la correspondiente
traslación de dominio en la forma de estilo.
4
4º.- Comuníquese, publíquese y siga a la Dirección Nacional de
Hidrografía a n de noticar al interesado y proceder como está
dispuesto.
VÍCTOR ROSSI.
5
Documen tos
Nº 30.380 - febrero 14 de 2020
DiarioOf‌icial |
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 3.821/019
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Dra. Susana Graciela
Silva Ocaño como Técnico III Médico, perteneciente al Centro Auxiliar
de Chuy.
(537)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 31 de Julio de 2019
Visto: la renuncia presentada para acogerse a los benecios
jubilatorios por la funcionaria señora Susana Graciela Silva Ocaño,
de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;
Considerando: que para su tramitación se dio cumplimiento a los
requisitos exigidos en los formularios respectivos;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada para acogerse a los benecios
jubilatorios, de la Señora SUSANA GRACIELA SILVA OCAÑO, C.I.:
1.512.646-9, como Técnico III Médico, perteneciente al Centro Auxiliar
Chuy (Unidad Ejecutora 073 - Escalafón “A” - Grado 08 - Correlativo
630), a partir del 06 de agosto de 2019.
2) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada, a Unidad
Ejecutora 087 - Asistencia Integral, Habilitaciones, Historia Laboral,
Cuentas Personales, y División Remuneraciones de la Gerencia de
Recursos Humanos de A.S.S.E.- Cumplido, archívese en la Unidad
Ejecutora respectiva.
Resol. : 3821/19
Ref.: 29/073/2/2/2019
/ms
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
3
Resolución 5.365/019
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Sra. Gloria Nelly
Gasco Esperanza como Cuidadora Externa, perteneciente al Centro de
Rehabilitación Médico Ocupacional y Sicosocial.
(538)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 1º de Noviembre de 2019
Visto: la renuncia presentada para acogerse a los beneficios
jubilatorios por la funcionaria señora Gloria Nelly Gasco
Esperanza, de la Administración de los Servicios de Salud del
Estado;
Considerando: que para su tramitación se dio cumplimiento a los
requisitos exigidos en los formularios respectivos;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada para acogerse a los benecios
jubilatorios, de la Señora GLORIA NELLY GASCO ESPERANZA,
C.I.: 2.766.598-4, como Cuidadora Externa, perteneciente al Centro
de Rehabilitación Médico Ocupacional y Sicosocial (Unidad Ejecutora
103 - Escalafón “S” - Grado 31 - Correlativo 400416), a partir del 1º de
noviembre de 2019.
2) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada, a Unidad
Ejecutora 087 - Asistencia Integral, Habilitaciones, Historia Laboral,
Cuentas Personales, y División Remuneraciones de la Gerencia de
Recursos Humanos de A.S.S.E.- Cumplido, archívese en la Unidad
Ejecutora respectiva.
Resol. : 5365/19
Ref.: 29/103/2/170/2019
/ms
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
4
Resolución 5.398/019
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Dra. Josefa Inés
Guerrero Vallejos como Técnico III Médico, perteneciente al Centro
Departamental de Río Negro.
(539)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 5 de Noviembre de 2019
Visto: la situación funcional de la funcionaria Sra. Josefa Inés
Guerrero Vallejos, de la Administración de los Servicios de Salud del
Estado;
Resultando: que la misma, en el ejercicio 2019 sobrepasa el límite
de edad establecido por el artículo 35 del Decreto-Ley Nº 14.189 de
30 de abril de 1974;
Considerando: que el artículo 15 del Decreto-Ley Nº 14.252 de 22
de agosto de 1974 y el Decreto Nº 763/974 de 27 de septiembre de 1974,
establecen normas respecto al pago de haberes a los funcionarios que
cesan por la referida disposición legal;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Cese en sus funciones, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 35
del Decreto-Ley Nº 14.189 de 30 de abril de 1974, la funcionaria, Señora
JOSEFA INÉS GUERRERO VALLEJOS - C.I.: 2.997.612-7, como Técnico
III Médico, Presupuestado, perteneciente al Centro Departamental Río
Negro (Unidad Ejecutora 026 - Escalafón “A” - Grado 08 - Correlativo
860), a partir del 29 de diciembre de 2019.
2) Establécese que la referida funcionaria se encuentra
amparado por lo establecido en el artículo 15 del Decreto-Ley
Nº 14.252 de 22 de agosto de 1974 y Decreto Nº 763/974 de 27 de
septiembre de 1974.
3) Comuníquese a la Unidad Ejecutora pertinente, a la Unidad
Ejecutora 087 - Asistencia Integral, Habilitaciones, Cuentas Personales
y División Remuneraciones de la Gerencia de Recursos Humanos
de A.S.S.E.- Cumplido, archívese en la Unidad Ejecutora respectiva.
Resol. 5398/19
Ref.: 29/068/3/9287/2019
/ms.
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.

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