Diario Oficial de Uruguay del 08/05/2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.938 - mayo 8 de 2018
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 2 y 3 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
1
Establécese una reducción para los ejercicios 2018 y 2019, a propietarios
de padrones rurales que reúnan determinadas condiciones de la
Contribución Inmobiliaria Rural.
(2.868*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental
del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
1
Artículo 1º.- Establécese para los Ejercicios 2018 y 2019 una
reducción del 18% (dieciocho por ciento) respecto de la alícuota de la
Contribución Inmobiliaria Rural establecida por el artículo 652 de la
Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, a los propietarios de padrones
rurales que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto
no excedan de 1.000 hectáreas índice CONEAT 100.
2
Artículo 2º.- Establécese para los Ejercicios 2018 y 2019 una reducción
adicional del 10% (diez por ciento) del monto a pagar por el Impuesto
de Contribución Inmobiliaria Rural, a los productores comprendidos en
el artículo anterior, siempre que no sean contribuyentes del Impuesto
a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).
3
Artículo 3º.- Para tener derecho a los benecios establecidos en la
presente ley, se deberá presentar en las Intendencias correspondientes,
dentro de los 120 (ciento veinte) días del ejercicio, declaración jurada con
detalle del total de los padrones que al 1º de enero anterior explotaban a
cualquier título, con indicación del correspondiente valor real de cada uno.
Para el presente ejercicio el plazo a que hace referencia el inciso
anterior deberá contarse a partir de la promulgación de la presente ley.
En los casos en que los pagos del mencionado impuesto ya
realizados excedan el monto del importe anual del mismo, por dicho
exceso el contribuyente tendrá un crédito que podrá aplicar al pago
del impuesto correspondiente al siguiente ejercicio.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo,
a 18 de abril de 2018.
GLORIA RODRÍGUEZ, 2da. Vicepresidenta; VIRGINIA ORTIZ,
Secretaria.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 27 de Abril de 2018
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese
en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
establece una reducción para los ejercicios 2018 y 2019, a propietarios
de padrones rurales que reúnan determinadas condiciones, de la
Contribución Inmobiliaria Rural.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE VÁZQUEZ; ARIEL BERGAMINO; DANILO
ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; EDITH MORAES; VÍCTOR ROSSI;
CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO; ENZO
BENECH; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN; MARINA
ARISMENDI.
2
Resolución 218/018
Desígnase en el Directorio del BHU en calidad de miembro al Dr. Darío
Gastón Burstin Lederfain.
(2.895)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 27 de Abril de 2018
VISTO: que la Cámara de Senadores ha otorgado la venia para
designar en el Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay en calidad
de miembro, al doctor Darío Gastón Burstin Lederfain;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 187 de la Constitución de la
República y artículo 1º literal a) de la Ley Nº 15.740 de 8 de abril de 1985;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase en el Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay
en calidad de miembro al doctor Darío Gastón Burstin Lederfain.
2
2º.- Dése cuenta a la Cámara de Senadores.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE VÁZQUEZ; ARIEL BERGAMINO; DANILO ASTORI;
JORGE MENÉNDEZ; EDITH MORAES; VÍCTOR ROSSI; CAROLINA
COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO; ENZO BENECH; LILIAM
KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN; MARINA ARISMENDI.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
3
Resolución 219/018
Desígnase Ministra interina de Educación y Cultura
(2.896)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 27 de Abril de 2018
6Documentos Nº 29.938 - mayo 8 de 2018 | DiarioOficial
VISTO: que la señora Ministra de Educación y Cultura, Dra. María
Julia Muñoz, habrá de trasladarse al exterior en Misión Ocial;
RESULTANDO: que la señora Ministra estará ausente del país a
partir del día 02 de mayo de 2018;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un
sustituto temporal por el período que dure su misión;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase Ministra interina de Educación y Cultura, a partir
del día 02 de mayo de 2018 y mientras dure la ausencia de la titular de
la Cartera, a la señora Subsecretaria Mag. Edith Moraes.
2
2º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
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Resolución 220/018
Autorízase la transferencia de la suma señalada al Programa de las
Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la revisión “E” del
Convenio “Apoyo a la estrategia de Cooperación Sur - Sur y Triangular,
Segundo Programa de Cooperación de la Comisión de Cooperación
Técnica y Cientíca Uruguay - México”.
(2.897*R)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 27 de Abril de 2018
VISTO: la resolución de la Presidencia de la República P/503 de
17 de agosto de 2015;
RESULTANDO: I) que por la misma se autorizó la rma del
Documento del Proyecto “URU/15/002 Apoyo a la Estrategia
de Cooperación Sur - Sur y Triangular, Segundo Programa de
Cooperación de la Comisión de Cooperación Técnica y Cientíca
Uruguay-México” y la transferencia al Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD) de la suma de U$S 1.000.000 (dólares
estadounidenses un millón);
II) que por Resolución de la Presidencia de la República P/802 de
28 de diciembre de 2015 se modicó la Resolución P/503 autorizándose
la transferencia al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
(PNUD) de la suma de U$S 750.000 (dólares estadounidenses
setecientos cincuenta mil);
III) que la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional
siguiendo con los procedimientos establecidos por el Fondo Conjunto
de Cooperación creado en el marco del Acuerdo de Asociación
Estratégica celebrado entre los Gobiernos de la República Oriental del
Uruguay y el de los Estados Unidos Mexicanos solicitó la Revisión “E”
a los efectos de incorporar un aporte económico de U$S 500.000 (dólares
estadounidenses quinientos mil) en los proyectos 20 “Cooperación
Sur - Sur para la innovación, la inclusión y la internacionalización de
los gobiernos de la Ciudad de México y Montevideo” (U$S 22.148) y
22 “Apoyo y visibilidad de la Comisión” (U$S 477.852);
CONSIDERANDO: I) que la referida incorporación por el importe
de U$S 500.000 (dólares estadounidenses quinientos mil) deberá
efectuarse mediante transferencia bancaria;
II) que la División Financiero Contable ha efectuado la afectación
correspondiente;
III) que el Tribunal de Cuentas ha intervenido el gasto sin formular
observaciones;
IV) que en denitiva procede autorizar la transferencia de fondos
al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD);
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Autorízase la transferencia de la suma de U$S 500.000 (dólares
estadounidenses quinientos mil) al Programa de las Naciones Unidas
para el Desarrollo (PNUD), para la revisión “E” del Convenio “Apoyo a
la estrategia de Cooperación Sur-Sur y Triangular, Segundo Programa
de Cooperación de la Comisión de Cooperación Técnica y Cientíca
Uruguay - México”.
2
2º.- La citada transferencia se atenderá con cargo al Inciso 02,
Unidad Ejecutora 001, Programa 481, Proyecto 000, Objeto del Gasto
581, Financiamiento 4.2.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
5
Resolución 204/018
Apruébase la Resolución de la DINACIA 356/2017 por la cual
se revoca el permiso operativo de la empresa AERONÁUTICA
BARON LTDA para explotar servicios de transporte aéreo público,
internacional no regular de carga y pasajeros en la modalidad taxi
aéreo.
(2.881)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 27 de Abril de 2018
VISTO: la gestión de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica para aprobar la Resolución 356/2017 de 4
de setiembre de 2017 de dicha Dirección Nacional, por la cual se deja
sin efecto el permiso de operación que fuera oportunamente autorizado
a la empresa AERONAUTICA BARON LTDA.
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de
21 de junio de 2010 (número interno 88.119) la Empresa mencionada
fue autorizada a explotar servicios de transporte aéreo público,
internacional no regular de carga y pasajeros, en la modalidad de
taxi aéreo.
II) que por la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil
e Infraestructura Aeronáutica 356/2017 de 4 de setiembre de 2017, se
revocó la autorización oportunamente otorgada, por haber vencido
los plazos establecidos por la reglamentación aeronáutica vigente,
sin que la autorizada hubiera cumplido con la obligación asumida, de
culminar su proceso de certicación técnica bajo la nueva normativa
LAR 135 “Operadores de Transporte Aéreo no regular en la modalidad
de taxi aéreo”.
CONSIDERANDO: I) que previamente al acto administrativo de
revocación, se conrió vista a la Empresa AERONAUTICA BARON
LTDA., no habiendo evacuado la misma.
II) que la Junta Nacional de Aeronáutica en su Sesión Nro. 103
de 19 de julio de 2017 recomendó dar inicio al proceso revocatorio
correspondiente.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo recomendado por
7
Documen tos
Nº 29.938 - mayo 8 de 2018
DiarioOficial |
la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su Sesión Nro. 103 de 19 de
julio de 2017, a lo informado por la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica y por el Departamento Jurídico-
Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el
artículo 121 del Código Aeronáutico y por el artículo 30 del Decreto
39/977 de 25 de enero de 1977.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica 356/2017 de 4 de setiembre
de 2017, por la cual se revoca el permiso operativo de la Empresa
AERONAUTICA BARON LTDA., para explotar servicios de transporte
aéreo público, internacional no regular de carga y pasajeros, en la
modalidad de taxi aéreo.
2
2do.- Comuníquese, publíquese, pase a la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido,
archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; DANILO ASTORI; VÍCTOR
ROSSI.
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Resolución 205/018
Apruébase la Resolución de DINACIA 311/2017.
(2.882)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 27 de Abril de 2018
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que se apruebe la
Resolución Nro. 311/2017 de 11 de agosto de 2017, dictada por dicha
Dirección Nacional.
RESULTANDO: I) que por el numeral 1 de la mencionada
Resolución, se dejó sin efecto la Resolución de dicha Dirección Nacional
Nro. 204/2017 de 31 de mayo de 2017.
II) que por el numeral 2 se autorizó provisoriamente a la empresa
de bandera nacional CRISTALUX S.A., que gira con el nombre de
fantasía AMASZONAS S.A., a operar servicios de transporte aéreo
público, regular, internacional de pasajeros, correo y carga, en la ruta
Montevideo (MVD) - Córdoba (COR) - Montevideo (MVD), con hasta
14 (catorce) frecuencias semanales, supeditada al Acuerdo Bilateral de
Transporte Aéreo que vincula a la República Oriental del Uruguay con
la República Argentina.
III) que la Resolución Nro. 311/2017 de 11 de agosto de 2017
se otorgó de acuerdo a lo recomendado por la Junta Nacional de
Aeronáutica Civil, en el punto 6 del Orden del día de su Sesión Nro.
103 de 19 de julio de 2017.
CONSIDERANDO: que se conguran en el caso las circunstancias
que ameritan aprobar la autorización operativa provisoria de
transporte aéreo público.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, a lo
recomendado por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su Sesión
Nro. 103 de 19 de julio de 2017 y a lo dispuesto por el artículo 106 del
y por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica Nro. 311/2017 de 11 de agosto de
2017.
2
2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido,
archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; DANILO ASTORI; VÍCTOR ROSSI.
7
Resolución 206/018
Dispónese el cese en el cargo de Director de Asuntos Internacionales,
Cooperación y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de
Defensa Nacional del Sr. Claudio Marcelo Alonso Etcheverry.
(2.883)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 27 de Abril de 2018
VISTO: los antecedentes por los cuales se gestiona el cese del señor
Claudio Marcelo Alonso Etcheverry en el cargo de Director de Asuntos
Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional Humanitario del
Ministerio de Defensa Nacional con fecha 30 de abril de 2018.
RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 528/016
de 22 de agosto de 2016 se designó al titular a partir del 6 de agosto
de 2016, en el mencionado cargo.
CONSIDERANDO: I) que por el artículo 180 de la Ley 18.719
de 27 de diciembre de 2010, se creó, entre otros el cargo de Director
de Asuntos Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional
Humanitario, como cargo de particular conanza, en el Inciso 03
“Ministerio de Defensa Nacional”, Programa 300 “Defensa Nacional”,
Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”.
II) que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Cesar con fecha 30 de abril de 2018, en el cargo de Director
de Asuntos Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional
Humanitario del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, Programa
300 “Defensa Nacional”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de
Secretaría de Estado” al señor Claudio Marcelo Alonso Etcheverry.
2
2do.- Agradecer los importantes servicios prestados.
3
3ro.- Comuníquese, publíquese, pase a la Dirección General de
Recursos Humanos - Departamento Administración y Desarrollo
Humano, Sección Personal Secretaría de Estado a efectos de la
noticación del interesado y al Departamento Liquidación de Haberes,
a la Dirección General de Recursos Financieros - Departamentos
Contabilidad (UE-001) y Financiero Contable del Ministerio de
Defensa Nacional y a la Contaduría General de la Nación. Cumplido,
archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ.

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