Diario Oficial de Uruguay del 16/06/2016 (contenido completo)

IM.P.O.
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4Documentos Nº 29.476 - junio 16 de 2016 | DiarioOf‌icial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 2, 9, 10 y 14 de junio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR
1
Decreto 152/016
Reglaméntanse los arts. 47 al 50 y 91 de la Ley 19.315, relativos a la
integración del nuevo Sistema Escalafonario Policial.
(860*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 30 de Mayo de 2016
VISTO: lo dispuesto en los artículos 47, 48, 49, 50 y 91 de la Ley Nº
19.315 de 18 de febrero de 2015, referente a la integración del nuevo
Sistema Escalafonario Policial con relación a la Escala de Ociales y a
la Escala Básica para los Sub Escalafones Ejecutivo, Administrativo,
Especializado, Técnico Profesional, asi como el subescalafón de Servicio
con las salvedades dispuestas en el artículo 124 de la Ley Nº 17.296 de
RESULTANDO: I) Que los artículos 107 y 108 de la Ley Nº 18.996
de 7 de noviembre de 2012, establecieron una tabla de remuneraciones
y de antigüedad para cada Sueldo del Grado para todo el Escalafón
“L” Personal Policial.
II) Que el Decreto 34/013 de 30 de enero de 2013 reglamentó los
artículos 104 al 110 de la Ley 18.996 de 7 de noviembre de 2012, en
lo referente a la Simplicación y Categorización de los Conceptos
Retributivos para los puestos de trabajo pertenecientes al Escalafón
“L” Personal Policial.
CONSIDERANDO: I) Que se entiende corresponde reglamentar
18 de febrero de 2015 y determinar los montos a ser reasignados en
la Escala de Ociales y en la Escala Básica, estableciéndolos como
importes jos desvinculados de otras retribuciones.
II) Que a los efectos dispuestos en el presente Decreto, se considera
integrado el Escalafón “L” Personal Policial a los cargos Presupuestados
Efectivos, Contratados Policiales y Contratados Civiles.
III) Que los nuevos conceptos retributivos estarán jados a valores
vigentes al 1º de enero de 2015, estarán sujetos a los descuentos legales
que correspondan y recibirán los incrementos salariales dispuestos por
el Poder Ejecutivo para toda la Administración Central.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la
Contaduría General de la Nación y por la Ocina Nacional del Servicio
Civil, así como a lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 168 de la
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
1
Artículo 1.- En todas las Unidades Ejecutoras del Inciso 04 -
Ministerio del Interior, las remuneraciones del “Sueldo del Grado”
dispuesto en el artículo 107 de la Ley Nº 18.996 de 7 de noviembre de
2012, serán las siguientes:
Grado Importe
10 Comisario General o Comandante General 27.835,10
9Comisario Mayor o Comandante Mayor 26.526,50
8Comisario o Capitán 12.030,93
7Sub Comisario o Teniente 1º 10.395,13
6Ocial Principal o Teniente 9.250,04
5Ocial Ayudante o Alferez 8.105,01
4Sub Ocial Mayor o Sub Ocial 7.287,11
3Sargento 5.978,44
2Cabo 5.324,11
1Agente o Guardia Republicano o Bombero 4.015,46
0Cadete 1.725,38
2
Artículo 2.- La partida a la que se hace referencia en el artículo 2º del
Decreto Nº 34/013 de 30 de enero de 2013 denominada Compensación
al Cargo Ejecutivos, quedará establecida en los montos siguientes:
Grado Importe
10 Comisario General o Comandante General 22.120,90
9Comisario Mayor o Comandante Mayor 19.410,73
8Comisario o Capitán 19.914,24
7Sub Comisario o Teniente 16.386,54
6Ocial Principal o Teniente 16.077,16
5Ocial Ayudante o Alferez 15.807,28
4Sub Ocial Mayor o Sub Ocial 14.522,77
3Sargento 14.233,89
2Cabo 14.091,92
1Agente o Guardia Republicano o Bombero 13.015,04
0Cadete 3.094,80
3
Artículo 3.- La partida a la que se hace referencia en el artículo 3º del
Decreto Nº 34/013 de 30 de enero de 2013 denominada Compensación
al Cargo Apoyo de los Sub Escalafones Administrativo, Especializado,
Técnico Profesional y de Servicio del Escalafón “L” Policial, quedará
establecida en los montos siguientes:
Grado Importes
10 Comisario General o Comandante General 12.690,35
9Comisario Mayor o Comandante Mayor 11.430,11
8Comisario o Capitán 13.058,09
7Sub Comisario o Teniente 1º 11.112,78
6Ocial Principal o Teniente 10.945,30
5Ocial Ayudante o Alferez 10.749,98
4Sub Ocial Mayor o Sub Ocial 8.469,11
3Sargento 9.040,14
2Cabo 8.977,35
1Agente o Guardia Republicano o Bombero 8.958,63
4
Artículo 4.- La partida a la que se hace referencia en el artículo 4º del
Decreto Nº 34/013 de 30 de enero de 2013 denominada Compensación
al Cargo Contratados Policiales y Civiles y que perciben los
funcionarios que ocupan cargos de contratados policiales y civiles, en
el escalafón “L”, quedará establecida en los montos siguientes:
Grado Importes
10 Comisario General o Comandante General 10.606,22
9Comisario Mayor o Comandante Mayor 10.417,36
8Comisario o Capitán 12.517,78
7Sub Comisario o Teniente 1º 10.649,62
6Ocial Principal o Teniente 10.536,20
5Ocial Ayudante o Alferez 10.394,91

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