September 01, 2021
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Documentos
- Decreto No. 281/021.- Modifícanse los arts. 2 y 5 del Decreto 436/007, de 19 de noviembre de 2007, en la redacción dada por el art. 1º del Decreto 302/020, de 12 de noviembre de 2020.
- Decreto No. 275/021.- Autorízase en forma excepcional a la Dirección General de Casinos, a prorrogar la aplicación de lo dispuesto en el art. 32 del Decreto 117/021, de 21 de abril de 2021, por el período de cierre de los establecimientos, siempre que dicho organismo tuviera disponibilidad financiera para atender la erogación resultante de la reparación indemnizatoria.
- Decreto 283/021.- Agrégase un inciso al literal a) del art. 12 del Decreto 355/011, de 6 de octubre de 2011, en la redacción dada por el art. 4º del Decreto 129/020, de 16 de abril de 2020.
- Decreto No. 282/021.- Atribúyese jurisdicción consular sobre todo el territorio de Bosnia y Herzegovina a la Embajada de la República en la República de Rumania
- Decreto No. 277/021.- Sustitúyese el art. 4º del Decreto 241/020, de 26 de agosto de 2020, en la redacción dada por el art. 6º del Decreto 201/021, de 28 de junio de 2021.
- Decreto No. 278/021.- Incorpórase la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 60/19, de 3 de diciembre de 2019, por la que se aprueba el “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Clasificación de Vehículos Automotores y Remolques”
- Decreto No. 276/021.- Dispónese que los certificados extranjeros y los documentos complementarios, que acrediten la culminación del nivel medio de enseñanza (Bachillerato o similar) serán evaluados y reconocidos por cada institución universitaria, pública o privada, a los solos efectos de su reconocimiento como condición de acceso a estudios terciarios, con alcance exclusivo para las carreras que dicta cada una de ellas.
- Ley No. 19.980.- Declárase feriado no laborable para la ciudad de Durazno, el día 12 de octubre de 2021, en oportunidad de celebrarse el bicentenario de su fundación.
- Decreto No. 289/021.- Apruébanse los PEP para los combustibles generales, disolventes y productos especiales suministrados por ANCAP, los que entrarán en vigencia a partir de las cero horas (00:00) del 1º de setiembre de 2021.
- Resolución No. 197/021.- Determínase técnicamente el precio máximo intermedio transitorio (PMIT) referido a los suministros de combustibles líquidos de las distribuidoras mayoristas a las estaciones de servicio de su red.