Sentencia Interlocutoria nº 914/2021 de Suprema Corte De Justicia, 16 de Septiembre de 2021
Fecha de Resolución | 16 de Septiembre de 2021 |
Emisor | Suprema Corte De Justicia |
Jueces | Dra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dr. Gregorio Fregoli SOSA AGUIRRE,Dra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ,Dra. Gabriela FIGUEROA DACASTO |
Materia | Derecho Procesal |
Importancia | Alta |
Montevideo, dieciséis de setiembre de dos mil veintiuno
VISTOS :
Estos autos caratulados: “ROHR, PATRICIA C/ GRUPO RAS Y OTROS – DEMANDA REIVINDICACIONES, RESTITUCIONES Y DAÑOS Y PERJUICIOS - EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD – ART. 405 NUMERAL 2º DEL C.G.P.” – IUE: 2-54797/2018.
CONSIDERANDO :
1.- La Suprema Corte de Justicia declarará inadmisible la excepción de inconstitucionalidad interpuesta.
2.- En reiterados pronunciamientos, la Corte (en aplicación de lo dispuesto por el art. 512 del C.G.P.) ha declarado inadmisibles los planteamientos de inconstitucionalidad en los que se omite desarrollar las razones en las que se funda el cuestionamiento (ver sentencias nos. 414/93, 760/94, 989/96, 221/97, 131/98, 215/00, 606/02, 150/03, 524/05, 54/06, 2419/08, 2076/09 y 899/10, entre otras); y de conformidad con el referido criterio se declarará inadmisible el planteo de inconstitucionalidad formulado contra el art. 405 numeral 2º del C.G.P., pues los excepcionantes no desarrollan con la precisión y claridad que exige el art. 512 del C.G.P. los fundamentos por los cuales consideran que se produce la alegada colisión con la Carta.
Por las razones expuestas y las normas citadas, la Suprema Corte de Justicia
RESUELVE:
1.- DECLÁRASE INADMISIBLE LA EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTA, CON COSTAS DE CARGO DE LOS EXCEPCIONANTES.
2.- A LOS EFECTOS FISCALES, SE FIJAN LOS HONORARIOS FICTOS EN 20 B.P.C.
3.- NOTIFÍQUESE Y, OPORTUNAMENTE, DEVUÉLVASE.
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