Sentencia Definitiva nº 1.107/2020 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 17 de Septiembre de 2020
Fecha de Resolución | 17 de Septiembre de 2020 |
Emisor | Supreme Court of Justice (Uruguay) |
Jueces | Dra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ,Dr. Eduardo Julio TURELL ARAQUISTAIN,Dr. Gustavo Orlando NICASTRO SEOANE |
Materia | Derecho Constitucional |
Importancia | Alta |
Montevideo, diecisiete de setiembre del dos mil veinte
VISTOS:
Estos autos caratulados: C.C., J.N. Y OTRO C/ MINISTERIO DEL INTERIOR – DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA SOCIAL Y SANIDAD POLICIAL, HOSPITAL POLICIAL - ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD – LEY Nº 18.405 - IUE: 1-62/2020.
CONSIDERANDO:
1.- La Suprema Corte de Justicia declarará inadmisible la acción de inconstitucionalidad interpuesta.
2.- En reiterados pronuncia-mientos, la Corte (en aplicación de lo dispuesto por el art. 512 del C.G.P.) ha declarado inadmisibles los planteamientos de inconstitucionalidad en los que se omite desarrollar las razones en las que se funda el cuestionamiento (ver Sentencias Nos. 414/93, 760/94, 989/96, 221/97, 131/98, 215/00, 606/02, 150/03, 524/05, 54/06, 2419/08, 2076/09 y 899/2010, entre otras); y de conformidad con el referido criterio se declarará inadmisible el planteo de inconstitucionalidad formulado pues los accionantes no cumplen con las exigencias formales requeridas por el art. 512 del C.G.P., lo cual torna inadmisible el accionamiento interpuesto.
Por lo expuesto, la Suprema Corte de Justicia
RESUELVE:
DECLARAR INADMISIBLE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTA, CON COSTAS DE PRECEPTO (ART. 523 C.G.P.).
HONORARIOS FICTOS: 20 B.P.C.
Y, OPORTUNAMENTE, ARCHÍVENSE.
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