Sentencia Interlocutoria nº 115/2019 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 11 de Febrero de 2019

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2019
EmisorSupreme Court of Justice (Uruguay)
JuecesDra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dr. Jorge Omar CHEDIAK GONZALEZ,Dr. Eduardo Julio TURELL ARAQUISTAIN,Dr. Gustavo Orlando NICASTRO SEOANE
MateriaDerecho Constitucional
ImportanciaAlta

Montevideo, once de febrero del dos mil diecinueve

VISTOS :

Estos autos caratulados: “ROMERO RAMOS, ADRIÁN C/ MINISTERIO DEL INTERIOR – ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD – LEY Nº 18.405” – IUE: 1-72/2018.

CONSIDERANDO :

1.- La Suprema Corte de Justicia declarará inadmisible la acción de declaración de inconstitucionalidad interpuesta.

2.- En reiterados pronunciamientos, la Corte (en aplicación de lo dispuesto por el art. 512 del C.G.P.) ha declarado inadmisibles los planteamientos de inconstitucionalidad en los que se omite desarrollar las razones en las que se funda el cuestionamiento (ver sentencias nos. 414/93, 760/94, 989/96, 221/97, 131/98, 215/00, 606/02, 150/03, 524/05, 54/06, 2419/08, 2076/09 y 899/10, entre otras); y de conformidad con el referido criterio se declarará inadmisible el planteo de inconstitucionalidad formulado contra la Ley No. 18.405, pues el accionante no desarrolla con la precisión y claridad que exige el art. 512 del C.G.P. los fundamentos por los cuales considera que se produce la alegada colisión con la Carta.

Por las razones expuestas y las normas citadas, la Suprema Corte de Justicia

RESUELVE:

1.- DECLARAR INADMISIBLE LA ACCIÓN DE DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTA, CON COSTAS DE CARGO DEL ACCIONANTE.

2.- A LOS EFECTOS FISCALES, SE FIJAN LOS HONORARIOS FICTOS EN 20 B.P.C.

3.- NOTIFÍQUESE Y, OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.

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