Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (Diario Oficial de Uruguay)
- Resolución No. 67/024.- Fíjase la cuota de captura total de ejemplares de lobos marinos vivos (Arctocephalus australis)
- Decreto No. 41/024.- Determínanse nuevas categorías de productos vitivinícolas
- Decreto No. 427/023.- Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) Nº 06/22, de 9 de junio de 2022; y adóptase el Sub-Estándar 3.7.24 “Requisitos Fitosanitarios para Glicine max (soja) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”.
- Decreto No. 429/023.- Modifícase el Decreto 9/010, de fecha 12 de enero de 2010, con el fin de prohibir el tránsito de animales con garrapata Rhipicephalus (Boophilus) microplus (garrapata común del bovino) en todo el territorio nacional, con las excepciones que se determinan.
- Ley No. 20.230.- Modifícase la Ley 20.097, de fecha 2 de diciembre de 2022, sobre faena de animales de granja por parte de los productores familiares.
- Decreto No. 386/023.- Actualízanse las condiciones necesarias que contribuyan a garantizar la inocuidad y transparencia comercial para el consumo de carnes y derivados que se comercialicen en el territorio nacional, establecidas en el Decreto 31/021, de fecha 21 de enero de 2021.
- Resolución S/n.- Establécense las funciones del Área de Bioseguridad de la Dirección General de Bioseguridad e Inocuidad Alimentaria (DIGEBIA), perteneciente al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
- Ley No. 20.225.- Declárase el venado de campo (Ozotoceros Bezoarticus) especie protegida
- Decreto No. 361/023.- Incorpórase al Derecho Positivo nacional, la Resolución del MERCOSUR (GMC) 45/21, de fecha 2 de marzo de 2022, que aprobó el Sub-Estándar Fitosanitario: 3.7.27 - “Requisitos Fitosanitarios para Oryza sativa (Arroz) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”.
- Decreto No. 365/023.- Incorpórase al Derecho Positivo nacional la Resolución del MERCOSUR (GMC) Nº 14/22, de fecha 20 de julio de 2022, por la que se aprobó el Sub-Estándar Fitosanitario: 3.7.32 - “Requisitos Fitosanitarios para Hordeum vulgare (Cebada) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”.
- Decreto No. 362/023.- Incorpórase al Derecho Positivo nacional, la Resolución del MERCOSUR (GMC) 12/22, de fecha 20 de julio de 2022, que aprobó el Sub-Estándar Fitosanitario: 3.7.48 - “Requisitos Fitosanitarios para Pinus spp. (Pino) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”.
- Decreto No. 367/023.- Apuébanse los “Criterios para la aprobación de las denominaciones de variedades de semillas en cada Estado Parte”, según lo dispuesto por la Resolución GMC Nº 05/20, de fecha 11 de agosto de 2020.
- Decreto No. 366/023.- Incorpórase al Derecho Positivo nacional, la Resolución del MERCOSUR (GMC) 05/22, de fecha 9 de junio de 2022, por la que se aprobó el Sub Estándar Fitosanitario: 3.7.29 - “Requisitos Fitosanitarios para Zea mays (Maíz) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”.
- Decreto No. 368/023.- Incorpórase al Derecho Positivo nacional la Resolución del MERCOSUR (GMC) Nº 04/22, de fecha 9 de junio de 2022, por la que se derogó la Resolución GMC Nº 58/06, de fecha 24 de noviembre de 2006, que adoptaba el Sub-Estándar 3.7.44 “Requisitos Fitosanitarios para Actinidia chinensis (Kiwi) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”.
- Decreto No. 369/023.- Incorpórase al Derecho Positivo nacional la Resolución del MERCOSUR (GMC) Nº 38/22, de fecha 3 de diciembre de 2022, por la que se aprobó el Sub-Estándar 3.7.14 - “Requisitos Fitosanitarios para Sorghum spp. (sorgo) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”
- Resolución S/n.- Establécense las pautas para el registro, comercialización y uso de los productos veterinarios que se determinan.
- Decreto No. 370/023.- Incorpórase al Derecho Positivo nacional la Resolución del MERCOSUR (GMC) Nº 37/22, de fecha 3 de diciembre de 2022, por la que se derogó la Resolución GMC Nº 10/12, de fecha 14 de junio de 2012, que adoptaba el Sub-Estándar 3.7.8 “Requisitos Fitosanitarios para Brassica napus var. oleifera (cañola o colza) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”.
- Decreto No. 363/023.- Adóptanse los “Requisitos Zoosanitarios de los Estados Partes para la importación de huevos para incubar de aves de corral y aves de corral de un día”, así como el “Modelo de Certificado Veterinario Internacional”, aprobados por la Resolución MERCOSUR/GMC 07/22, de fecha 9 de junio de 2022.
- Decreto No. 364/023.- Incorpórase al Derecho Positivo nacional, la Resolución del MERCOSUR (GMC) 11/22, de fecha 20 de julio de 2022, y adóptase el Sub-Estándar 3.7.10 “Requisitos Fitosanitarios para Lolium spp (Raigrás) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”
- Decreto No. 304/023.- Apruébase el Pasaporte Equino Único propuesto por la Comisión de Asuntos Ecuestres, de uso obligatorio en todo el territorio nacional
- Decreto No. 294/023.- Autorízase al Directorio del Instituto Nacional de Vitivinicultura por única vez, a disponer de lo recaudado por el Fondo de Protección Integral de Viñedos, cuyo destino es indemnizar a productores afectados por granizo, a efectos de indemnizar a productores afectados por la sequía del año 2023
- Decreto No. 296/023.- Dispónese que todo alimento para perros y gatos que se produzca o importe al país para su comercialización, deberá contar con una Certificación de declaración del lote otorgada por la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
- Decreto No. 290/023.- Extiéndese el plazo de vigencia de las habilitaciones sanitarias y sus renovaciones, correspondientes a los establecimientos que se dediquen en todo o en parte a la extracción de miel (Salas de Extracción de miel fijas y móviles) con fines comerciales, en las condiciones que se determinan.
- Resolución S/n.- Extiéndese la Declaración de Emergencia Agropecuaria para los rubros ganadería, lechería, horticultura, fruticultura, agricultura, apicultura, avicultura y forestación, en todo el territorio nacional, hasta el 31 de diciembre de 2023
- Decreto No. 279/023.- Fíjase el precio mínimo para la uva cosecha 2023, con destino a la vinificación de la variedad Merlot.
- Resolución S/n.- Prorrógase el plazo establecido en el art. 5º del Decreto 31/021, de 21 de enero de 2021
- Ley No. 20.150.- Modifícase el art. 1º de la Ley 17.503, de fecha 30 de mayo de 2002, otorgándose un subsidio a los productores granjeros por aportes al Banco de Previsión Social.
- Resolución S/n.- Inclúyense en la nómina de insumos exonerados de IVA, a los Ingredientes Activos que se indican, según lo establecido en el art. 39 del Decreto 220/998, de 12 de agosto de 1998.
- Decreto No. 57/023.- Reglaméntanse los arts. 386 a 390 de la Ley 19.889, relativos al Programa Nacional de Control Reproductivo del Instituto Nacional de Bienestar Animal.
- Decreto No. 43/023.- Agrégase al art. 1º del Decreto 194/979, de fecha 30 de marzo de 1979, los ítems que se determinan
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